SEP se deslinda del caso Yasmín Esquivel; pide a UNAM denunciar supuesto plagio
La Secretaría de Educación Pública respondió a la Universidad Nacional Autónoma de México, respecto al presunto plagio de la tesis de Licencia de Yasmín Esquivel Mossa -Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación-, indicando que, según con lo expresado en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Dirección General de Profesiones de la SEP carece de facultades para intervenir en forma alguna.
Sin embargo, indicó que en el supuesto de que la autoridad universitaria competente resolviera que la conducta que se le imputaba a la Ministra era considerada como constitutiva de un acto ilícito, se presentara una denuncia ante las autoridades de procuración de justicia.
“En el supuesto de que la autoridad universitaria competente resuelva que la conducta que se le imputa a la ciudadana Yasmín Esquivel es de ser considerada como constitutiva de un acto ilícito, lo procedente será ejercer la acción correspondiente ante el órgano de procuración de justicia o autoridad jurisdiccional competente”, señaló la SEP.
A través de un oficio dirigido al Rector de la UNAM, Enrique Luis Graue Wiechers, la titular de la SEP Federal, Leticia Ramírez Amaya, señaló que en tanto el título expedido a Esquivel Mossa no sea declarado inválido por la autoridad jurisdiccional competente, la Dirección General de Profesiones “carece de facultades para intervenir en forma alguna en el asunto en cuestión, en términos de lo que disponga la normativa aplicable”.
La SEP indicó que de la documentación exhibida se constató que el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, estimó que el asunto “deberá ser valorado” por las instancias universitarias competentes, para que proceda conforme a la legislación universitaria.
Sin embargo, la SEP Federal afirmó que no había constancia de que la autoridad universitaria competente haya hecho dicha valoración y tomado una determinación al respecto.
Asimismo, la SEP agregó que a fin de respetar la autonomía de la UNAM, las instancias universitarias competentes para emitir una resolución respecto al tema en cuestión, eran aquellas señaladas en la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México y su Estatuto General, las que debían llevar a cabo el procedimiento que correspondiera, conforme a las reglas generales del derecho procesal.