Fiscalía Chihuahua denuncia obstrucción de justicia en detención de Corral
La Fiscalía Anticorrupción del Estado de Chihuahua presentó dos denuncias por obstrucción de la justicia ante la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción de la Fiscalía General de la República y ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Ciudad de México, de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en el intento de detención del ex Gobernador de Chihuahua en un restaurante ubicado en la colonia Roma, el 14 de agosto.
”Lo anterior, para dar a conocer formalmente a la autoridad investigadora dichos hechos probablemente delictivos, a fin de que se sancione a los responsables de tales inéditos e inusitados acontecimientos que se tradujeron en una clara obstrucción de la justicia. Mismos que son presuntamente constitutivos de los delitos de tráfico de influencias, evasión, abuso de autoridad, desobediencia y resistencia de particulares, entre otros”, apuntó la FACH, a través de un comunicado.
Corral Jurado presentó el 15 de agosto una demanda de amparo contra la orden de aprehensión girada en su contra el 9 de agosto, por un Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Morelos, en Chihuahua, dentro la causa penal 3050/2024.
La orden de aprehensión fue girada por el juzgador a solicitud de la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Chihuahua, por una denuncia de la Auditoría Superior chihuahuense. Según fuentes judiciales, citadas por el diario Reforma, el recurso del ex Gobernador fue presentado ante los Juzgados de Amparo Penal de la Ciudad de México.
El 17 de agosto, Patricia Marcela Diez Cerda, titular del Juzgado Quinto de Distrito en Amparo de la Ciudad de México, suspendió temporalmente el mandato de captura contra el ex Gobernador de Chihuahua y le fijó el pago de una garantía de 120 mil pesos, para mantener vigente la protección judicial.
El juzgado concedió a Corral Jurado la suspensión provisional y fijó para el 27 de agosto la audiencia en la que determinará si le concedería la suspensión definitiva, fallo que frenaría por tiempo indefinido la orden de captura.
Asimismo, se acordó celebrar hasta el 27 de septiembre la audiencia constitucional.
El 18 de agosto Corral Jurado denunció a la Gobernador de Chihuahua María Eugenia Campos Galván, así como a Luis Abelardo Valenzuela Holguínal, Fiscal Anticorrupción del Estado de Chihuahua, por los delitos de privación ilegal de la libertad, abuso de autoridad y ejercicio abusivo de funciones.
A través de su cuenta de la red social X, el ex Gobernador compartió el comunicado del despacho jurídico que lo defendía, Schütte y Delsol Abogados, en el cual se aseguró que el intento de policías ministeriales chihuahuenses de detenerlo, el 14 de agosto fue ilegal.
”Los funcionarios de la Fiscalía de esta ciudad [de México], conforme a Derecho, impidieron una ilegal detención y la continuada comisión de delitos dentro del territorio de su competencia. Es fundamental resaltar que no existía autorización para la detención y traslado de Javier Corral Jurado conforme a la fracción V de la Disposición Décimo Segunda del Convenio de Colaboración entre fiscalías”, argumentó el equipo legal de Corral Jurado, que también reprochó el término de ‘prófugo de la justicia’ con el que fue catalogado su cliente, al asegurar que éste no se encontraba evadiendo ninguna orden legal.
”Es prófugo de justicia quien huye materialmente del actuar legal de las autoridades, no quien se defiende legalmente con los recursos a su disposición ‘una verdadera actividad de sustracción’, la llama la Sala Superior del Tribunal Electoral en sentencia del 17 de abril de 2024”, añadió Schütte y Delsol Abogados.
El 19 de agosto, la Presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, defendió la intervención del encargado de despacho de la Fiscalía de la Ciudad de México cuando agentes de la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua intentaron detener a Corral Jurado.
Durante una conferencia de prensa argumentó que haberse apersonado en el sitio de la posible detención estaba dentro de las atribuciones de Lara López, por lo que, recalcó, no hubo nada “malo” o ilegal.
”Sí, él tiene como representante de la Fiscalía el derecho de presentarse en cualquiera de los casos, no conozco en particular por qué se presentó personalmente, pero vi su video posterior [...] Y en el video explica claramente que no había una aprobación de colaboración de la Fiscalía de la Ciudad de México para la detención de Javier Corral, que lo que hubo fue un papel que sellaron eso no quiere decir que hayan aprobado la colaboración [...] Entonces, él frente a esta situación, pues decide apersonarse y no lo veo mal”, agregó Sheinbaum Pardo.
“¿No hay conflicto de intereses?”, le preguntó un reportero. “¿Por qué? Es la Fiscalía. Alguna razón ha de haber tenido para hacerlo de manera personal, pero es legal lo que hizo, malo si no estuviera dentro de sus atribuciones, pero está perfectamente dentro de sus atribuciones”, respondió.
”Está dentro de las atribuciones del fiscal o del responsable de despacho de la Fiscalía. Él tiene que decir cómo actúa en otras circunstancias, pero no hizo nada fuera de sus atribuciones, si hubiera estado fuera de sus atribuciones pues, pero no, es su atribución. Está dentro de sus atribuciones el presentarse frente a una ilegalidad. Malo sería que no estuviera dentro de sus atribuciones, pero está dentro de las atribuciones del encargado de despacho”, reiteró Sheinbaum Pardo.
El 23 de agosto, el diario Reforma reveló que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral perfilaba avalar a Corral Jurado como Senador, al considerar que no existían pruebas suficientes para considerar que estaba prófugo de la justicia.
La Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE analizó la petición del Partido Acción Nacional, para declarar inelegible al ex Gobernador de Chihuahua, al contar con una orden de aprehensión y estar considerado prófugo de la justicia, pero determinó que sólo se actualizaba una de las dos condiciones que estableció la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
”Es cierto que se actualiza la primera condición consistente en que exista una orden de aprehensión, sin que haya prescrito la acción penal, pues el partido político denunciante ha probado que el nueve de agosto del año en curso, una persona Juzgadora Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial Morelos, del Estado de Chihuahua, libró una orden de aprehensión en contra del ciudadano Javier Corral Jurado, por considerarlo probable responsable de un delito previsto en el Código Penal de esa entidad federativa”, indicó la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE.
”Por tanto, sí se actualiza la primera condición establecida por la Sala Superior, esto es, la existencia de una orden de aprehensión vigente, sin que haya prescrito la acción penal”, señaló, que, sin embargo, advirtió, la segunda condición para declararlo inelegible, como ser prófugo de la justicia, no existían pruebas suficientes para ello.
”En cuanto a la segunda condición consistente en sustraerse de la justicia a fin de evitar ser sujeto a proceso penal, no se actualiza en el caso denunciado, ya que se desprende que lo ocurrido, al tratar de ejecutar la orden de aprehensión librada en su contra por una autoridad jurisdiccional del estado de Chihuahua, se presentó un conflicto de competencia entre ésta y la similar de la Ciudad de México, más no que el ciudadano Javier Corral Jurado se haya sustraído de la justicia. Esto es, no hay prueba de que autoridades locales o federales hayan desplegado acciones para ejecutar la orden de aprehensión de cuenta y que el candidato denunciado se haya sustraído de éstas”, afirmó.