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Desarrollo

Urgen a agentes inmobiliarios a regularizarse para evitar sanciones

El notario Fernando García Sais enfatiza la importancia de que los agentes inmobiliarios tramiten su registro y licencia para trabajar acorde a la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Sinaloa

MAZATLÁN._ Un exhorto a los agentes inmobiliarios a tramitar su registro y su licencia para operar, para evitar ser sancionados por falta de documentación de acuerdo con la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Sinaloa, realizó el presidente del Colegio de Notarios de Mazatlán, Fernando García Sais.

“El llamado es a que se pongan las pilas los agentes inmobiliarios y tramiten su registro y su licencia para evitar que caigan en sanciones, pero también para que logren acreditar que están capacitados porque no se vale, como yo les he dicho en otras ocasiones, que el cirujano que te opera no sepa lo que está haciendo, esto es igual”, añadió.

El Notario 210 recordó que el 12 de septiembre de 2022 se publicó la Ley en mención y el 6 de diciembre de 2024 se publicó su Reglamento respectivo, por lo que a los 30 días siguientes entró en vigor, es decir, desde el pasado 7 de enero.

“Ya no se necesita la publicación de nada más para que este nuevo sistema o esquema, por el cual deberán actuar los que se dediquen a la comercialización, promoción, intermediación de bienes raíces, al cual deberán acotar sus actividades y este es el tema realmente importante, el Reglamento se publica el 6 de diciembre de 2024 y en enero, a los 30 días después entró en vigor, es decir, ya a partir del 7 de enero de 2025 están obligados los agentes inmobiliarios (a contar con su registro y licencia que los acredite como tales)”, continuó.

García Sais manifestó que ahora en Mazatlán con el desarrollo inmobiliario que se presenta han proliferado las casas de promotores inmobiliarios o independientes, porque hay quienes actúan como personas físicas independientes o hay otros que lo hacen a través de diversas franquicias.

“Entonces a partir de enero, dice la Ley, todos los agentes que se quieran dedicar en Sinaloa, no solamente en Mazatlán, aplica en todo el estado, que quieran dedicarse a asesorar en la compra, venta, en el arrendamiento, en cualquier acto relacionado con inmuebles, tienen que registrarse ante la Secretaría General de Gobierno del Estado de Sinaloa por conducto del Archivo General de Notarías y una vez registrados les van a otorgar una licencia. Esa licencia tiene una vigencia por cuatro años renovable por mismos periodos, es decir, cada cuatro años la tendrán que ir renovando”, indició.

“El Gobierno del Estado de Sinaloa quiere identificar y saber quiénes son todos los que están participando en el mercado inmobiliario. ¿Por qué? Porque hay un deseo claro de tener en orden la actividad inmobiliaria y evitar, pues digámoslo de una manera eufemísticamente hablando, evitar contratiempos. Es común que cuando hay booms inmobiliarios, digamos, pudieran proliferar prácticas poco éticas o inclusive ilícitas en las cuales pues haya engaños para posibles consumidores o compradores, o adquirentes o personas que se hagan pasar por agentes inmobiliarios sin serlo o agentes inmobiliarios que no tengan la capacitación necesaria para asesorar a las partes en todos los aspectos que involucran una operación inmobiliaria”.

El notario recalcó que ese es el objetivo que el Gobierno persigue y la semana pasada los notarios públicos que forman parte del Gobierno de Sinaloa recibieron un comunicado de parte de la Secretaría General de Gobierno, concretamente del subsecretario Juan Zambada, en el cual les están pidiendo que a partir de este mes informen a quienes laboran como agentes inmobiliarios la forma en cómo se va efectuar la verificación de esta Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Sinaloa.

“Nos piden que nosotros los notarios verifiquemos, cuando tengamos una operación inmobiliaria en nuestras oficinas, verifiquemos si el agente inmobiliario que en su caso intervenga en esa operación, que esté registrado y tenga licencia, es decir, así como hacemos con la Ley Antilavado, que identificamos al cliente y hacemos un pequeño cuestionario sobre la procedencia de los recursos, en este caso va a ser una identificación del intermediario, el que auxilió a las partes para ponerse en contacto, el que auxilió a las partes para brindar la asesoría inmobiliaria que puede ser tanto en materias como ingeniería, arquitectura, legal, fiscal, todo lo que surge en relación con un inmueble”, precisó.

“Eso es lo que la Ley de Servicios Profesionales Inmobiliarios dice que es lo que deben y los agentes inmobiliarios deben informar a sus clientes, entonces lo que el Gobierno del Estado y la Ley elaborada en el Congreso, porque no es el Gobierno del Estado, es la Ley, prevé, piensa, quiere, desea es que los profesionales inmobiliarios sean profesionales inmobiliarios en el sentido más amplio del término, porque como tú sabes ellos cobran una comisión a los clientes y entonces hay un deseo, interés que presten efectivamente un servicio útil y cierra la pinza la Ley y te dice: bueno, y cómo vamos a saber quiénes andan ahí, porque son muchos”.

