Admite Corte dar trámite a la eliminación de descuentos en el agua potable en Culiacán
La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió dar trámite la controversia constitucional que propuesta por el Gobierno de Culiacán para eliminar el descuento en el agua potable elevado a Ley por el Congreso de Sinaloa.
Esta admisión del tramite no garantiza que se llegue a una resolución favorable para con las intenciones de la administración municipal, pero con ello la Corte inicia la etapa de análisis de lo propuesto por el Gobierno de Culiacán.
La controversia es un recurso jurídico con el cuál se puede lograr inaplicar ciertas leyes estatales si se demuestra que estas son contrarias a lo que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En enero de 2022 el Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Agua Potable y Alcantarillado Estatal para garantizar el 50 por ciento de descuento en el agua potable a la población pensionada y discapacitadas.
Este descuento representaría 200 millones de pesos anuales para la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Culiacán, de acuerdo a datos del Presidente Municipal de Culiacán, además con ello no se garantiza beneficiar a las familias que más lo necesitan.
“Hay mucha gente pobre que no es discapacitada, ni pensionada, ni jubilada”, criticó el Alcalde durante la sesión de Cabildo el 11 de febrero.
Una semana después, el Cabildo aprobó pagar el recibo del agua potable a todas las personas que lo soliciten y acrediten mediante un estudio socioeconómico su situación de vulnerabilidad financiera.
“(Se le pagará el agua) A toda persona que acredite su insolvencia o extrema necesidad de tener dicho apoyo”, prometió el Presidente Municipal cuando daba lectura al acuerdo el 25 de febrero.
A mediados de marzo, cuando el Gobierno de Culiacán presentó la controversia, el Alcalde estimó que se le dará resolución dentro de cuatro meses.
“No hay manera en que esté en contra (la SCJN), es textual la Constitución, no hay interpretaciones contrarias. Cuando un Juez interviene en un juicio de amparo, de revisión o de controversias, lo hace porque las partes no están de acuerdo de sus interpretaciones o más. Aquí no hay más interpretaciones más que un capricho del Congreso del Estado y un apoyo del Gobernador al publicar la Ley, pero contra eso la ley no les va a dar la razón”, comentó el 17 de marzo.
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