Escuelas en Sinaloa que regresen a clases presenciales podrán tener entre el 50 y 75% de aforo por Semáforo Amarillo; pero el retorno a las aulas es voluntario
El Gobierno del Estado publicó un acuerdo para reanudar las clases presenciales en Sinaloa, el cual establece que por el color amarillo en el Semáforo Epidemiológico, las escuelas que regresen a las aulas este 30 de agosto podrán tener un aforo de estudiantes entre el 50 y 75 por ciento; sin embargo, reitera que el regreso es voluntario.
“El servicio educativo en el estado de Sinaloa, se brindará de forma presencial y voluntaria con el nivel de asistencia permitido de conformidad al Artículo 2 del presente Acuerdo”, dicta el documento publicado el 23 de agosto en la versión vespertina del Periódico Oficial del Estado, pero el cual fue firmado el 20 de agosto por el Secretario de Educación Pública y Cultura Juan Alfonso Mejía López y el Secretario de Salud estatal Efrén Encinas Torres.
En el acuerdo también se detalla que el aforo podrá ser de hasta el 100 por ciento cuando el semáforo esté en verde, del 50 al 75 por ciento en amarillo, del 30 al 50 por ciento en color naranja y operanción del 30 por ciento en caso de llegar a rojo.
“Los padres y madres de familia o tutores, así como las y los propios educandos, que de forma voluntaria opten por no acudir al servicio educativo presencial, podrán utilizar los medios de comunicación y los recursos tecnológicos referidos en el artículo 6 del presente Acuerdo, con objeto de poder continuar con el servicio educativo”, reitera el documento.
Además estable que la Sepyc y autoridades escolares podrán determinar la posibilidad de que se establezcan jornadas graduales o escalonadas.
Otra medida que detalla el acuerdo es el sistema híbrido de educación que consiste en que cada escuela de acuerdo a su contexto determine los días que acudirán de forma presencial y cuáles días será educación a distancia.
En el caso de la prevención por la condición de emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, las autoridades promovieron que en los planteles que regresen a clases presenciales integren comités participativos de salud escolar quienes deberán establecer comunicación con el centro de salud más cercano cuando sea necesario.
Sugiere que las comunidades escolares integren filtros sanitarios en casa, en la entreda de la escuela y el salón de clases. El lavado de manos con agua y jabón, uso de gel antibacterial, usar cubrebocas sobre nariz y boca, mantener sana distancia, dar mayor uso a espacios abiertos y que sean suspendidos cualquier tipo de ceremonia o reunión.
Como parte de estas medidas padres, madres de familia o tutores de los menores firmarán un recado escolar y lo entregarán a las autoridades del plantel. El documento deberá contener la fecha, los datos del estudiante, escuela, que los menores están de forma presencial y bajo protesta de decir la verdad deberán detallar diariamente que no presentan síntomas de Covid-19, ya sea tos, fiebre, dolor de cabeza, agotamiento o cansancio, dificultad de respiración, vómito o diarrea.
El recado deberá ser entregado semana a semana. Si la autoridad detecta algún caso sospechoso deberán impedir el acceso del estudiante, y tendrán que aplicar el protocolo de aislamiento domiciliario. Para reincorporarse tendrán que presentar un documento expedido por un médico que acredite que los efectos de la enfermedad han cesado.
“Ninguna Autoridad Educativa podrá coartar el derecho de los educandos a recibir el servicio público educativo por incumplimiento a la presente disposición”, enfatiza el acuerdo.
“Las disposiciones del presente Acuerdo son aplicables a las escuelas a cargo del Estado —Federación y Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización para impartir educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior”, señala.
En el caso de la dictaminación educativa, establece que el ciclo escolar iniciará con un periodo de evaluación diagnóstica, posteriormente también habrá un periodo extraordinario de recuperación.
“Con objeto de abatir rezagos e insuficiencias en el aprendizaje correspondiente al grado anterior; el docente o el titular del grupo podrán determinar la ampliación de este periodo mediante el establecimiento de un Plan de Atención para aquellos educandos que así lo requieran o lo soliciten”, expone.