Pensión por viudez protegida

    El criterio de la SCJN me parece acertado y justo y va en la línea de la finalidad de la pensión por viudez que es garantizar que la viuda no quede desprotegida ante el fallecimiento de su marido.

    Durante años el Instituto Mexicano del Seguro Social estuvo quitando la pensión por viudez a las viudas que se volvían a casar o que entraban en un concubinato (unión libre).

    Las viudas afectadas por lo que hacía el IMSS no tenían a su alcance algún remedio legal para evitar ese despojo.

    La situación acaba de cambiar, después de recorrer un largo camino legal, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de resolver un asunto en donde sostiene que el IMSS no puede quitar la pensión por viudez, aunque la viuda se vuelva a casar o viva en concubinato.

    Las razones de la Suprema Corte entre otras, es que eliminar la pensión por viudez porque la viuda se vuelve a casar o vive en concubinato, atenta contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, volviéndose una amenaza para que, una mujer en situación de viudez no pueda iniciar una nueva relación sentimental.

    El criterio de la Corte me parece acertado y justo y va en la línea de la finalidad de la pensión por viudez que es garantizar que la viuda no quede desprotegida ante el fallecimiento de su marido.

    Así que, si usted tiene una pensión por viudez, se vuelve a casar o vive en concubinato y el IMSS inicia trámites para quitarle su pensión, no se asuste, acuda con su abogado de confianza, platíquele lo que aquí le digo y defiéndase en los tribunales.

    Si su abogado es medianamente bueno, no tendrá problemas en obtener una sentencia favorable a usted garantizando su pensión por viudez.

    Y por si se lo pregunta, este criterio aplica tanto a una pensión por viudez en favor de la mujer como en favor del hombre dado que también la SCJN ya ha reconocido que el hombre tiene derecho a una pensión por viudez cuando fallece su esposa y esta era la asegurada.

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    david@bufetealvarez.com

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