"Educación no presencial y derechos humanos"
fernando@garciasais.mx
Esta colaboración contiene muchas citas textuales, pido una disculpa, pero es metodológicamente necesario para dar una explicación contextual del tema. Los textos citados son de la Constitución y del Diario de Debates del Senado. Considero que el lector debe tener acceso a la fuente original por lo que también incluyo la liga de consulta para que profundice, pues no es mi intención ser parcial ni apoyar a alguna ideología política particular. Ni milito ni defiendo a ningún político ni partido, me inclino por el debate de las ideas, vengan de quien vengan.
En México, toda persona tiene derecho a la educación. La educación inicial, integrada por preescolar, primaria y secundaria, “es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia”, se dice en la Constitución. El Estado mexicano es el rector de la educación y, en el caso de la que él imparta, debe ser universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.
El 15 de mayo de 2019 la educación dejó de ser de calidad, ahora dice que es de excelencia. El párrafo tercero del artículo 3º constitucional fue derogado. Antes se proclamaba que “El Estado garantizará la calidad de la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativo, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos”. También se desterró del texto constitucional el inciso d) de la fracción II del artículo que sigo. Ahí se decía que la educación “Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos”.
Ahora, el inciso i), de la fracción II, del artículo 3º, dice que el criterio orientador de la educación: “Será de excelencia, entendida como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad;[...]”. Semánticamente, excelencia es “superior calidad o bondad que hace digno de singular aprecio y estimación algo”, según la Real Academia Española (consultado el 23 de julio de 2020).
El Diario de los Debates, del Senado de la República, recogió el día 6 de febrero de 2019, las declaraciones del Diputado Juan Carlos Romero Hicks, quien aseveró en relación con el intento de suprimir el calificativo “calidad” de la Constitución. Cito textual: “Retroceder en este aspecto, además de echar por tierra los avances descritos, contravendría los compromisos internacionales adquiridos por México, como la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que consta de 17 Objetivos y 169 metas, dirigidas a hacer frente a los tres elementos interconectados del desarrollo sostenible: crecimiento económico, inclusión social y sostenibilidad ambiental. En particular, el Objetivo 4 de la Agenda y las metas que lo desarrollan buscan garantizar una educación inclusiva, equitativa de calidad, así como promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos. Las metas deseables en este sentido son que todas las niñas, niños y jóvenes tengan acceso a servicios de atención y desarrollo desde la primera infancia hasta el nivel superior, con una educación obligatoria de calidad en un sistema educativo incluyente que reduzca la desigualdad social y económica”. (http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/proceso/docleg/64/237_DOF_15may19.pdf)
Ahí mismo, el Diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal declaró que “Dicen que van a eliminar el concepto calidad por ser tecnocrático y además que tiene que ver solamente con el neoliberalismo, pues están sustituyendo calidad por excelencia. Ahora el engaño para los padres de familia. No es cierto que esta reforma va a mejorar la calidad. [...]”
Complementariamente, para la población indígena, en la Constitución se proclamó el deber de “garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación”.
Hoy que la educación es de excelencia, y no nomás de calidad, ¿qué políticas públicas tendrán listas nuestros empleados públicos para satisfacer el derecho humano a la educación en el contexto de la pandemia del Covid-19 y de que será necesario que los niños cursen de manera adecuada sus clases de manera presencial? ¿Las escuelas como nuevos sujetos obligados a respetar e impulsar los derechos humanos de sus alumnos, más allá de vender libros e imponer uniformes, qué acciones concretas están tomando para que toda su infraestructura y personal estén enfocados a satisfacer con esa educación de excelencia, insisto como derecho humano?
Las generaciones que actualmente cursan los niveles de educación básica y media superior tienen legítimas expectativas de que ya sea el Estado o, quienes acuden a la educación privada, las escuelas particulares, estén a la altura de las circunstancias. Su responsabilidad histórica hacia la niñez mexicana se reflejará en el futuro mediato con la consolidación de las libertades y con el desarrollo de las capacidades de los estudiantes.
La educación transitó de ser de caridad, a ser de calidad y ahora de excelencia. Esperemos que se respete la Constitución y si no, que el pueblo se los demande.