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Gobierno de México

AMLO acusa a Telmex, de Slim, y al INAI, por campaña contra padrón telefónico

El mandatario nacional señaló que estas telefónicas tienen mucho poder y además actúan con mucha hipocresía, porque para la contratación de un servicio telefónico ya piden esos datos biométricos

MÉXICO._ El presidente Andrés Manuel López Obrador acusó este miércoles a las compañías telefónicas, como Telmex -cuyo dueño es el magnate Carlos Slim Helú-, de operar una campaña en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).

“Entonces, estas telefónicas que tienen mucho poder y además que actúan con mucha hipocresía, porque para la contratación de un servicio telefónico ya piden esos datos. Como tienen mucho dinero para reportar o alquilar medios de información, traen una campaña en contra nuestra”, indicó el mandatario nacional.

“Miren estos informes son cuidadosos, porque tapan, pero es Telmex y son los que más están empujando una campaña en contra con los medios de comunicación. Miren, ¿entonces nos olvidamos de esto?”, comentó el titular del Poder Ejecutivo Federal, durante su conferencia de prensa matutina.

Por otra parte, el político tabasqueño afirmó que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) se creó únicamente para defender a grupos de interés creados y, en este caso, a las telefónicas.

“Es lo mismo, el INAI es un órgano de estos autónomos que crearon, para que se den una idea. Es que el INAI y el IFT y el de la Competencia, COFECE, esos y muchos más se crearon para defender a grupos de intereses creados, a las grandes empresas y a los que se dedicaron a saquear el país”, según aseguró.

“Ese de la transparencia fue el que negó los expedientes de la empresa Odebrecht, o mejor dicho, resolvió que se iban a mantener en secreto la empresa Odebrecht, de los que daban sobornos, como decía. Imagínense: un Instituto de la Transparencia que resuelve no dar información de Odebrecht, ahora se inconforma y se manifiesta y actúa en favor de las telefónicas”, aseveró.

“Que porque se van a violar datos personales. Las telefónicas, en sus sistemas, ya piden los mismos datos, los bancos, solicitan los mismo datos, solamente que no solicitaban datos para las tarjetas, que se vendían al por mayor, y que esas tarjetas se utilizaron en algunos casos para la extorsión, para el secuestro”, dijo López Obrador.

“Entonces, estas telefónicas tienen mucho poder y además actúan con mucha hipocresía, porque para la contratación de un servicio telefónico ya piden esos datos. Sí tenemos que revisar todo esto porque si no, pues el Estado va seguir al servicio de una minoría rapaz, no se va tener un Gobierno para todo el pueblo. De ahí su enojo y ataque en los medios y estas decisiones”, abundó.

“Vamos a hacer una revisión, una reforma administrativa, ya lo anuncié, para ajustar los órganos administrativos, los del Gobierno, del Estado, para ajustarlos a la nueva realidad, porque esos órganos, todo este monstruo, este órgano filantrópico que crearon no tiene que ver con nosotros, es distinto, y además hablamos que íbamos a llevar a cabo una transformación, no engañamos”, dijo.

“Entonces, vamos a seguir transformando para que el Gobierno atienda a todos, un Gobierno para pobres y ricos, para todos, no faccioso al servicio de una minoría. Entonces, todos esos organismos autónomos que solo ven para arriba, que no les importa el pueblo, pues no tienen razón de ser”, añadió.

INAI PRESENTARÁ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL PANAUT

El martes 27 de abril, el Pleno del INAI acordó presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el PANAUT, al considerar que dicho padrón viola derechos fundamentales de los usuarios, al recabar, entre otros datos, información biométrica de los usuarios.

Por unanimidad, los comisionados del INAI consideraron que el padrón vulnera los datos personales, viola el derecho de acceso a la información y a las tecnologías de comunicación, además de que invade facultades de otras autoridades, es desproporcionado respecto de los fines que persigue y trasgrede los artículos 1, 14, 16 y 133 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

El pasado 16 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que incluye la creación de un padrón de usuarios en el que se exigen la recopilación de datos biométricos de los usuarios, además de todos aquellos relacionados con la contratación y uso de la línea telefónica.

