#SinaloaVerifica: Por qué el Tribunal revocó candidaturas comunes y cómo impacta en la elección
Karen Bravo y Axel Avendaño
El pasado 21 de mayo el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Sala Regional de Guadalajara, revocó tres candidaturas comunes en alcaldías de Sinaloa y seis para diputaciones locales, todas ellas de reelección.
Esto, al resolver la revisión constitucional de los juicios del 100 al 103, así como el 105 y 106, promovidos por Movimiento Ciudadano, PRI y Partido Sinaloense, según informó el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, pero ¿qué efecto puede tener esto en el proceso electoral?
Las candidaturas que fueron revocadas son las comunes entre Morena y el Partido Sinaloense, en la búsqueda de la reelección al cargo como alcalde de Luis Guillermo “El Químico” Benítez Torres , en Mazatlán, y la de Jesús Estrada Ferreiro, en Culiacán. Estas fueron impugnadas por Movimiento Ciudadano y el PRI, según información del IEES.
Bajo el mismo criterio también fue anulada la de Griselda Quintana García, que fue postulada por la coalición Va por Sinaloa conformada por el PRI, PAN y el PRI para buscar la presidencia municipal de Cosalá, vía reelección, cuya impugnación fue interpuesta por el Partido Sinaloense y Movimiento Ciudadano.
En cuanto a las diputaciones locales, las candidaturas invalidadas fueron las de los distritos 05, 11, 15, 16, 20 y 22, en los cuales Cecilia Covarrubias, Marco César Almaral, María Victoria Sánchez, Marco Antonio Zazueta, Alma Rosa Garzón y Flor Emilia Guerra, respectivamente, buscan la reelección por Morena, pero a su vez fueron registrados también por el PAS.
La resolución fue fundamentada en que los candidatos fueron postulados a la reelección por partidos diferentes a los que los hicieron ganar hace tres años.
Por ejemplo, en el caso específico de Quintana García, fue electa en el proceso pasado por la coalición conformada por el PRI, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza; pero en esa ocasión la postularon PRI, PAN y PRD.
“Tal situación, a mi juicio, contraviene lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Federal y 117 de la Constitución de Sinaloa, a 14 de la ley electoral local que precisan que la postulación solo puede ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición o candidatura común que los hubiera postulado.
De manera que al aprobarse el registro de la ciudadana en comento, como candidato del PAN y el PRD, tal situación infringe el marco jurídico aplicable, ya que tales partidos no la postularon en el proceso electoral pasado, por lo cual no podrían registrarla como candidata propia sin que mediara un convenio de coalición con el PRI o uno de los partidos que efectivamente la postularon”, explicó en su participación el magistrado presidente Jorge Sánchez Morales.
En el proceso electoral de 2018, los candidatos que también buscan reelección, Benítez Torres en Mazatlán y Estrada Ferreiro en Culiacán, fueron postulados por la coalición Juntos Haremos Historia, conformada por partidos distintos a los que hoy abanderan, excepto por Morena.
Tras la resolución de la Sala Regional de Guadalajara, los partidos PAS, PAN y PRD tendrían 48 horas para registrar candidatos a presidentes municipales, síndicos procuradores y regidores de cada municipio donde decidieron llevar candidaturas comunes y les fueron revocadas, es decir, Culiacán y Mazatlán para el PAS, y Cosalá para el PAN y PRD.
En un boletín emitido por el IEES después del fallo del Tribunal, detalló que el PAS no presentó solicitudes a candidaturas para las presidencias municipales de Culiacán y Mazatlán, pero sí para candidatos en los distritos electorales locales que le fueron revocados.
Al día siguiente de la revocación de candidaturas, el candidato común a gobernador por Morena y el Partido Sinaloense, Rubén Rocha Moya, declaró que seguirían los procedimientos jurídicos.
En el mismo sentido, el presidente del Partido Sinaloense, Héctor Melesio Cuén Ojeda, dijo que continuarían apoyando a Jesús Estrada Ferreiro y a Luis Guillermo “El Químico” Benítez Torres.
Aunque en el caso de los distritos, su partido sí anunció nuevos candidatos, que son: Virginia Monreal Calvo, en el Distrito 05; David Geovany López Rivera, en el Distrito 11; Nallely del Rosario Espinoza Piña, en el Distrito 15, Gerardo Valencia Guerrero, en el Distrito 16, Ada Conchota Flores Díaz, en el Distrito 20, y Melina Marbella Elenes Lizárraga, en el Distrito 22.
¿Qué pasará con las boletas?
EI Instituto Electoral del Estado de Sinaloa reimprimió un millón 848 mil 667 boletas tras la resolución del TEPJF, teniendo un costo de casi 4 millones de pesos.
Estas estarían listas para la elección de Culiacán y Mazatlán, aunque el Partido Sinaloense interpuso un recurso de impugnación, así que podría tenerse otro escenario.
En caso de que el Tribunal fallara a favor del PAS, se usarían en la elección las boletas que estaban impresas originalmente. De no ser así, las de la nueva impresión.
Karla Peraza Zazueta, presidenta del IEES, detalló que en las nuevas boletas electorales no aparecerá el Partido Sinaloense, específicamente en las que corresponden a las alcaldías de Mazatlán y Culiacán. En lo que se refiere a los distritos 05, 11, 15, 16, 20 y 22, aparecerán los nuevos candidatos que fueron registrados.
“No va a aparecer el Partido Sinaloense, ese es el efecto de la sentencia de sala regional Guadalajara, no va a aparecer, lo que ustedes van a encontrar es un espacio en blanco... donde ustedes van a encontrar un espacio en blanco es en Mazatlán y Culiacán”, detalló la funcionaria.
Tras la sentencia del Tribunal, el PRD no tendrá candidata a la alcaldía de Cosalá, porque excedieron el límite de 48 horas que les estableció la Sala Regional para hacerlo. En el mismo sentido, el PAN tampoco tendrá aspirante a la presidencia municipal porque no registraron a nadie.
Sin embargo ambos partidos, PAN y PRD, están llamando al voto en favor de Griselda Quintana García, que con la resolución del Tribunal quedó en solitario como abanderada por el PRI.
La mañana de este 31 de mayo, el IEES informó sobre la llegada a Culiacán y Mazatlán de las nuevas boletas electorales reimpresas, después de la revocación de candidaturas comunes por la Sala Regional de Guadalajara. Esto, a tan solo seis días de las elecciones del 6 de junio.
Esto es lo que dice la ley
Durante muchos años, desde la época de la Revolución, en México estuvo prohibida la reelección consecutiva de presidentes municipales y de legisladores, tanto a nivel federal como local.
Esto cambió con la reforma político-electoral del año 2014 fue aprobada la figura de la reelección. De acuerdo con un estudio de Roberto Castellanos Cereceda, realizado para el Senado de la República, los legisladores de entonces consideraron que era necesario permitir que estos servidores públicos se reeligieran ya que significaría “un círculo virtuoso de cercanía entre representantes y representados, que favorece el escrutinio ciudadano al promover la rendición de cuentas”.