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Legalización de la marihuana

Diputados avalan en lo general uso lúdico de marihuana; buscan dar más atribuciones a Conadic

La cámara revisora realizó una serie de cambios a la propuesta enviada en diciembre pasado por el Senado de la República por lo que una vez aprobada en lo particular será devuelta a esta instancia
10/03/2021 20:06

Ciudad de México, 10 de marzo (SinEmbargo).– El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, el paquete de reformas y la creación de una nueva ley federal que regulan el consumo de la marihuana en México, su uso con fines de investigación y el aprovechamiento industrial de sus derivados, y que dota a la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) del control de este proceso con la emisión de las diferentes licencias.

El dictamen que crea la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modifica la Ley General de Salud y el Código Penal para legalizar el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana bajo control federal fue avalado en lo general por el grupo parlamentario de Morena, sus partido aliados y los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano. Una vez que sea aprobado en lo particular será devuelto al Senado debido a que se le realizaron varios cambios a la propuesta que envió esta Cámara en diciembre pasado.

Esta regularización en el consumo de la marihuana obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2018 declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley de Salud, por lo que ordenó al Congreso legislar en la materia y permitir el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal de los usuarios de la cannabis. El Senado tiene hasta el 30 de abril para aceptar o rechazar los cambios hechos por la Cámara revisora.

LA DISCUSIÓN DE LA LEY

Durante la discusión en lo general, legisladores de oposición cuestionaron el contenido de la propuesta e indicaron que no atiende al requerimiento del máximo tribunal de justicia del país. Además cuestionaron que se dote de más funciones a la Conadic y que se contemple la expedición de licencias que beneficiarían a los grandes productores en prejuicio de los pequeños productores.

En los posicionamientos sobre el dictamen, los legisladores de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Encuentro SoCIAL (PES) criticaron la propuesta al señalar el supuesto riesgo que habría al legalizar el consumo de la cannabis tanto para los menores de edad —pese a que la legislación sólo permite que mayores de edad puedan consumir esta sustancia, sin afectar a niños— como para los consumidores. Incluso previo a los posicionamientos, el PRI presentó una moción suspensiva por considerar que la discusión del dictamen era una simulación. No obstante, el recurso fue desechado por la mayoría de votos.

En contra parte, integrantes de Morena y de los partidos del Trabajo (PT) del Verde Ecologista de México (PVEM) respaldaron el paquete de reformas. En cuanto al PRD y a Movimiento Ciudadano cuestionaron el que se otorguen más funciones a la Conadic, que se mantenga el enfoque prohibicionista y el que se contemplen licencias integrales que beneficiarían a los grandes productores, pese a ello respaldaron la propuesta.

El principal componente de este paquete de reformas es la regulación del consumo y aprovechamiento de la marihuana. Para ello se prevé la creación de Ley Federal para la Regulación del Cannabis, la cual a su vez contiene un aparato normativo para almacenar, aprovechar, comercializar, consumir, cosechar, cultivar, distribuir, empaquetar, etiquetar, exportar, importar, investigar, patrocinar, plantar o portar, tener o poseer; preparar, producir, promover, publicitar, sembrar, transformar, transportar, suministrar, vender, y adquirir bajo cualquier título, cannabis.

Con estos cambios se permite, por ejemplo, que una persona mayor de 18 años porte hasta 28 gramos de marihuana, uno de los puntos que fueron cuestionados por la oposición, que señaló que se mantendría el carácter punitivo en la ley.

En caso de que una persona sobrepase esta posesión, y siempre y cuando no se rebasen los 200 gramos de cannabis, será remitida a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas. En su caso, la sanción será una multa de entre 60 a 120 veces el valor diario de la UMA. No obstante, se prevén penas de prisión de hasta 15 años por portar más de 300 gramos.

LA COMPRA-VENTA Y APROVECHAMIENTO DE LA CANNABIS

Aunque en la propuesta original se contemplaba la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, éste ya no es considerado en el dictamen aprobado.