JUEZ GÓMEZ FIERRO CONCEDE DOS SUSPENSIONES DEFINITIVAS CONTRA EL PANAUT

Este miércoles 28 de abril, Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, otorgó dos suspensiones definitivas contra el PANAUT, medidas cautelares que tiene el efecto para que no se obligue a los usuarios a entregar sus datos personales y biométricos para registrar su línea telefónica o se le cancele su registro.

Dicho juez federal -que concedió la protección de la justicia a los usuarios Óscar González Abundis y a Gustavo Alejandro Uruchurtu Chavarín-, es el mismo que ha venido otorgando múltiples suspensiones contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), cuyas reformas fueron impulsadas por el presidente López Obrador y aprobadas por el Congreso de la Unión, debido a que consideró, puede afectar la competencia y la libre concurrencia, así como producir daños inminentes e irreparables al medio ambiente.

Gómez Fierro señaló que la entrega de datos “podría no ser idónea ni proporcional, ya que no se advierte una relación directa o causal entre la existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos”, además de que puede afectar derechos humanos.

Asimismo, el juez federal consideró que el PANAUT tiene como finalidad crear una base de datos para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) pueda colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, en asuntos relacionados con la comisión de delitos.

No obstante, Gómez Fierro dijo que no advierte una relación de “medio a fin” entre la entrega de datos personales (entre ellos los biométricos, como son las huellas digitales, el iris, el rostro o la retina, etcétera), como condición para tener una línea telefónica móvil y la investigación o persecución de los delitos.

“Dicho de otra manera, no se aprecia cómo es que la entrega de esos datos personales, como excepción al principio de su protección, podría influir de manera positiva en las actividades de seguridad pública que el Estado está obligado a desplegar”, señaló el juez federal.

“E, incluso, no se entiende en qué medida se podría ver favorecida la investigación y persecución del delito, pues la entrega de aquellos datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias respectivas investiguen más o mejor”, apuntó Gómez Fierro.

El pasado 20 de abril, el juez federal estimó que la concesión de la suspensión provisional a González Abundis no provocaría que las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia se vean obstaculizadas para desempeñar sus funciones dentro del marco constitucional y legal vigente.

Lo anterior, porque aún sin la existencia del PANAUT, el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece facultades para que dichas autoridades puedan solicitar a los concesionarios de telecomunicaciones la localización geográfica en tiempo real de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentra relacionada con los hechos que se investigan, y la entrega de datos conservados.

“De conformidad con ese artículo, las autoridades investigadoras deben presentar su solicitud ante la autoridad judicial correspondiente, en la que se deben expresar: los equipos de comunicación móvil relacionados con los hechos que se investigan”, agregó el juez federal.

Así como “los motivos e indicios que sustentan la necesidad de la localización geográfica en tiempo real o la entrega de los datos conservados; la duración; y, en su caso, la empresa autorizada o proveedora del servicio de telecomunicaciones a través del cual operan las líneas, números o aparatos que serán objeto de la medida”.

“Incluso, dicho artículo prevé situaciones excepcionales para que las autoridades investigadoras ordenen la localización geográfica en tiempo real o la entrega de datos conservados sin autorización judicial previa”, añadió Gómez Fierro.

Aunado a ello, el juez federal puntualizó que, si a los usuarios que no registren su línea telefónica móvil en el PANAUT, se les cancelará, por lo que es indudable que la norma incide en otros derechos, ya que su incumplimiento influiría en el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Además, el incumplimiento por parte de los usuarios repercutiría en el derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, reconocidos en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin embargo, Rodrigo de la Peza López Figueroa, titular del juzgado Primero en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, está desechando los amparos que le han turnado, ya que considera que la reforma legal para crear el PANAUT solo causará perjuicio a los usuarios hasta que el IFETEL emita las reglas para su operación.