#SinaloaVerifica: En qué casos puede cerrarse o moverse una casilla, y quién puede ordenarlo
Karen Bravo / Noroeste / #SinaloaVerifica
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y la guía para las y los funcionarios de casilla entregada por el INE contempla situaciones en las que se pudiera suspender la votación o mover las urnas en la elección del 6 de junio, ¿pero cuáles son esos casos y quién tiene la autoridad para decidirlo?
Para responder esas preguntas, primero es necesario mencionar cómo se integran las mesas directivas de las casillas, labor para la que fueron capacitados ciudadanos en todas las entidades del país.
Las mesas directivas estarán conformadas por: un presidente, dos secretarios y tres escrutadores; además hay tres suplentes generales
Los y las funcionarias de casilla son elegidos por medio de un sorteo para instalar la casilla, recibir la votación, contar, clasificar y registrar los votos. Para realizar estas tareas son capacitados por el Instituto Nacional Electoral y los institutos electorales estatales.
Adicional a los integrantes de la mesa directiva, en la casilla pueden estar los representantes de partidos políticos y candidaturas independientes, que vigilan que las actividades se desarrollen de acuerdo a lo que establece la ley.
Los partidos nacionales pueden tener dos representantes propietarios y dos suplentes, mientras que los partidos locales y las candidaturas independientes un representante y un suplente. Éstos deben estar acreditados ante la casilla. También existen representantes generales, quienes verifican que estén presentes los representantes acreditados ante la casilla, y reciben informes de ellos sobre la jornada electoral.
Los observadores electorales son las y los ciudadanos que solicitaron y obtuvieron su acreditación ante el INE, para observar el desarrollo del proceso electoral.
“Las y los representantes y observadores electorales NO pueden hacer actividades de las y los funcionarios de casilla ni intervenir en sus decisiones. Por ningún motivo podrán sustituirlos en la mesa directiva de casilla.
“Los funcionarios y las funcionarias son la máxima autoridad en la casilla el día de la Jornada electoral”, señala la guía para funcionarios de casilla del INE.
Situaciones que pueden afectar la votación
En el transcurso de la votación pueden ocurrir diversas situaciones que compliquen o impidan llevar a cabo la jornada electoral, sin embargo, todas deben quedar registradas en el acta y ser informadas al consejo distrital por el o la presidenta de la mesa directiva, quien es la máxima autoridad en la casilla.
La instalación de la casilla debe iniciar a las 07:30 horas exactamente, para que los ciudadanos puedan votar a las 08:00 horas en punto.
La casilla puede ser cambiada de domicilio en caso de que el lugar donde iba a instalarse esté cerrado o clausurado, no está garantizado el fácil acceso las personas que acudan a votar, que se ponga en riesgo a quienes acuden, o si no pueden asegurar que el voto sea secreto.
Si el caso es que se movió del domicilio original, la casilla debe ubicarse en el mismo distrito. Se tiene que dejar un aviso a la ciudadanía para que los ciudadanos puedan trasladarse a la nueva ubicación.
También la casilla puede ser cerrada por motivos de fuerza mayor pero, en todo caso, el presidente de la mesa directiva debe notificar al consejo distrital.
“Puede ser algún caso de una lluvia repentina que se venga, inundaciones, son casos que podrían considerarse como de fuerza mayor”, explicó José Alberto Padilla Quintero vocal de capacitación y educación cívica de la Junta Local Electoral del Instituto Nacional Electoral en Sinaloa.
“Aquí quien tiene la facultad para determinar una situación de ese tipo, es el presidente de la mesa directiva de la casilla porque es la máxima autoridad”, agregó.
Si el día de la jornada electoral algún presidente reporta alguna situación de inseguridad pudiera suspenderse la votación en ese caso, pero de igual forma debe avisarse al consejo distrital, para que tomen acciones y medidas necesarias para que se pueda reanudar la votación.
Cuando se suspende la votación se debe levantar una hoja de incidentes, y anotar las causales. En esa hoja también se pueden manifestar los votos recibidos hasta esa hora.
¿Los observadores o representantes de partidos pueden suspender la votación o cerrar la casilla?
No, el presidente de la mesa directiva es el único facultado para cerrar la casilla, ni los observadores electorales, ni los representantes de partidos políticos pueden intervenir.
“Los partidos políticos no tienen la facultad de suspender la votación”, enfatizó Padilla Quintero.
Si el presidente de casilla detecta que un observador se está manifestando a favor o en contra de alguna de las opciones políticas, el funcionario puede invitarlo a que cese esas conductas. Si el observador reincidiera, podría solicitarle abandonar la casilla; este hecho también debe quedar registrado en la hoja de incidentes.
Los representantes de casilla no pueden cerrarla alegando algún tipo de fraude, tiene que haber un procedimiento y ellos tienen que respetarlo. Los que son responsables de abrir y cerrar la casilla son los funcionarios de la misma. Si hay una situación extrema lo primero que deben hacer es llamar a la autoridad para tratar de que el proceso de la elección se mantenga normal.
“Nos han dicho que en ocasiones son los propios representantes de partido los que pueden, no sé, protestar airadamente alguna cuestión que se da en la casilla y ahí mismo tenemos que ir resolviendo las autoridades dentro de la casilla”, comentó David Delgado Esquivel ciudadano elegido como presidente de casilla en el municipio de Mazatlán.
“Ellos (los representantes) no pueden meter mano, no pueden intervenir más allá de lo que su propia función determina”, agregó.
Los representantes de partidos políticos no pueden tocar el material, es decir, urnas o boletas, pero sí se les tiene permitido tomar fotografías del acta final, así como fotos durante el desarrollo de las votaciones.
“A ellos les sirve en caso de que quieran impugnar una casilla, empezar un proceso que se va a hacer en otras instancias”.
“Pero fuera de eso ellos no pueden intervenir”.