TEPJF valida cambios en estatuto del PRI
El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó este miércoles los 52 cambios estatutarios que propuso Alejandro Moreno Cárdenas, presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Entre ellos uno para mantenerse en dicho cargo, hasta después del proceso electoral federal del 2024, que anuló el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), al considerar que no hubo irregularidades, ni violación a los derechos de la militancia y que por el contrario, era una estrategia política y electoral válida.
Por cinco votos a favor y dos sufragios en contra, del presidente Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine Madeline Otálora Malassis, quienes consideraron que la prórroga del político campechano, también conocido como “Alito”, era cuestionable, limitaba los derechos de la militancia y no tenía justificación para que no se hiciera en una Asamblea Nacional.
Durante una sesión pública, el magistrado José Luis Vargas Valdez defendió su proyecto, señalando que las 52 reformas estatutarias del PRI fueron constitucionales y declarar lo contrario, sería “incurrir en excesos y correríamos el riesgo de desnaturalizar nuestras facultades”, por intervenir en las decisiones internas de dicho Partido.
Además, Vargas Valdez estableció que “el Partido cumplió con el procedimiento dispuesto en su propia normativa, para que el Consejo Político Nacional aprobara las modificaciones al estatuto”. Asimismo, ante la cercanía del proceso electoral 2024, subrayó que las modificaciones estaban apegadas al orden constitucional y legal. También que estaban enmarcadas en el derecho de auto organización de los partidos.
Al presentar su proyecto, el magistrado argumentó que las modificaciones a los estatutos del PRI se hicieron conforme su normatividad, por lo que eran válidos. Señaló que la solicitud del INE al partido para presentar una motivación reforzada, “representa una intromisión a la vida interna del partido, pues se trata de una decisión aprobada por un órgano de deliberación nacional que representa a todos los sectores del instituto político”.
“No es contrario a la ley ni vulnera los derecho de la militancia porque se decidió por los órganos del partido, en plazos y con apoyo necesario; obedece a un fin legítimo de contar con dirigentes que establezcan las negociaciones ininterrumpidas en el próximo proceso electoral, es de analizar si a la militancia le es de mayor beneficio continuar con su dirigencia u ordenar su renovación”, agregó el magistrado.
“Llego a la conclusión que debemos priorizar el derecho de autoorganización del partido político, que actuó válidamente en sus órganos de control frente a fricciones internas de partidos políticos y que deben ser resueltos en esa misma vía partidista y no jurídica”, insistió Vargas Valdez, quien votó a favor del proyecto, además de sus homólogos, los magistrados Indalfer Infante Gonzales, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto Fregoso.
La impugnación fue presentada por los senadores priistas Claudia Ruiz Massieu y Miguel Ángel Osorio Chong, así como militantes como el ex gobernador guerrerense Héctor Astudillo Flores, debido a que indicaron que “no existe debida justificación para la celebración del Consejo Político Nacional” del PRI, donde se aprobó la ampliación de mandato de “Alito”.