Invisibles ante la ley: la precariedad
del trabajo del hogar esporádico

Nosotrxs
07/01/2025 04:00
    El fallo de la Segunda Sala de la SCJN subraya una realidad preocupante en nuestro País: el trabajo del hogar realizado de manera esporádica sigue siendo sinónimo de desprotección laboral.

    La situación de las trabajadoras del hogar en México atraviesa un momento crítico, especialmente para aquellas que trabajan de manera esporádica, es decir, quienes no tienen una jornada fija en un solo hogar, sino que realizan trabajo del hogar en distintos lugares y de manera irregular. A pesar de la importancia de su labor, estas trabajadoras siguen sin recibir el respaldo legal que necesitan para vivir y trabajar con dignidad.

    Hace unos meses, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió negar un amparo promovido por el Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar, que solicitaba el acceso al Seguro Social para las trabajadoras esporádicas. El proyecto a cargo de la Ministra Lenia Batres Guadarrama confirmó que la Ley del Seguro Social, tal como está actualmente formulada, sólo otorga cobertura a quienes trabajan de forma continua en un hogar específico. Esto significa que las trabajadoras esporádicas no tienen derecho a la seguridad social, dejándolas sin acceso a servicios médicos, protección en caso de accidentes laborales o prestaciones básicas. Cabe destacar que el Ministro Luis María Aguilar Morales emitió un voto en contra de la resolución.

    Esta exclusión representa una contradicción con el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que México ratificó en 2011. Este acuerdo internacional reconoce la importancia del trabajo del hogar y exige que todos los países garanticen derechos laborales a las personas que desempeñan esta labor, sin importar si trabajan a tiempo completo, medio tiempo o de manera esporádica. Sin embargo, aunque México ha firmado este convenio, en la práctica se sigue ignorando a un amplio grupo de trabajadoras que quedan en la informalidad y sin protección.

    El fallo de la Segunda Sala de la SCJN subraya una realidad preocupante en nuestro País: el trabajo del hogar realizado de manera esporádica sigue siendo sinónimo de desprotección laboral. Estas trabajadoras enfrentan enfermedades, accidentes e incluso la vejez sin ningún tipo de apoyo institucional. La falta de acceso a seguridad social no sólo significa que estén desprotegidas en su vida cotidiana, sino que también perpetúa un ciclo de pobreza y vulnerabilidad del cual es difícil salir.

    Negarles la seguridad social a las trabajadoras esporádicas transmite el mensaje de que su labor no es digna de los mismos derechos que cualquier otro trabajo. Esto no sólo es injusto, sino que también va en contra de los esfuerzos de construcción de una sociedad más equitativa y respetuosa de los derechos laborales. Sin seguridad social, estas mujeres están mayormente expuestas a una existencia precaria, donde un accidente o una enfermedad puede llevarlas a una situación desesperada, sin acceso a servicios médicos y sin posibilidad de enfrentar los costos de la atención de salud.

    Reconocer el derecho de todas las trabajadoras del hogar a la seguridad social, independientemente de si trabajan de forma continua o esporádica, es una cuestión de justicia. Estas trabajadoras no deberían vivir en la incertidumbre; el acceso a la salud, a la protección laboral y a prestaciones dignas no debería depender de la naturaleza de su jornada. Excluir a las trabajadoras esporádicas de estos derechos equivale a negar que lo que haces es un trabajo como cualquier otro y por lo tanto sus derechos laborales deben ser respetados. Este es un llamado a la justicia, a una reforma de la Ley del Seguro Social que cumpla con el compromiso internacional de proteger a quienes sostienen, día a día, el trabajo esencial pero invisible en miles de hogares mexicanos.

    El autor es Pablo Andrade Martínez (@PabloAnd89), coordinador de la Causa de Construcción de Paz en Nosotrxs (@NosotrxsMX)