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Luminarias

Hay cláusulas que permiten cancelar el contrato de luminarias con Azteca Lighting: González Zataráin

El secretario de la Comuna explica que en la cláusula tercera y quinta del contrato da motivos que fundamentan la cancelación del acuerdo por 400.8 millones de pesos por 2 mil 139 luminarias

MAZATLÁN._ Hay cláusulas que permiten cancelar el contrato de luminarias con Azteca Lighting, afirmó Édgar Augusto González Zararáin, secretario del Ayuntamiento.

El funcionario Municipal explicó que están confiados de poder cancelar el acuerdo debido a que el contratista violó acuerdos, como lo fue la entrega de las luminarias cuando el Municipio así lo necesitaba.

“Hay cláusulas que permiten la rescisión del contrato, esas cláusulas que permiten la rescisión del contrato por incumplimiento son las que se están prácticamente citando dentro de lo que es la rescisión del contrato”, mencionó.

“El propio contrato lo permite así, y así lo dice muy claro, más allá de las declaraciones, o el sentir de lo que ellos quisieran, que no sucediera, lo cierto es que hay un incumplimiento porque no se han entregado luminarias una vez que servicios públicos las solicitó como lo dice el contrato”, añadió.

El secretario del Ayuntamiento manifestó que a pesar de lo que expresaron desde Azteca Lighting, que no iban a ganar el pleito legal y que lo mejor era pagar lo que quedaba de anticipo, están firmes en que el contrato se va a cancelar.

“Nosotros vamos a seguir insistiendo en que este contrato quede sin efecto, obviamente ¿qué va a significar? obviamente esto se va a judicializar, ya por ahí dicen que han presentado un recurso, recursos que han tenido para ellos al decir en la entrevista efectos que notificaron, cosa que a nosotros no nos notificado, nosotros vamos a esperar a que nos notifiquen, ver cómo respondemos la determinaciones que las instancias otorguen sobre este tema, pero yo no le veo ningún problema, esto va a continuar así como inició, en el propósito de no hacer valer el contrato”, manifestó.

A las cláusulas que la Comuna se aferra es a la tercera y quinta del contrato OM-UA145, la tercera detalla que el proveedor está obligado a dar luminarias cuando el Municipio así lo requiera, y el contratista cuando no lo hizo de esa manera, da fundamentos para cancelar el acuerdo.

“El proveedor se obliga a entregar físicamente a “El Municipio” los bienes que le requiera el Municipio, materia del presente instrumento, en esta ciudad; lo cual será mediante entregas graduales o parciales según las necesidades del área de alumbrado público, pero no excederá de la vigencia estipulada en el presente contrato, que será del 31 de octubre del 2024”, se lee en la tercera cláusula del contrato.

En lo que corresponde a la quinta cláusula, esta afirma que si el Ayuntamiento no cuenta con el presupuesto requerido para dar la segunda exhibición del anticipo que es de 60 millones de pesos, no está obligado a darlos.

“Ésta última exhibición está sujeta a una cláusula suspensiva de la obligación de pago, por ende, la segunda exhibición está sujeta a que las obligaciones económicas del Ayuntamiento no impidan cumplir con el pago de nómina y funcionalidad de los servicios públicos y seguridad”, se lee en el acuerdo firmado por ambas partes.