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Iniciativa

Proponen tipificar como delito el transfeminicidio en Sinaloa

Diputadas promueven iniciativa que reforma el artículo 134 del Código Penal de Sinaloa, con lo que se plantean penas de entre 35 hasta 70 años de prisión

En Sinaloa avanza una iniciativa de reforma que pretende tipificar como delito el transfeminicidio.

La Comisión de Protocolo y Régimen Orgánico Interior del Congreso del Estado de Sinaloa determinó que la propuesta presentada por las diputadas de Morena, Juana Minerva Vázquez González y Almendra Ernestina Negrete Sánchez, puede continuar con el proceso legislativo que lleve a su aprobación.

Las legisladoras plantearon reformar el artículo 134 Bis A del Código Penal del Estado, el cual cataloga como crímenes de odio los homicidios por razón de preferencia, orientación sexual o identidad de género, para agregar que un asesinato se considerará crimen de odio.

“Cuando se trate de una persona que hubiere modificado su identidad de género mediante resolución judicial o administrativa y que cuenten con un acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género de conformidad con lo dispuesto en Capítulo VI del Título Segundo del por el Código Familiar del Estado de Sinaloa”.

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Además de eso, la iniciativa expuesta por las morenistas incluye la creación del capítulo Bis C, denominado “Transfeminicidio”.

“Comete el delito de transfeminicidio quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género, a razón de su identidad de género o expresión de género, en una intersección de violencias transfóbica y misógina”, se lee en el artículo 1 del capítulo.

Para considerar que un asesinato se cometió por razón de identidad de género, la propuesta contempla que haya antecedentes de agresiones o amenazas contra la víctima, alguna relación de parentesco o afinidad entre víctima y persona agresora, cuando la víctima presente muestras de saña, si la víctima era activista o una figura reconocida en la comunidad, si la víctima permaneció incomunicada previo a su muerte, si fue despojada de elementos distintivos de su identidad de género, o si tiene signos de violencia sexual.

En esta iniciativa se proponen penas de entre 35 a 70 años en prisión a quien sea culpable por cometer un transfeminicidio.

Dentro del documento, las legisladoras argumentaron que, de acuerdo con la Comisión Ciudadana contra los Crímenes de Odio, hasta 2019 se habían conocido 117 homicidios ligados a la identidad de género, expresión de género u orientación sexual.

Del total de casos, 64 ataques fueron hacia mujeres trans.

En México, el transfeminicidio solo está tipificado penalmente en Nayarit, que fue la primera entidad en considerarlo, en donde las penas de cárcel son hasta de 60 años.

Por su parte, en julio del 2024 el Congreso de la Ciudad de México aprobó por mayoría la tipificación del transfeminicidio, con castigos de entre 35 y 70 años en prisión.

Entre los casos más representativos de transfeminicidios en México está el de Paola Buenrostro, asesinada en septiembre del 2016. El señalado como agresor fue dejado en libertad por falta de pruebas para demostrar que él accionó el arma con la que le disparó.

Asimismo, en enero del 2024 mataron a Samantha Carolina Gómez Fonseca, activista galardonada con el Premio al Mérito de las y los Defensores de los Derechos Humanos del Congreso de CDMX 2023, cuando era aspirante al Senado de la República por Morena.