El debate sobre la reforma judicial se ha focalizado en dos elementos: la independencia judicial y la teoría de los contrapesos democráticos. Sin menoscabo de la importancia de dichos elementos, hay otros que han quedado soslayados y que no son menos importantes. Primero, el estatus de los asuntos actualmente en trámite en el ámbito del Poder Judicial Federal y, segundo, el futuro del legado jurisprudencial construido a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos del año 2011, año que marcó el inicio de las llamadas épocas de los derechos humanos.
Esta semana fuimos testigos de un episodio más de la disputa entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo con el Poder Judicial. En un acto que raya en la bravuconería, los líderes de Morena dentro del Senado y la Cámara de Diputados presentaron una nueva iniciativa de reforma constitucional que respondería a los amagos del Poder Judicial de la Federación de llevar a cabo una revisión de la reforma judicial mediante el estudio de los amparos y acciones de inconstitucionalidad que se han presentado contra ésta.
El objetivo principal de esta reforma sería limitar expresa y retroactivamente la posibilidad de que las reformas constitucionales puedan ser impugnadas a través de amparos, acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales. Sin embargo, la iniciativa contemplaba un punto adicional: una modificación al artículo 1 de nuestra Constitución para prohibir que las autoridades, principalmente jueces, puedan dejar sin aplicación normas que se consideren contrarias a tratados internacionales en materia de derechos humanos reconocidos por México, acción que se conoce técnicamente como “control de convencionalidad”.
Este control de convencionalidad fue un avance crucial de la reforma constitucional en derechos humanos del año 2011 y fue producto, en gran medida, de la lucha por la verdad y la justicia por parte de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos que encontraron en el ámbito internacional una última posibilidad de justicia. El control de convencionalidad ha sido la piedra angular de la defensa de los derechos humanos en los últimos 14 años y tiene la intención de que tragedias como la de los feminicidios del caso “Campo Algodonero” o la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco puedan ser prevenidas y resueltas por la justicia nacional y que no tengan que esperar décadas hasta llegar a cortes internacionales para encontrar respuesta a sus demandas.
Si bien la modificación del artículo 1 fue retirada de la iniciativa, el mero intento es una muestra de los otros costos que está teniendo la disputa por la reforma judicial. De haberse discutido y aprobado, las principales afectadas serían las personas que históricamente han sido vulneradas e ignoradas por todos los poderes. Más allá de la independencia judicial y los contrapesos democráticos, quienes más van a sufrir las consecuencias de la disputa política son las víctimas de siempre, las víctimas de las distintas violencias estructurales, criminal, estatal, social, económica, y política.
Ojalá esta reflexión pase, aunque sea por un instante, por las mentes de quienes protagonizan el juego de vencidas en que se ha convertido la discusión de la reforma judicial. Ésta no sólo tendrá costos institucionales, sino daños encarnados en personas y tragedias concretas.
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El autor es Humberto Francisco Guerrero Rosales, coordinador del programa de Derechos Humanos y Lucha contra la Impunidad de @FundarMexico.
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Animal Político / @Pajaropolitico