"Se pone férreo el marco jurídico contra los corruptos: Lizbeth Padilla"
MAZATLÁN._ Licenciada, maestra y doctora en derecho por la UNAM, Lizbeth Xóchitl Padilla Sanabria advirtió que la nueva Ley de Extinción de Dominio -aprobada por la Cámara de Diputados el 25 de julio- representa una oportunidad de combatir a la corrupción con toda la fuerza, pero al mismo tiempo implica riesgos para los derechos humanos.
La especialista, quien es reconocida en el ámbito jurídico por su amplio conocimiento en temas de corrupción, lavado de dinero y administración pública, explica en entrevista que la nueva legislación representa un marco jurídico “férreo” para los corruptos, ya que por medio de ella se le podrán incautar sus bienes a cualquier funcionario, tan solo por ser investigado por un delito de corrupción.
“Eso quiere decir que cuando a un servidor público se le investigue, solamente la investigación, sin necesidad de que esté sujeto a proceso penal, sin necesidad de que exista una sentencia en materia penal, se le pueden quitar los bienes, se les pueden extinguir los bienes en dominio...”, precisó la profesora de la UNAM, quien estuvo en Mazatlán para participar como ponente en el Primer Congreso Anticorrupción: los OIC y sus Retos.
Como se recordará, la reformada Ley de Extinción de Dominio abarca los delitos de corrupción junto con los de delincuencia organizada, secuestro, extorsión, robo de combustible o huachicol.
Mejor conocida como la doctora Liz Padilla, por su canal de Youtube, consideró que este puede ser el catalizador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), facilitando su implementación a más de cuatro años de las primeras reformas constitucionales que le dieron origen, aprobadas el 17 de mayo de 2015, y que paulatinamente se ha replicado en todos los estados de la República. Pero también advirtió que hay que irse con cuidado.
—¿Cuál es su balance hasta el momento de la implementación del SNA? ¿Cómo va? ¿Qué le hace falta?
—En un principio, el SNA en cierta forma era muy garantista. Yo veía que era muy difícil implementar la persecución para la parte de los implicados en algún acto de corrupción, pero actualmente la implementación de otras nuevas leyes ha traído como consecuencia una persecución férrea de sujetos implicados en materia anticorrupción. Estoy hablando, por ejemplo, de la reforma al artículo 22 constitucional del mes de marzo de este año del 2019, se implementan todos los delitos contenidos por hechos de corrupción del menos grave hasta el más grave. Pero sobre todo de la nueva Ley de Extinción de Dominio.
Al contar con un marco legal más estricto, Liz Padilla insistió en que si las autoridades no actúan con ética pueden afectar los derechos humanos y repetir un escenario de simulación del sistema.
—¿Cuáles son esos riesgos?
Que se pueden violar también los derechos, que se pueden fabricar culpables, que a un inocente lo dejen en la calle, entonces yo creo que sí, las autoridades mexicanas tienen que ser muy responsables... De lo contrario, puede ser muy peligroso. Porque lejos de estar combatiendo la verdadera corrupción con estas normas jurídicas, podemos estar utilizando chivos expiatorios para justificar el sistema y protegiendo a los grandes corruptos.
Para concluir, la entrevistada se pronunció por combatir la corrupción desde las altas esferas, desde los funcionarios con fuero, en vez de quedarse a niveles medios o menores.
“Eso no nos sirve”, sentenció.
En contraparte, exhortó al gobierno federal a invertirle al combate a la corrupción, debido a que actualmente todavía hacen falta recursos y capacidades operativas para que los órganos investigadores sean efectivos en su trabajo, lo que no se vio reflejado en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación.
“En este tema, no nos sirve la austeridad, vale la pena invertirle al combate a la corrupción, es un tema que finalmente va a repercutir en un beneficio para toda la sociedad”, puntualizó.
¿QUÉ DICE LA LEY?
LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO
-La extinción de dominio se define por la nueva ley como: “la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes a que se refiere la propia Ley, declarada por sentencia de una autoridad judicial. No conlleva una contraprestación ni compensación”.
-Se puede aplicar a los bienes que: “sean producto o instrumento de un hecho ilícito o estén destinados a cometerlos”.
- Aplica para los delitos de: secuestro; delincuencia organizada; los cometidos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos; contra la salud; trata de personas; encubrimiento; los perpetrados por servidores públicos; robo de vehículos; recursos de procedencia ilícita y extorsión; corrupción.