Las funciones de emitir las diferentes licencias para el uso y el aprovechamiento de la cannabis ahora serán atribuidas a la Conadic, quien junto al Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas y del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria determinarán los mecanismos y procedimientos de certificación y trazabilidad del cannabis, sus derivados y productos.

La atribución de más funciones a la Comisión contra las Adicciones fue cuestionada por el grupo parlamentario del PRD. En ese sentido, la Diputada Frida Alejandra Esparza Márquez advirtió en la sesión que esta institución no cuenta con la experiencia para emitir licencias.

Con lo aprobado también se contempla que las personas que deseen producir cannabis en sus casas, para su uso personal con fines lúdicos, podrán cultivar hasta seis plantas u ocho en caso de vivir dos consumidores en el mismo hogar.

No obstante, la ley señala la obligación de contar con un permiso para su realización “en congruencia con la propuesta descrita anteriormente de enfocar de la legislación que en su caso se emita en la regulación de la producción y no del consumo”.

El consumo no podrá darse en espacios públicos ni en aquellos lugares libres de humo de tabaco. De igual forma se señala que no se puede afectar a menores de edad o a terceros.

La legislación comprende además la integración de asociaciones de cannabis sin fines de lucro, las cuales podrán cultivar y poseer plantas de cannabis psicoactivo para consumo de sus asociados con fines lúdicos.

Estas agrupaciones deberán constituirse con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas mayores de edad. Tendrán que limitarse a cultivar hasta cuatro plantas por socio, sin exceder en ningún caso de cincuenta plantas. Aunque en la minuta enviada por el Senado se señalaba que el domicilio donde deberían constituirse tenía que tener una barrera física contra el humo de la cannabis, este requerimiento fue desechado.

En cuanto a la producción y comercialización de cannabis con fines lúdicos, los establecimientos requerirán de una licencia emitida por la Conadic, mientras que las personas consumidoras que adquieran cannabis psicoactivo deberán hacerlo en los establecimientos autorizados.

Los paquetes de la marihuana que se vendan no podrán tener colores o elementos llamativos, ni exponer testimonios o respaldos sobre el producto o alguna representación de persona o personaje real o ficticio. Tampoco podrán tener imágenes explícitas o subliminales que evoquen alguna emoción, sentimiento, estado o forma de vida o cualquier sensación semejante que implique asociarlas con el uso o consumo del cannabis psicoactivo y sus derivados ni mostrar logotipos que evoquen el consumo del cannabis psicoactivo y sus derivados.

Deberán estar elaborados preferentemente con materiales sostenibles, reciclables, biodegradables y compostables, aprobados por la autoridad competente, y ser herméticos, resellables y a prueba de niñas y niños, así como una etiqueta que contenga la leyenda que haga alusión a la prohibición de su consumo por menores de 18 años.

En cada uno de estos procesos no podrán estar involucrados menores de edad.

Otro de los usos que se contemplan con esta reforma son la producción del cannabis con fines de investigación y desarrollo tecnológico, la cual sólo será autorizada a petición de laboratorios, centros de investigación y universidades e instituciones de educación superior, públicas o privadas.

De igual forma, la ley permite que los productos de cáñamo y sus derivados sean empleados para usos industriales y por lo tanto ser comercializados, exportados e importados, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la Ley, la regulación sanitaria y demás disposiciones normativas y comerciales, así como en los tratados internacionales en los que México sea parte.

Para ello, se prevé un sistema de licencias para la producción del cannabis, integrado por seis tipos: 1) Integrales, las cuales permitirán la realización de todas las actividades de la cadena productiva del cannabis, desde el cultivo hasta la comercialización y venta al usuario final; 2) Con fines solamente de producción; 3) Con fines de distribución; 4) Con fines de venta al usuario final; 5) Con fines de producción o comercialización de productos derivados, y 6) Con fines de investigación.