Las estrategias de seguridad de tres administraciones han fracasado. Homicidios dolosos, desapariciones, etc., sin freno. Hay enojo ciudadano y desesperación gubernamental. Pero, ¿y los principios?
1. Después de la vida, la libertad es el bien jurídico más preciado. El Artículo 1 de nuestra Constitución es clarísimo, los Derechos Humanos plasmados en ese texto y los contemplados en los tratados internacionales suscritos por México, son derecho positivo y deben guiarnos.
2. La privación de la libertad solo es jurídicamente válida cuando el inculpado ha sido sometido a un debido proceso (due process) y ha sido sentenciado.
3. La prisión preventiva es una medida extrema, no deseable. Solo debe aplicarse ante el agotamiento de otras medidas cautelares. Su fin es (Artículo 19) “garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad. El MP solicita, el juez valora y decide.
4. La prisión preventiva oficiosa (PPO) es un arma muy peligrosa.
5. Ante la ineficiencia de las instancias de investigación y de impartición de justicia, el legislador ha ampliado el catálogo de los potenciales delitos en que procede la PPO. Se trata de una nefasta derivación -quizá necesaria en situaciones extremas- contraria al principio del debido proceso y de la presunción de inocencia.
6. Los datos (SESNSP) muestran que no es una solución. La impunidad en homicidio doloso ha subido 30 por ciento en 13 años, del 59.5 por ciento en 2006 a 89.6 por ciento en el 2019, casi 2.5 por ciento por año.
7. Lo más grave, decenas de miles de mexicanos han perdido su libertad, en espera de una sentencia, son alrededor de 40 por ciento del total. El daño humano es inconmensurable. Es igual de grave que un criminal no sea condenado, a condenar en los hechos a un inocente. Ese país no es deseable.
8. IMPUNIDAD/CERO mostró -con base en el índice Estatal de Desempeño de Procuradurías y Fiscalías 2021- que en el 2020, la probabilidad en México de que un delito se denuncie y se esclarezca es de 1.04 por ciento. Ahí el problema.
9. Ante la galopante impunidad, la reacción popular preocupa. IMPUNIDAD/CERO con el apoyo de Data OPM, ha mostrado como entre los mexicanos la versión punitiva aumenta. El 2021, 80 por ciento de la población aprobaba la versión de que “todos los delitos se deben sancionar con cárcel”. (Percepción de impunidad, impunidadcero.org).
La idea de que “todas las personas acusadas de cometer un delito deben de permanecer en prisión en lo que se averigua si (lo) cometieron”, la apoyan el 74.5 por ciento. Las rejas como símbolo de justicia.
10. El Índice Global de Impunidad elaborado por la Universidad de las Américas de Puebla mostró que el número de policías por cada 100 mil habitantes de México -347- estaba un poco por arriba de la media global, 314 y de lo recomendado por Naciones Unidas, 300.
El conteo incluía a las policías estatales y municipales.
11. Entre esas corporaciones -algunas con gran prestigio y eficiencia como la de Yucatán o Querétaro, otras indefendibles- la dispersión era monstruosa. En el 2011 de las 2022 corporaciones más de 500 tenían menos de 10 elementos, entre tres turnos. Su adiestramiento y equipamiento eran vergonzosos. ¿Qué ocurrió con el fondo federal de apoyo?
12. Dos países con muy baja impunidad en el Continente Americano son Canadá y Estados Unidos. Los dos cuentan con poderosas corporaciones locales y pocos efectivos federales. En contraste Brasil y México están en el otro extremo: policías locales débiles y mucha impunidad.
13. Otro parámetro preocupante es la capacidad de los poderes judiciales. En el 2020, México tenía 8.5 veces menos jueces -por 100 mil- que la media global (2.1 vs 17.8).
Ni aumentar penalidades, ni la centralización, ni militarización de la GN, ni la PPO, son soluciones.
Se impone el sentido común: invertir en policías locales profesionales, investigadores capaces para obtener carpetas, sólidas y jueces protegidos, es mejor que inventar peligrosas quimeras.