García Sais informó que lo que dice el oficio que hizo llegar a los notarios el subsecretario de Gobierno, Juan Zambada, y así lo establece la Ley en el artículo 26 de su Reglamento; que antes de formalizar cualquier acto jurídico en el que intervenga un agente inmobiliario, el notario público deberá verificar que dicho agente esté inscrito y cuente con la licencia vigente que lo acredite como tal.

“Ahora dice el Reglamento: si usted, notario, se percata que el asesor inmobiliario no cuenta ni con el registro y su licencia, entonces notifíquelo de manera inmediata a la Secretaría (General de Gobierno), es decir, estamos cumpliendo en el ejercicio de la función pública que tenemos encomendada al ser notarios con un deber de coadyuvancia con la Secretaría General de Gobierno en detectar quiénes y cuántos del mercado inmobiliario no están cumpliendo con su obligación”, subrayó.

“Como toda obligación para ser perfecta tiene una sanción, pues hay sanciones para los agentes inmobiliarios”.

El presidente del Colegio de Notarios de Mazatlán dio a conocer que en el capítulo segundo de dicha Ley se prevé todo un conjunto de infracciones como, por ejemplo, ostentarse como agente inmobiliario si no cuenta con licencia, donde la Secretaría General de Gobierno lo podrá apercibir, amonestar y ponerle una multa que comprende desde los 20 mil veces la Unidad de Medida Única.

También se actúa por proporcionar información fraudulenta, por quedarse con documentación de los clientes y no entregárselas, además por negarse o prohibirle al cliente que reciba asesoría de un notario o de un abogado, por ejemplo.

“¿Qué es lo que se está tratando de evitar con esto? Que la gente se meta en problemas de manera innecesaria y que reciba mejor información antes de dar el llamado enganche, que es lo que a veces acontece en un mercado en el que está básicamente funcionando a través de las preventas, que todo sucede fuera de las notarías, cuando los clientes llegan aquí a las notarías es porque ya pasaron dos años de que empezó su tema y nosotros nos enteramos que dicen yo vengo a comprarle a Pedro y no sabes qué pasó, qué le dijeron”, señaló.

“Y entonces empiezan a leer la escritura y empiezan a recibir nuestra asesoría y dicen a poco, entonces no es así, entonces no es lo que me dijeron, se presta desde fraudes, irregularidades a malos entendidos y sobre todo a que la gente no toma las decisiones que debiera tomar con la información adecuada, entonces la gente dice de haber sabido no me meto en este problema, cómo puede ser y ese es el pan de todos los días”.

Por ello, reiteró que en todas las notarías públicas en Sinaloa están requiriendo que los agentes inmobiliarios se registren y exhiban su licencia, porque a través de lo que se ha consultado no hay todavía mucho conocimiento en ese sector de lo que son sus obligaciones y sus agrupaciones deberían estar muy atentas a estas normativas que se están publicando, porque de lo contrario se pueden hacer acreedores a multas, sanciones y a final todo esto es una desacreditación de su trabajo como agentes inmobiliarios.

“Nosotros si dos partes y uno vende y uno compra ya se pusieron de acuerdo y les ayudó Juan y Juan no tiene licencia para nosotros como notarios no es obstáculo (para continuar con el proceso legal correspondiente de escrituración) por algunas razones legales, la primera es para que las compraventas se lleven a cabo las regula, evidentemente en ningún lado el Código Civil dice que deberá haber un agente inmobiliario”, expresó.

“El intermediario siempre ha existido, pero no por eso las operaciones comerciales se van a detener o dejar de llevar a cabo, nosotros a final de cuentas los notarios somos peritos en derecho y en realidad nosotros tenemos toda la capacidad de informar a los clientes cualquier consecuencia de lo que van a hacer, el tema es que no vienen con nosotros y como no vienen con nosotros la Ley de Prestaciones de Servicios Inmobiliarios dice ustedes denles asesoría también”.

Antes de que entrara en vigor esta Ley, los corredores inmobiliarios no tenían una vinculación real con las operaciones porque se firmaban las escrituras, ellos cobraban su comisión y desaparecían y hoy no, en caso de que salga algo que no le prometieron al cliente se tendrán elementos, que es la escritura pública, donde establecerá que intervino determinado agente inmobiliario y es un cambio muy novedoso que se está operando, en el que seguramente va a haber resistencias de muchos actores, pero la Ley es para aplicarse.

García Sais reiteró el llamado a quienes realizan labores de agentes inmobiliarios a tramitar su registro y licencia que los acredite como tales y eviten ser sancionados si son detectados operando sin esos documentos.