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Rezago

Pleno del INAI sesiona con cuatro comisionados por orden de juzgados

Según las resoluciones judiciales, el pleno del INAI sólo pudo resolver casos correspondientes al 2021 y 2022

Tras más de dos meses sin poder hacerlo, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), sesionó de forma extraordinaria, el 5 de junio de 2023, con sólo cuatro comisionados, en cumplimiento a acuerdos dictados, dentro de varios juicios de amparo, por diversos juzgados de Distrito en Materia Administrativa.

Los cuales ordenaron al órgano constitucional autónomo, “realizar la sesión correspondiente con el quórum con el que actualmente se cuente”, es decir, con sólo cuatro de siete comisionados, ante la omisión del Senado de la República, que no designó a tres faltantes.

El Pleno del INAI -que sesionó por primera vez desde que el 1 de abril de 2023, se quedó sin quórum-, trató temas como el de una persona que le solicitó al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) información de un expediente de un juicio específico. También analizó dos acuerdos, respecto a un recurso de inconformidad y la otra en contra de la Fiscalía General de la República (FGR).

En la sesión pública del Pleno del INAI participaron Blanca Lilia Ibarra Cadena, presidenta del órgano constitucional autónomo, así como los comisionados Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara y Adrián Alcalá Méndez.

Al inicio de la sesión, por instrucción de Ibarra Cadena, comisionada presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la secretaria técnica del Pleno del INAI, Ana Yadira Alarcón Márquez, refirió las resoluciones judiciales que permitieron sesionar al órgano constitucional autónomo.

Según las citadas resoluciones judiciales, el pleno del INAI sólo pudo resolver casos correspondientes al 2021 y 2022. No fue autorizado para resolver otros recursos de revisión que se hayan realizado durante 2023.

“El Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, [en la] sentencia derivada en el juicio de amparo 976/2022, requiere de este instituto dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo ya que del estudio de control exoficio, realizado a la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública”, señaló la secretaria técnica del Pleno del INAI.

“El Juzgado referido advirtió que el Pleno de este Instituto puede realizar la sesión correspondiente con el quórum con que actualmente cuenta, toda vez que los efectos para los cuales se concedió la protección constitucional a la parte quejosa se encuentran dentro de las facultades de este órgano constitucional autónomo”, indicó Alarcón Márquez.

En el segundo caso, según explicó la secretaría técnica del Pleno del INAI, el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México ordenó sesionar con los cuatro comisionados que actualmente integran el Pleno y emitir la determinación ordenada en el juicio de amparo 1018/2021, lo anterior a partir de que dicho órgano jurisdiccional realizó una interpretación conforme del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

“En el tercer caso, el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa dictó el acuerdo de fecha 24 de mayo de 2023 dentro del juicio de amparo 290/2021 mediante el cual ordenó sesionar con el quórum que actualmente cuenta este Instituto y emitir la determinación correspondiente en estricto acatamiento a lo ordenado en la resolución del recurso de inconformidad 38/2022, dictada por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito”, detalló Alarcón Márquez.

En la actualidad, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales tiene un rezago de 5 mil 288 medios de impugnación, ante la falta de quórum para que su Pleno pueda sesionar y dar trámite a dichos asuntos.