Senado elimina requisito para que patrones pidan carta de antecedentes no penales
Por unanimidad, con 69 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para que los patrones o sus representantes legales se abstengan de solicitar o exigir la presentación de cartas de no antecedentes penales para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo.
El proyecto también reforma la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional, para que no se discrimine a razón de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o antecedentes penales, para el ingreso, permanencia o ascenso de los trabajadores.
Al presentar el dictamen turnado a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, Napoleón Gómez Urrutia, explicó que el proyecto estaba encaminado a impulsar una verdadera oportunidad de reinserción social para las personas que hubieran cometido algún delito.
El también secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, dijo que quienes salían de la prisión no sólo se encontraban tras el escrutinio público, sino que también veían truncadas sus oportunidades para acceder a un empleo digno, lo que ocasionaba que sólo tuvieran acceso a empleos precarizados, por lo que podrían recaer en actos delictivos.
Se puede tramitar desde Internet
A partir del 17 de julio de 2023, la Constancia de Antecedentes Penales Federales que expide la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, también podrá tramitarse vía internet, según un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, por el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, adscrito a la Oficina del Comisionado de Seguridad Nacional, de la Secretaría de Gobernación.
A través de la página https://www.gob.mx/prevencionyreadaptacion, la persona que solicite la Constancia de Antecedentes Penales Federales debe de registrar sus datos generales, la Clave Única de Registro de Población (CURP) y, en caso de coincidencias del nombre de solicitante, se pedirá aportar acta de nacimiento e identificación oficial en formato PDF.
Después, el solicitante de la Constancia de Antecedentes Penales Federales debe validar los datos de identificación e ingresar un correo electrónico y los motivos de solicitud.
Tras ello, tendrá que pagar el costo del trámite, en línea o mediante una línea de captura, y al final se podrá recibir el documento vía correo electrónico, mismo que será válido impreso, en hoja blanca tamaño carta, ante cualquier gobierno y autoridad municipal, estatal y/o federal, además de que no tendrá vigencia específica.
En el acuerdo, la SSPC hizo énfasis en que dicha Constancia no deber ser un requisito para aspirar a cualquier tipo de trabajo, ya que según el artículo 27 fracción IV, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, únicamente será exigible para empleos o cargos que tengan que ver con seguridad pública o privada, “así como cuando por la naturaleza del empleo o por razones de interés público se considere exigible.”
La Constancia de Antecedentes Penales Federales también puede ser requerida por autoridades administrativas o judiciales. con fines de una investigación penal, para ejercer un derecho o cumplir con un deber legalmente establecido o cuando así lo pida una embajada o consulado de México en el extranjero.
Aunado a lo anterior, la SSPC señaló, a través de un comunicado, que con la digitalización de dicho trámite, la Constancia de Antecedentes Penales Federales podrá obtenerse las 24 horas del día, los 365 días del año.