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Senado autoriza a Sheinbaum desacatar orden judicial de retirar del DOF la reforma judicial

Pleno de la Cámara alta aprueba consulta de la Consejería Jurídica del Ejecutivo, afirmando que la Presidenta no tiene atribuciones para eliminar la reforma en respuesta a un fallo judicial

Con 81 votos a favor y 36 en contra, el Pleno del Senado de la República aprobó este viernes la respuesta a la consulta de Ernestina Godoy Ramos, titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, donde le dan la razón a la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para no eliminar la reforma judicial del Diario Oficial de la Federación, ya que “carece de atribuciones” para realizarlo.

Los votos a favor de dicha respuesta fueron emitidos por los grupos parlamentarios de Morena, el Partido Verde Ecologista de México y el Partido del Trabajo, mientras que los sufragios en contra fueron emitidos por legisladores de Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional y de Movimiento Ciudadano.

“Esta soberanía considera que la Presidenta de la República carece de atribuciones para llevar a cabo la eliminación de dicha publicación oficial, ordenada por la titular del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en el estado de Veracruz”, indicó Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado.

“Nuestra opinión es en el sentido categórico de que ello no es en modo alguno viable en virtud de que la publicación es un hecho irremisiblemente e irrevocablemente consumado, por lo que la eliminación ordenada por la Jueza de Distrito es de imposible realización legal, material y fáctica”, señaló en su respuesta a Godoy Ramos.

Marko Cortés Mendoza, presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PAN y Senador, dijo que no dejaba de sorprenderles la actitud, el estilo “autoritario” y “cobarde” del Gobierno federal, e incluso comparó el actuar de Sheinbaum Pardo con Poncio Pilatos.

“Se lo decimos con toda claridad a la Presidente Claudia Sheinbaum, quien puede lo más, puede lo menos. Y ella publicó esta reforma, su reforma, y está publicada en el Diario Oficial de la Federación. Y el Diario Oficial de la Federación debería de acatar, ahí hay responsabilidades. No pretendan que sea el Poder Legislativo el que le lave la cara a la presidenta de la República, en un claro desacato”, explicó.

Félix Salgado Macedonio, Senador de Morena, respondió al legislador panista, a quien le indicó que Sheinbaum Pardo no se estaba lavando las manos y que, por lo contrario, por primera vez se estaba haciendo un ejercicio plenamente democrático, parlamentario, como nunca antes se había visto

“Ahora, se trata de que los poderes estemos en la misma sintonía y que compartamos responsabilidades. Por eso, ahora, celebro y felicito a nuestro gran presidente, Gerardo Fernández Noroña, por tomarnos en cuenta a todos los grupos parlamentarios, para entrar en esta discusión. El documento que se está presentando es un documento muy puntual y muy responsable”, destacó.

La priista Alma Carolina Viggiano Austria explicó que la CJEF no tenía facultades para solicitar un acuerdo al Senado “y eximirla de su responsabilidad como autoridad”. Mientras que el Senador Clemente Castañeda Hoeflich, de MC, aseguró que no correspondía a la Cámara alta abordar el oficio del Gobierno federal.

“Si la Presidenta de la República no está de acuerdo con esa resolución, que la combata por las vías legales. Nos quieren hacer corresponsables a los Poderes públicos de un posible desacato de la Presidencia de la República”, dijo.

Por su parte, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, consideró jurídica y materialmente imposible eliminar la publicación de la reforma judicial, del Diario Oficial de la Federación.

En su respuesta al oficio enviado por Godoy Ramos, en el que consultaba si era procedente o no la eliminación de dicha publicación, el legislador de Morena señaló que Sheinbaum Pardo no estaba obligada a cumplir la orden de la juez federal.

“Esta Soberanía considera que la Presidenta de la República no está obligada a llevar a cabo la eliminación de dicha publicación oficial ordenada por la Titular del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz [...] máxime que se trata de un hecho total e irrevocablemente consumado y de imposible realización legal, material y fáctica”, indicó Gutiérrez Luna en su respuesta.

Según el mismo documento, las cámaras de Diputados y de Senadores, así como los Congresos locales, actuaron como Constituyente Permanente, con plena legitimidad para llevar a cabo reformas constitucionales, como la judicial.

El Diputado de Morena agregó que en términos del artículo 61 de la Ley de Amparo, este recurso no procedía contra reformas y adiciones a la Constitución, por lo que cualquier resolución judicial que pretendiera detener o revertir la reforma judicial, a través del juicio de amparo, carecía de sustento legal.

Gutiérrez Luna sostuvo, como representante legal de la Cámara de Diputados, que una vez que la reforma fue publicada en el DOF se convirtió en parte del texto constitucional vigente y empezó a producir efectos jurídicos.

Nancy Juárez Salas, titular del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en Coatzacoalcos, Veracruz, ordenó, el 17 de octubre a Sheinbaum Pardo y al director del DOF, Alejandro López González, eliminar, en un plazo no mayor a 24 horas, la publicación del decreto de la reforma al Poder Judicial de la Federación, realizada el 15 de septiembre por el entonces Mandatario nacional, Andrés Manuel López Obrador.

La Juzgadora federal resolvió en un incidente, dentro del amparo 823/2024, que el Gobierno federal incumplió una suspensión provisional que le ordenó abstenerse de publicar el decreto en el DOF, tres días antes de su difusión.

“Dentro de dicho lapso [24 horas], deberán, en el ámbito de sus respectivas competencias, eliminar la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación, el quince de septiembre del 2024, del Decreto de Reforma Constitucional”, ordenó Juárez Salas, quien indicó que de incumplir con el requerimiento, se daría vista al Ministerio Público de la Federación.

Ello con base en lo establecido en la fracción III del artículo 262, de la Ley de Amparo, el cual indica que un funcionario público que no obedezca una suspensión dictada en juicio de amparo, puede ser penado con hasta nueve años de prisión, una multa 50 a 500 días, su inhabilitación o inclusive su destitución. Sin embargo, sería la Fiscalía General de la República la que determinaría si se ejerce acción penal contra el presunto responsable.

La misma Juzgadora federal había otorgado una suspensión definitiva, el 20 de septiembre, para que se borrara del Diario Oficial de la Federación, la publicación del decreto de la reforma judicial, aunque dicha suspensión definitiva tampoco fue acatada por el entonces presidente López Obrador.