Los derechos menstruales en las leyes de educación

    En el marco del mes de la mujer, consideramos indispensable visibilizar esta problemática desde la perspectiva de todas las niñas y adolescentes que ven obstaculizado su derecho a aprender en la escuela por la falta de reconocimiento de sus derechos menstruales. Para hablar de una 'menstruación digna' deben cumplirse tres requisitos fundamentales: i) que las mujeres tengan acceso a productos de gestión menstrual tales como toallas femeninas, ii) que se brinde educación en la materia y iii) que puedan gestionar su periodo menstrual en espacios sanitarios adecuados y con acceso a agua.

    Por: Begoña Suárez Carus

    Antes del año 2021, ni una sola ley en México hablaba sobre derechos menstruales. Así es, a pesar de que el 34.2 % de la población de nuestro país somos mujeres en edad reproductiva y que se trata de un asunto de salud pública que impacta en nuestra vida cotidiana, ni siquiera las leyes en materia de salud mencionan la palabra “menstruación”. Esto es un reflejo de la falta de reconocimiento hacia las necesidades y derechos de las mujeres en la sociedad, así como de la persistencia de tabúes y estigmas en torno al periodo menstrual.

    En el marco del mes de la mujer, consideramos indispensable visibilizar esta problemática desde la perspectiva de todas las niñas y adolescentes que ven obstaculizado su derecho a aprender en la escuela por la falta de reconocimiento de sus derechos menstruales. Para hablar de una “menstruación digna” deben cumplirse tres requisitos fundamentales: i) que las mujeres tengan acceso a productos de gestión menstrual tales como toallas femeninas, ii) que se brinde educación en la materia y iii) que puedan gestionar su periodo menstrual en espacios sanitarios adecuados y con acceso a agua. Sin embargo, de acuerdo con una encuesta realizada por UNICEF, en México, el 20 % de las encuestadas alguna vez ha faltado a la escuela o dejó de tomar clases virtuales por tener la menstruación, 30 % usa papel higiénico en lugar de toallas, 66 % piensa que los baños de su escuela están sucios y 73 % se lava las manos sin jabón.

    En los últimos tres años los derechos menstruales han ido cobrando relevancia en la agenda educativa y, al día de hoy, son 15 los Estados de la República que han reformado sus leyes de educación para reconocerlos: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Puebla, Quintana Roo, Sonora y Yucatán. Si bien pensamos que la mera consideración de estos derechos dentro de las leyes constituye un paso crucial para la dignificación de la menstruación, no es suficiente. Lo más importante es que se traduzcan en acciones dentro de las escuelas.

    Es así que en Mexicanos Primero, como organización defensora del derecho a aprender de niñas, niños y adolescentes nos dimos a la tarea, junto con Aprender Primero y Fundación Femmex, de monitorear el trabajo que están llevando a cabo las autoridades para cumplir con las obligaciones que les imponen las leyes de educación, mediante solicitudes de acceso a la información pública. A partir del estudio de la información recibida, llegamos a las siguientes conclusiones:

    a) Con respecto a la entrega gratuita de insumos de gestión menstrual:

    5 estados están entregando productos: Estado de México, Jalisco, Michoacán, Morelos y Yucatán.

    6 estados no están entregando productos, aun cuando sus leyes de educación prevén dicha obligación: Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Colima, Quintana Roo y Sonora.

    b) Sobre educación menstrual:

    6 estados están brindando educación menstrual (con amplia cobertura, en los distintos niveles educativos, capacitando a las y los docentes e involucrando a padres y madres de familia): Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Quintana Roo, Sonora y Yucatán.

    6 estados deberían reforzar sus acciones: Baja California, Campeche, Colima, Michoacán, Morelos, Puebla.

    En el Estado de México se están llevando a cabo las primeras acciones para cumplir con la obligación.

    c) Con respecto a la infraestructura adecuada y el acceso al agua:

    Únicamente la ley de educación de Sonora prevé la obligación de contar con espacios sanitarios adecuados para menstruar. Esta problemática debe ser atendida pues, según datos de MEJOREDU, en México solamente el 62.8 % de las escuelas cuenta con servicios de electricidad, agua potable, servicio de lavado de manos y sanitarios.

    En conclusión, la investigación realizada destaca la importancia de seguir avanzando en la implementación efectiva de los derechos menstruales en las escuelas. Es muy claro: la tarea no está hecha. Llamamos a las autoridades educativas de todos los Estados a seguir trabajando y reforzando sus acciones para garantizar que todas las escuelas de cualquier nivel, modalidad, ubicación geográfica o condiciones a la largo y ancho del país, brinden acceso gratuito a insumos de gestión menstrual a sus estudiantes, impartan educación en la materia, cuenten con condiciones de infraestructura y acceso al agua adecuadas y, en general, dignifiquen la menstruación, de tal manera que nunca más constituya una barrera en el derecho a aprender de las niñas y adolescentes de México.

    * La autora Begoña Suárez Carus (@begosuarezc) es Coordinadora de Judicialización en Aprender Primero.

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