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Una de las estrategias más usadas por los servidores públicos para eludir las responsabilidades administrativas derivadas de las faltas que cometen, es “controlar” a las autoridades encargadas de tramitar y resolver las denuncias que presentan los ciudadanos.
A nivel municipal, la autoridad encargada de investigar y aplicar sanciones por faltas no graves (las sanciones por faltas graves las aplica el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado), es el Órgano Interno de Control (OIC) de cada municipio.
Antes de que entrara en vigor la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, la autoridad encargada de lo anterior eran los Síndicos Procuradores.
He visto resoluciones de anteriores Síndicos Procuradores (SP) y del OIC de este Ayuntamiento, que sirven de “tapadera” a las faltas administrativas y hasta delitos cometidos por servidores y exservidores públicos, en donde simplemente deciden que no hay nada que investigar ni sancionar.
Contra esas resoluciones se agotaron algunos juicios de amparo. Unos ya se resolvieron y otros están aún en trámite.
Los que ya se resolvieron culminaron con sentencias de los jueces de distrito, confirmadas por los tribunales colegiados en materia administrativa con sede en esta ciudad, que decían que el denunciante no podía ampararse contra las decisiones del SP o del OIC, que resolvían no investigar o no sancionar a los denunciados.
Es decir que los jueces de distrito y tribunales colegiados en materia administrativa (aquí hay dos), decidían no estudiar si la resolución del SP o del OIC, que se negaban a investigar o sancionar las faltas administrativas denunciadas era ilegal o no, bajo el argumento de que quien se estaba amparando, aunque fuera el denunciante, no tenía “interés jurídico”, o dicho en español, no tenía derecho a ampararse.
Bajo esos criterios judiciales, obviamente los servidores y exservidores públicos denunciados y a los que el SP o el OIC les habían “tapado” sus transas, estaban locos de contentos ya que, aunque todas las pruebas demostrarán que habían hecho sus cochinadas, nada les podían hacer. O sea, impunidad a todo lo que da.
Afortunadamente “aún hay jueces en Berlín” lo cual es una frase popular entre los abogados usada para dar a entender que no todos los jueces son iguales y algunos hacen muy bien su trabajo.
Digo lo anterior porque con la tesis de nombre “RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. EL DENUNCIANTE TIENE INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO CONTRA LA DETERMINACIÓN DE NO INICIAR LA INVESTIGACIÓN RELATIVA, AL OTORGARLE LA LEY GENERAL DE LA MATERIA UNA PARTICIPACIÓN”, que acaba de ser publicada en el sitio web de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el seis de marzo pasado, como dicen: “se les acabo el corrido” al OIC y a los funcionarios y ex funcionarios públicos denunciados.
Con base en esa tesis, que deriva de una sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito con sede en CDMX (que es de los mejores del país), donde el magistrado ponente fue Jean Claude Tron Petit (también uno de los mejores del país); si el OIC decide servir de “tapadera” a los denunciados y se niega a investigarlos y sancionarlos, los ciudadanos y organizaciones ciudadanas que presentaron las denuncias correspondientes ya pueden ampararse contra las resoluciones del OIC.
Y los jueces de distrito y tribunales colegiados en materia administrativa tendrán que “agarrar el toro por los cuernos” y entrarle al fondo del asunto, estudiando y decidiendo si las resoluciones contra las que se promovió el amparo son ilegales o no.
De esta manera, si en el amparo se dicta sentencia que estime que la resolución del OIC es ilegal, pueden obligarlo a que inicie la investigación que negó o a que resuelva que si existen las faltas administrativas enunciadas o a que aplique las sanciones correspondientes.
Como lo dijo un funcionario de primer nivel del gobierno federal: “la fiesta se acabó”. La “tapadera” ya no funcionará y los corruptos tendrán que enfrentar las consecuencias legales de sus actos. Agárrense, ahí les vamos.