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Reforma

Sin narcomenudeo y defraudación fiscal, diputados amplían catálogo de prisión preventiva oficiosa

El Diputado federal Ricardo Monreal Ávila dijo que en el primer delito, buscarían darle un enfoque social y en el segundo, actuar con responsabilidad

Con 335 votos a favor y 108 en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la noche del 13 de noviembre el dictamen que modificó el artículo 19 de la Constitución, para ampliar el catálogo de delitos que ameritarían la prisión preventiva oficiosa. El proyecto se envió al Senado, para su discusión y eventual votación.

Sin embargo, hubo una reserva de Morena para eliminar los delitos de narcomenudeo y defraudación fiscal del dictamen original.

Los diputados del grupo parlamentario de dicho partido, sumados a los del Verde Ecologista y del Trabajo, votaron a favor.

Los votos en contra fueron emitidos por los legisladores de Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano.

El dictamen original consideraba como delitos actividades relacionadas con comprobantes fiscales falsos, narcomenudeo y defraudación fiscal.

Pero tras una reserva presentada por el coordinador del grupo parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, el Pleno avaló eliminar de la reforma el narcomenudeo y la defraudación fiscal con el objetivo, según dijo el legislador, de darle un tratamiento social al primero y de actuar con responsabilidad en el caso del segundo.

”Necesitamos unidad nacional. He hablado y varios de nosotros, hemos hablado con los sectores económicos del país y hoy, Morena actúa con responsabilidad, el PT actúa con responsabilidad, el Partido Verde actúa con responsabilidad, por eso, los integrantes de este movimiento planteamos que ahora se excluya la defraudación fiscal como delito grave con prisión preventiva oficiosa”, indicó.

La reserva de Morena planteó también considerar como actividades ilícitas relacionadas con la extorsión, el contrabando, operaciones con facturas falsas, así como la introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

Dicha reforma obligaría a los jueces a ordenar prisión automática en todo los delitos contenidos en el artículo 19 constitucional. Esto eliminaría su capacidad para evaluar otras opciones, sin importar los detalles de cada caso.

La prisión preventiva automática, también conocida como prisión “sin juicio”, obligaría a que personas acusadas de estos delitos fueran encarceladas automáticamente, mientras esperaban su juicio.