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Coronavirus

Gobierno abre registro de vacunación contra Covid para menores de 12 a 17 años con comorbilidades

A través del portal mivacuna.salud.gob.mx, los padres de los menores de edad con comorbilidades podrán registrar con su Clave Única de Registro de Población a menores que tengan alguna de las 44 enfermedades, comorbilidad o cuadro clínico

MÉXICO._ El Gobierno Federal abrió este viernes el registro para la vacunación contra el coronavirus SARS-CoV-2, para inmunizar a niños y adolescentes de 12 a 17 años de edad, que tengan alguna de las 44 enfermedades, comorbilidad o cuadro clínico, las cuales puedan incrementar el riesgo de enfermedad grave y muerte, con el biológico desarrollado por la farmacéutica estadounidense Pfizer, en con conjunto con el laboratorio alemán BioNTech.

A través del portal mivacuna.salud.gob.mx, los padres de los menores de edad con comorbilidades podrán registrarlos con su Clave Única de Registro de Población (CURP).

GOBIERNO PUBLICA LINEAMIENTOS PARA VACUNAR CONTRA COVID A MENORES DE EDAD CON COMORBILIDADES

El pasado martes 28 de septiembre, el Grupo Técnico Asesor en Vacunación Covid-19 (GTAV) modificó la Política Nacional de Vacunación contra el coronavirus SARS-CoV-2, para inmunizar a niños y adolescentes de 12 a 17 años de edad, que tengan alguna de las 44 enfermedades, comorbilidad o cuadro clínico, las cuales puedan incrementar el riesgo de enfermedad grave y muerte, con el biológico desarrollado por la farmacéutica estadounidense Pfizer, en con conjunto con el laboratorio alemán BioNTech.

Las comorbilidades distribuidas en nueve apartados son: padecimientos hereditarios, anormalidades al nacer, patologías cardiacas, diabetes y obesidad mórbida grado tres (con un Índice de Masa Corporal superior a 30), VIH/Sida, trasplantados, con síndrome de Down, autismo, retraso mental o situaciones ligadas al embarazo adolescente (se excluye a las de 11 años de edad o menos), entre otras.

La planeación operativa para la vacunación corresponde a cada institución federal: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), Petróleos Mexicanos (Pemex), las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina (SEMAR), la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (CCINSHAE), así como los servicios estatales de salud y servicios para trabajadores del Estado.

LOS GRUPOS DE RIESGO DE MENORES DE EDAD QUE SE CONSIDERAN PARA VACUNAR CONTRA COVID

En el primer grupo de riesgo a vacunar contra Covid-19, se encuentran los menores de edad que tienen condiciones crónicas, enfermedad cardiaca congénita o adquirida con datos de insuficiencia cardiaca, hipertensión arterial primaria o secundaria en tratamiento médico con antihipertensivos.

En el segundo grupo se incluyen los menores de edad que padecen enfermedad pulmonar crónica, entre éstas, discinesias ciliares, es decir, patología hereditaria caracterizada por un defecto estructural de las células ciliadas presentes en los tejidos respiratorios y gonadal.

Asimismo, padecer asma grave mal controlada, uso de esteroides inhalados a dosis altas junto con un segundo medicamento controlador, además de, por lo menos, uno de los siguientes: uso de tres o más ciclos de esteroide sistémico en el año anterior por presentar exacerbaciones de asma, o una o más hospitalizaciones por asma en el año anterior. Los pacientes con adecuado control con base en inhaladores no son elegibles en este grupo.

En tercer lugar están los menores de edad que padecen afecciones crónicas del riñón, hígado o sistema digestivo y, entre las condiciones específicas se establece, malformaciones congénitas de riñón, hígado o sistema digestivo que condiciona un riesgo para la vida.

Aunado a lo anterior, reflujo gastroesofágico severo que puede predisponer a infecciones respiratorias; pacientes con gastrostomía, cirrosis, atresia biliar, hepatitis crónica, insuficiencia renal crónica grado tres o superior incluyendo pacientes con terapia sustitutiva (hemodiálisis o diálisis peritoneal).

En cuarto grupo se encuentran los menores de edad que cursan con enfermedades neurológicas crónicas y que abarca neurodiscapacidad o enfermedad neuromuscular que incluye parálisis cerebral, autismo moderado o grave, epilepsia de difícil control y con afección neurológica, así como distrofia muscular.

Además de trastornos congénitos que puedan afectar al sistema nervioso; enfermedad hereditaria y degenerativa del sistema nervioso o de los músculos u otras afecciones asociadas con la hipoventilación. También discapacidades de aprendizaje múltiples o graves o profundas (PMLD); miastenia y enfermedades relacionadas, además esclerosis múltiple y Síndrome de Down.

En el quinto grupo se encuentran los menores de edad con enfermedades endócrinas, diabetes mellitus en cualquiera de sus formas y grado de control; síndromes de Addison, hipopituitario y obesidad grave. En sexto lugar está la inmunosupresión moderada a grave por tratamiento activo para tumores sólidos o neoplasias malignas hematológicas (leucemia, linfoma y mieloma), o dentro de los tres años posteriores a la curación.

Se encuentran, además, receptores de trasplantes de órganos sólidos o de células madre dentro de los dos años posteriores al trasplante o recibiendo tratamiento inmunosupresor y también quienes estén en lista de espera para recibir algún órgano.

Inmunodeficiencia primaria moderada o severa, por ejemplo, síndromes de DiGeorge, WiskottAldrich, Inmunodeficiencia Común Variable o secundaria a enfermedad o tratamiento. Tratamiento activo con inmunosupresores que producen inmunosupresión significativa por corticosteroides en dosis altas en niños y adolescentes mayores a 110 kilos y que usan prednisona o su equivalente por día cuando se administra durante dos semanas.

En esta categoría se encuentran los menores de edad que usan agentes alquilantes, antimetabolitos, fármacos inmunosupresores relacionados con el trasplante; quimioterapéuticos contra el cáncer, bloqueadores del factor de necrosis tumoral y otros medicamentos que son significativamente inmunosupresores o que los han recibido en los seis meses anteriores, quimioterapia o radioterapia inmunosupresora.

Así como enfermedades autoinmunes que pueden requerir tratamientos inmunosupresores a largo plazo, lupus eritematoso sistémico y artritis reumatoide, entre otros. Infección por VIH/Sida y por tuberculosis. En el séptimo grupo se ubican a los menores de edad con asplenia o disfunción del bazo y enfermedades hematológicas vinculadas con esferocitosis hereditaria, drepanocitosis homocigótica, talasemia mayor y hemofilia.

En el octavo grupo están los menores de edad con anomalías genéticas graves que afectan a varios sistemas, entre éstas, enfermedades mitocondriales, anormalidades cromosómicas, lisosomales y errores innatos del metabolismo. El noveno sitio abarca el embarazo adolescente a partir de nueve semanas de gestación y se excluye a las de diez y 11 años de edad.