"El arroyo Jabalines, en Mazatlán, se revestirá sin Manifestación de Impacto Ambiental"
A pocos días del banderazo de arranque, la obra del revestimiento del arroyo Jabalines en Mazatlán fue exenta de presentar Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), para poder continuar con los trabajos que tienen por objetivo mitigar las inundaciones en las colonias aledañas.
El secretario de Obras Públicas del Gobierno del Estado, Osbaldo López Angulo, confirmó que durante el evento del 15 de julio pasado no se contaba la MIA, sino con una autorización de limpieza y desazolve.
Sin embargo, en breve se emitió el resolutivo para dar luz verde a todo el proyecto, con el que se busca cubrir de concreto hidráulico 3 kilómetros de dicho cuerpo de agua, de los cuales 500 metros corresponden a la primera etapa.
"El día del banderazo de inicio se contaba con un permiso de limpieza, pero unos días después obtuvimos el resolutivo total para los trabajos que se van a realizar", respondió el funcionario cuando se le cuestionó si ya se contaba con la evaluación ambiental.
Reafirmó que se trataba de una exención para poder dar seguimiento a la obra.
Durante la inauguración, el gobernador Quirino Ordaz Coppel dio a conocer que en la primera fase se gastarían 31 millones de pesos, mientras el total del revestimiento representará una inversión de 450 millones.
Los beneficiarios serían vecinos de las colonias Jacarandas, 20 de Noviembre, Lico Velarde y Villa Satélite, quienes periódicamente padecen fuertes pérdidas económicas por el desbordamiento del arroyo.
En contraparte, ambientalistas han criticado la idea de “encementar” el Jabalines al considerar que no es una solución definitiva. Y al contrario, traerá consecuencias negativas, ya que su cauce forma parte de un sistema estuarino conectado al mar y brinda importantes servicios ambientales.
Cuestiona Ángel Contreras resolución 'expedita'
El consultor Ángel García Contreras, ex presidente del Consejo Ecológico de Mazatlán, cuestionó la prontitud con que la delegación estatal de la Semarnat, a cargo de Jorge Abel López Sánchez, autorizó la “exención”, puesto que en su opinión debió haberse presentado un estudio ante la Dirección General de Evaluación y Riesgo (DGEyR) de las oficinas centrales.
En relación a esto, se refirió al artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), que establece la obligatoriedad de presentar estudios ambientales, entre otros “para obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados al mar, así como en sus litorales o zonas federales.”
La LGEEPA contempla que algunas obras no requieren dicho estudio debido a que por sus dimensiones o ubicación no produzcan impactos ambientales significativos.
“Pero en una interpretación de la Ley, la delegación de Semarnat en Sinaloa agiliza de manera casi expedita la resolución, emitiendo la exención”, inquirió el ex director del área de Ecología del municipio de Mazatlán y quien ahora se dedica a la asesoría de trámites ambientales.
“Para la cimentación del arroyo van a talar mangle, por lo que era necesaria ver las medidas de compensación para el resarcimiento del daño al ser esta una especie en peligro de extinción”, recordó.
El arroyo del Jabalines, explicó García Contreras, es una zona ecológica que presta diversos beneficios ambientales: absorción de gases de efecto invernadero, provisión de sombras para aminorar el impacto de la ola de calor y reproducción de especies marinas en el área del manglar.
Dejando de lado la conservación, argumentó que este tipo de obras no es efectiva para terminar con el histórico lastre de las inundaciones, puesto que es una estrategia parcial de efecto limitado.
“El problema se inicia arroyo arriba de donde viene la creciente en tiempo de lluvias o cuando sólo llueve en la sierra; bajo la lógica de ellos, tendrían que encementar todo el arroyo y eso costaría cientos de millones de pesos.”
De acuerdo con el Plan Operativo de Inundaciones de la Ciudad de Mazatlán, publicado por la Comisión Nacional del Agua y la Semarnat en 2016, el arroyo del Jabalines está conectado al estero de El Infiernillo, con el que forma un sistema hidráulico que debiera tomarse en cuenta para su manejo integral. En este documento se plantean alternativas como el establecimiento de compuertas de regulación de las entradas de agua pluvial al arroyo.
¿Qué dice la Ley?
Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA)
ARTÍCULO 28:
La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:
X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales; El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.
Ver referencia completa:
http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/DOFsr/148.pdf