Tarifa de estudiantes es en detrimento de los choferes de camión, señala líder sindical
Los choferes de transporte urbano de Culiacán pierden hasta 340 pesos diarios por el descuento que impuso el gobierno estatal a los transportistas para los estudiantes, señaló Flavio Rolando Ibarra Hernández, secretario general del Sindicato de Trabajadores de Servicio al Público del Transporte Urbano de Culiacán.
“El Gobernador está en una palabra de que no va a subir el pasaje del estudiante mientras esté él, no lo va a subir pero el chofer ahí muchas veces les pagan el 10 por ciento, de 3.50 son 35 centavos por pasaje. Entonces hay veces que se suben 180 o 200 estudiantes, el chofer gana 70 pesos”.
“Ahí al que están atrasando es al chofer y a su familia”.
En Noticiero Noroeste, el operador de transporte público recordó que además de dicha problemática, su gremio se enfrenta a la falta de prestaciones laborales al haber concesionarios omisos a la Ley Federal de Trabajo, prestaciones la seguridad social, vacaciones y el aguinaldo.
Asimismo, destacó que ante el déficit de operadores, hay choferes que trabajan hasta 16 horas al día y aún así hay empleadores que les cobran el “trueno”, es decir, sanciones económicas para los choferes que no lleguen en una hora específica a las paradas de camión, que les cuesta de 50 a 100 pesos por minuto.
Este jueves, la Diputada local Cinthia Valenzuela Langarica, que ocupará la Secretaría de la Diputación Permanente, señaló que uno de los pendientes del Congreso del Estado es armonizar la Ley de Movilidad y Seguridad Vial antes de que concluya la 64 Legislatura.
Al respecto, Ibarra Hernández aseguró que hasta el momento los choferes de camiones no han sido tomados en cuenta para la armonización de la ley, a pesar de que hay artículos que los perjudican.
“Antes decía que era obligado el patrón poner en sus renglones para que el chofer obtuviera un permiso, ahora dice que si quiere el patrón puede ponerlo”.
Actualmente, la Ley de Movilidad Sustentable de Sinaloa señala en su artículo 103, fracción 4 que los concesionarios del servicio de transporte tienen derecho a transmitir los derechos derivados de la concesión o permiso en los términos de esta ley.