Sobre las reformas

ÁGORA CIUDADANO
02/11/2024 04:01
    Los jueces sin rostro no son garantes de derechos humanos, todo mundo tiene derecho a saber por quién está siendo juzgado, además de conocer su perfil e idoneidad.

    Disculpe por no haber estado con Usted la semana pasada, no me fue posible, hay diversos temas que tocar, pero es imposible tocarlos todos, simplemente la manifestaré que, al igual que Usted, me encuentro harto de esta situación.

    Mencionaré de manera breve algunas acciones que han llamado mi atención en las últimas semanas y que por alguna razón no habíamos podido comentar.

    Sobre la reforma judicial, donde jueces, ministros, magistrados no tendrán seguro su puesto es necesario señalar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que atentar contra la inamovilidad judicial es atentar contra la independencia judicial.

    Los jueces sin rostro no son garantes de derechos humanos, todo mundo tiene derecho a saber por quién está siendo juzgado, además de conocer su perfil e idoneidad. Tomemos el caso del recientemente Juzgado Genaro García Luna, el junto con todos los demás supimos por quién era Juzgado, es decir, por el Juez Brian Cogan.

    La reforma “de supremacía constitucional” es regresiva, esta reforma modifica el artículo 1º Constitucional, el cual señala: “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia” y con esta reforma se le agrega “pero en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad”. El control de convencionalidad es verificar que las normas nacionales y las actuaciones de las autoridades nacionales vayan conforme al marco internacional (tratados internacionales), en caso de que no sean conformes se pueden no aplicar, pero esta reforma permite que si las normas nacionales y/o las actuaciones de las autoridades nacionales van en contra de normas internacionales puedan aplicarse, por lo que estamos hablando de una regresión totalmente innecesaria.

    Esta reforma ha sido aprobada en diversos estados de la República, valdría la pena pedirle a algún Diputado local que haya votado a favor que nos explique la reforma y su opinión sobre los principios de progresividad y no retroactividad.

    El pasado 31 de octubre se publicó en el DOF el “Acuerdo por el que se crea, integra e instala el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo para la elaboración de los listados de las Personas Candidatas a participar en la Elección Extraordinaria 2024-2025 de Ministras y Ministros, Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación”. El comité está integrado por tres mujeres y dos hombres: Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, Isabel Inés Romero Cruz, Javier Quijano Baz, Mary Cruz Cortes Ornelas y Vanessa Romero Rocha. ¿Qué le parece este Comité? ¿Qué puestos han tenido sus integrantes? ¿Cree que garantice imparcialidad?

    Para finalizar, ocho ministros de la SCJN, incluyendo su Presidenta renunciaron, le recomiendo lea sus cartas de renuncia. Lo invito a que haga un ejercicio y trate de adivinar los tres ministros que no presentaron su renuncia, una pista, fueron propuestos por el Presidente anterior.

    PD 1. “#YaMeCansé de un gobierno atroz, indigno, vendepatrias, ligado al narco, soberbio, corrupto, un gobierno que no merecemos los mexicanos”._ Claudia Sheinbaum el pasado 8 de noviembre de 2014.

    PD 2. “LA SCJN sí es competente para conocer de la acción de inconstitucionalidad, ya que tiene el deber de ejercer la labor de constitucionalidad y convencionalidad de las normas internas que violen los derechos humanos políticos”._ Andrés Manuel López Obrador en 2016.

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    salomon.gaxiola@gmail.com