"Sorprende a Comité de Participación Ciudadana enojo en el Congreso de Sinaloa"

"El órgano se posicionó contra las declaraciones de Rosario Romero López y Flora Isela Miranda Leal, sobre comentarios de la Ley de Obras Públicas"

"Nos extraña mucho la intolerancia que han mostrado ante la opinión de los ciudadanos que somos en este grupo colegiado", dijo Sergio Avendaño Coronel en respuesta directa a los diputados Rosario Romero López y Flora Isela Miranda Leal, que consideraron que el Comité de Participación Ciudadana estaba sacando la vuelta a una responsabilidad que se les dio en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que fue designar a los integrantes ciudadanos de los Comités de Obra.

La sesión del Comité de Participación Ciudadana, CPC, se enfocó específicamente para aclarar ciertos puntos respecto a la sesión del Congreso del Estado, del 19 de octubre, en donde se dio la participación de Romero López y Miranda Leal.

De acuerdo con Soledad Astrain Fraire, Fernando Ruiz Rangel, Sergio Avendaño Coronel y Enrique Hubbard Urrea, integrantes y presidente del CPC, se acercaron al Congreso para plantear mesas de trabajo y resolver las dudas respecto a la nueva Ley, pero lo que recibieron fue una serie de acusaciones.

"Paleros del Gobierno" y "Si no pueden, renuncien", son frases que se usaron en el Congreso, por lo que Avendaño Coronel lamentó que se usara la máxima tribuna para este tipo de acusaciones, siendo que la 63 Legislatura había mostrado disposición para tomar las medidas ciudadanas propuestas, prueba de ello el Parlamento Abierto.

Astrain Fraire y Ruiz Rangel enfatizaron que el CPC muestra transparencia en el actuar, por lo que no se pueden cuestionar cosas que se resuelven entrando a ver la información de la página de este órgano.

El presidente del CPC, Hubbard Urrea, dio lectura al pronunciamiento oficial que se preparó y reza lo siguiente:

"Han causado enojo en algunos diputados y diputadas de la 63 legislatura del Honorable Congreso del Estado, las observaciones que este CPC ha compartido con ellos, antes que a nadie, respecto de lo que consideramos irregularidades en el Decreto por el que se reforma la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Sinaloa.

Este enojo de algunas legisladoras y legisladores los ha llevado al extremo de cuestionar nuestra imparcialidad, eficiencia y profesionalismo. Parecieran olvidar que la participación ciudadana, que tanto pregonan promover en esta legislatura, consiste precisamente en vigilar y cuestionar permanentemente el ejercicio del servicio público; quien no tolere esa fiscalización ciudadana del quehacer gubernamental, no tiene cabida en la función pública.

El Comité de Participación Ciudadana del SEMAES no solo no renuncia al cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sino que, por el contrario, hemos promovido reuniones de trabajo con el propio congreso, para diseñar la adecuada implementación de la Ley.

Celebramos la inclusión de la participación ciudadana en un tema tan importante como la obra pública. El CPC ha promovido una interpretación estrictamente Constitucional sobre el contenido de la Ley.

Sostenemos con razones y fundamentos nuestros señalamientos de inconstitucionalidad que afectan más de un aspecto del Decreto de reforma en mención, estamos dispuestos a exponerlos uno a uno en cualquier foro de discusión, no solo respecto de las atribuciones que se otorgan al CPC en dicho decreto, sino también en las disposiciones que fijan facultades a los órganos internos de control que transgreden la distribución de competencias contenidas en la Carta Magna.

Nosotros no tenemos acceso a la máxima tribuna del Estado para expresar nuestros puntos de vista respecto a este ejercicio legislativo en particular, pero invitamos a los y las diputadas a trabajar en conjunto para lograr la adecuada aplicación de estas reformas legales, para lo cual no solo les expresamos ya nuestra disposición, sino que hemos propuesto y en principio se ha aceptado, el establecimiento de mesas de trabajo interdisciplinarias para reglamentar todo aquello que en el Decreto de referencia quedó en la indefinición.

Resultado de la reunión que el CPC celebró con el Congreso y diversas instancias del poder ejecutivo, fue la propuesta de modificación de los artículos transitorios 4o. y 5o., misma que ya fue aprobada, con la finalidad de ampliar el término de instalación de los comités de obras hasta finales de año y así dar tiempo para instrumentar las citadas mesas de trabajo.

En efecto, de acuerdo con la nueva Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados, todas las instituciones comprendidas en dicha ley deberán establecer en el ámbito de sus competencias un Comité de Obras. No obstante, la propia Ley determina que las tres posiciones reservadas a ciudadanos deberán ser propuestas por asociaciones civiles, organizaciones empresariales, colegios e instituciones académicas, por las organizaciones estatales de transporte de mayor representatividad del Estado de Sinaloa, debidamente acreditadas ante el órgano interno de Control que corresponda.

En otras palabras, el primer paso del proceso es la acreditación ante el órgano interno de control correspondiente, de las organizaciones y agrupaciones que, una vez acreditadas, procederían a presentar las candidaturas para esas tres posiciones ciudadanas. Pero la Ley no define los requisitos que deberán cumplir dichas agrupaciones para ser debidamente acreditadas, lo cual indica que primero habría que definir dichos requisitos y, posteriormente, proceder a convocar en esos términos a las organizaciones interesadas en acreditarse ante el OIC.

Cabe apuntar que el anterior enunciado discrimina abiertamente a los ciudadanos que se interesen en presentar su propia candidatura, pues la ley solo permite candidatos presentados por las organizaciones citadas.

Un paso adicional consistiría en la previa determinación de los requisitos que deberán llenar los potenciales candidatos, pues la Ley no los define.

Finalmente, nos preocupa el hecho de que un grupo de particulares, como somos quienes integramos el Comité de Participación Ciudadana, no podamos dar la máxima publicidad a la convocatoria para la selección de los tres ciudadanos, por carecer de los recursos públicos materiales, financieros, humanos, etcétera, a los cuales no nos es posible acceder en forma alguna".