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Consulta

INE ordena a AMLO no opinar de consulta de Revocación de Mandato

En un comunicado, indica que dicha medida es una tutela preventiva, protección contra el peligro de una conducta ilícita o probablemente ilícita, si hace referencia al ejercicio democrático

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) informó que dictó una medida cautelar (UT/SCG/PE/PRD/CG/25/2022) contra el Presidente Andrés Manuel López Obrador, para que se ajuste a los principios de imparcialidad y neutralidad en la consulta de Revocación de Mandato que se llevará cabo el próximo 10 de abril.

En un comunicado, indicó que dicha medida es una tutela preventiva -protección contra el peligro de una conducta ilícita o probablemente ilícita- para que el político tabasqueño “se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre la revocación de mandato”.

Además, la Comisión del INE ordenó al Presidente de la República revisar, ajustar, adecuar, modificar o actualizar sus estrategias, programas o políticas públicas, “con la intención de que su actuar se encuentre dentro de los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, sin interferir en el proceso de Revocación de Mandato”.

La medida dictada por el órgano constitucional autónomo surgió de una denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), “por la presunta indebida utilización de recursos públicos y la ilegal promoción del proceso de revocación de mandato”, ante las manifestaciones del mandatario nacional en su conferencia de prensa matutina del 2 de febrero del 2022.

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“Hicieron tan complicada la pregunta de la consulta que primero no se conoce, la gente no sabe si va a ser sí o no, entonces sí pedirles a todos que busquen un buen traductor, porque esto tiene que ver con los expertos, para que no se vayan a equivocar al momento de ir a votar y que ayuden”, expresó el mandatario nacional en dicha ocasión.

Según los consejeros de la Comisión, dichas declaraciones del presidente son contrarias a la normativa constitucional y legal, consistente en que las personas servidoras públicas no tienen atribuciones para difundir o promocionar la revocación de mandato, puesto que ello está reservado para el INE y los organismos públicos locales electorales.

El INE declaró procedente dictar la tutela preventiva al advertir, desde una perspectiva preliminar, que los hechos denunciados “son posiblemente ilícitos, ya que durante la conferencia presidencial “se posicionó respecto al proceso de Revocación de Mandato”.

Asimismo, la Consejería Jurídica, la Coordinación de Comunicación Social, el Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) y cualquier otra persona servidora pública que participe en las conferencias presidenciales, deberá abstenerse de presentar, difundir, publicar y poner a disposición de la señal satelital, cualquier promoción de la revocación de mandato o propaganda gubernamental.

Ante ello, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral exhortó a los servidores públicos de todos los niveles de Gobierno, a cumplir la restricción de promover la consulta, conforme a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).

Con dichas restricciones impuestas por el INE, el titular del Poder Ejecutivo Federal ahora sólo podrá referirse de forma exclusiva a temas de salud, educación o protección civil, ello hasta el próximo 10 de abril.

El 8 de diciembre de 2021, el INE le ordenó a López Obrador no influir en el proceso de revocación de mandato, por lo que se le advirtió que tenía prohibido referirse a dicho ejercicio. Sin embargo, el presidente desobedeció.