Inai y SCJN: por nuestro derecho a saber

18/08/2023 04:01
    Todo indica que la próxima semana la SCJN otorgará al Inai la suspensión del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y con ello puedan sesionar para resolver los más de 8 mil recursos pendientes. Lo siguiente será apremiar al Senado para que designe a los comisionados faltantes

    El próximo miércoles 23 de agosto, la Segunda Sala 1 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendrá en su agenda el recurso de reclamación 229/2023-CA interpuesto por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai). Este recurso solicita la suspensión del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual establece un quórum mínimo de cinco personas comisionadas para que su órgano de gobierno pueda llevar a cabo sus sesiones y ejercer plenamente sus facultades para proteger los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales que tenemos todas las personas.

    Dentro de estas atribuciones se destaca la revisión de miles de recursos de revisión presentados por la sociedad debido a las negativas de información cada vez más recurrentes por parte de las autoridades, es decir, cuando las personas consideran no satisfecho su derecho a saber, el Inai le “entra al quite” desempeñando un papel crucial como órgano garante de estos derechos, de ahí la gran relevancia de la próxima discusión que dará la Segunda Sala de la SCJN.

    Al respecto, el Inai informó el miércoles 16 que desde el 1° de abril de este año hasta la fecha hay un acumulado de 8,028 recursos pendientes de resolución. Esto significa que más de 8,000 personas han visto violentado directamente su derecho a saber y protección de datos personales por las negativas sistemáticas del Senado de la República –o de una parte mayoritaria de él– para designar a tres integrantes del Pleno de este Instituto. Es importante tener presente que dos de estas designaciones llevan sin resolverse 504 días y una tercera más registra 139 días de retraso.

    Estas demoras legislativas exceden los límites de lo razonable, lo permisible y lo justificable. Es crucial recordar que el caso de las designaciones pendientes del Inai no es único, el Legislativo tiene en su haber más de 100 procesos atrasados, tanto en órganos constitucionales autónomos a nivel federal 2 como en salas regionales de muchos tribunales. 3 Es decir, no es la mera falta de consenso –como se ha argumentado– lo que nos tiene en este escenario, sino una intencionalidad para no lograrlo y con ello debilitar el funcionamiento de estas instituciones. En el caso del Inai, se trata de un órgano clave para la apertura democrática, para sortear la opacidad y secretismo gubernamental y para ampliar el ejercicio de muchos derechos más.

    Por esta razón, la determinación que tome la Segunda Sala de la Corte es crucial. Todo parece indicar que otorgará la suspensión al Inai, como una medida provisional hasta que el Senado por una buena vez cumpla con sus obligaciones constitucionales y con ello, ponerle fin de manera abrupta a la continua vulneración del ejercicio de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales que tenemos todas, todos y todes. En efecto, ya en la sesión del Pleno de la SCJN del 13 de julio, ocho ministras y ministros establecieron con claridad que el Senado sí ha sido omiso y que no tiene excusa alguna para saltarse el mandato constitucional.

    Sin embargo, es igualmente relevante que el Pleno de la SCJN retome a la brevedad –como lo refirió en su sesión del 13 de julio– la discusión del fondo sobre la controversia constitucional (280/2023) introducida por el Inai y los efectos que le emitirá al Senado, es decir, un plazo máximo y urgente para el cumplimiento de sus obligaciones legislativas de designar e incluso otras medidas que permitan darle claridad a la facultad de cierre en estas importantes decisiones. Por ejemplo, sólo el proceso para la presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) establece un plazo de inicio y de conclusión claro, nueve más –de un universo de 19 instituciones– 4 refieren alguna medida al respecto, pero con distintos alcances, las nueve restantes ni siquiera las consideran en su marco legal. Por eso, desde el Observatorio de Designaciones Públicas se ha insistido en la necesidad de contar con una política pública en la materia, que garantice nuevas prácticas, unas más democráticas y apegadas a altos estándares de transparencia, participación ciudadana, rendición de cuentas e idoneidad. No sólo nos lo merecemos, sino que es nuestro derecho.

    ¡Estemos atentas a las próximas discusiones que se darán en la SCJN sobre nuestro derecho a la información y exijamos decisiones que impulsen el beneficio de la sociedad y no sólo del gobierno o de unas/unos cuantos! ¡Por nuestro derecho a saber!

    La autora Marcia Itzel Checa Gutiérrez es coordinadora general del Observatorio de Designaciones Públicas (@designaciones), proyecto impulsado por Article 19 México y Centroamérica y Fundar, Centro de Análisis e Investigación, que tiene el objetivo de promover estándares de transparencia, participación ciudadana y rendición de cuentas en los procesos de designación de altas responsabilidades públicas y, generar una deliberación pública sobre la idoneidad de los perfiles para contribuir al fortalecimiento de las instituciones de México.

    1 Es la Sala encargada de sesionar los asuntos en materia administrativa y laboral; integrada por las y los ministros: Alberto Pérez Dayán (quien preside), Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales.

    2 Desde el Observatorio de Designaciones Públicas se ha dado cuenta de estos retrasos. En este enlace puede consultarse el último conteo en días de una parte de las vacantes registradas, en función de su universo priorizado.

    3 Por ejemplo, el caso de las magistraturas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa llama la atención, pues son 71 vacantes, 20 de ellas en litigio.

    4 El universo prioritario se integra por: Banco de México, Instituto Nacional Electoral, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Instituto Federal de Telecomunicaciones,Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Comisión Federal de Competencia Económica, Comisión Nacional de Hidrocarburos, Comisión Reguladora de Energía, Fiscalía General de la República, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Tribunal Superior Agrario, Auditoría Superior de la Federación, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Comité de Participación Ciudadana y Comisión de Selección del Sistema Nacional Anticorrupción.