Cuando la justicia es insuficiente: el desafío de sancionar el acoso en las instituciones públicas

16/11/2024 04:01
    El Inegi señala que el 79 por ciento de las agresiones y acosos que viven las mujeres ocurren en las instalaciones del trabajo y que los principales agresores de las víctimas han sido sus compañeros de trabajo, seguido de sus jefes.

    Nadia trabajaba en la Cámara de Diputados. El 7 de febrero de 2020 se sentía mal y a mediodía decidió acudir a los servicios médicos para que la revisaran. Al entrar al consultorio, el médico en turno le preguntó su nombre y el motivo de la consulta, ella le explicó que tenía un dolor en la parte abdominal y él le pidió que se acostara en la camilla para revisarla. El médico desabrochó el pantalón de Nadia sin su consentimiento y comenzó a acariciarle el abdomen mientras indagaba sobre su última fecha de menstruación y si podía estar embarazada. Ella respondió que no tenía vida sexual activa a lo que él empezó a hacerle preguntas y comentarios sexuales, como “¿por qué no tienes vida sexual activa?”, “si yo fuera tu novio no te dejaría ni un solo día en paz”, “estás muy bonita para no tener novio”, “tienes unas manos muy suaves, hubieras sido una buena enfermera”, “si tú quisieras yo podría darte clases del cuerpo humano por fuera porque soy maestro de medicina”, al tiempo que la acariciaba también en el brazo. Posteriormente, él quiso darle un medicamento negándose a mostrarle qué era, por lo que Nadia salió rápidamente del consultorio. 1

    Las conductas que enfrentó Nadia, además de constituir violencia sexual muestran que la violencia hacia las mujeres en todas sus formas aún prevalece, incluso dentro de las instituciones públicas. Nadia tuvo la valentía de denunciar al médico con su superior jerárquico dentro de la Cámara de Diputados, quien le ofreció una disculpa y la promesa de que no volvería a ocurrir. Esto, a pesar de que una mujer había vivido una experiencia previa similar con el mismo médico. El superior también le pidió “llevarle una carta con su testimonio para ver qué podía hacer”, pero no sucedió nada.

    Animada por sus amigas, Nadia denunció en la Unidad para la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados y también ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Esta última concluyó que ella había sufrido afectaciones psicológicas y emocionales.

    Por su parte, la Cámara de Diputados después de investigar determinó una probable responsabilidad por parte del médico y envió el caso de Nadia al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Éste sanciona a servidores y servidoras públicas o particulares que incurren en conductas indebidas -llamadas faltas administrativas graves-, prohibidas por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

    El caso de Nadia generó un precedente importante para que el Tribunal se pronunciara sobre conductas o faltas administrativas que tienen una incidencia grave en las instituciones públicas, constituyen violencia de género y afectan desproporcionadamente a las mujeres. De hecho, el Inegi señala que el 79 por ciento de las agresiones y acosos que viven las mujeres ocurren en las instalaciones del trabajo y que los principales agresores de las víctimas han sido sus compañeros de trabajo, seguido de sus jefes.

    Como parte de su defensa el médico negó lo sucedido y sostuvo que él no era un agresor sexual serial ni compulsivo y, revictimizando a Nadia, señaló que ella “contaba con rasgos y tendencias a la mentira, al ocultamiento, a distorsionar la realidad y tendencia a ser manipulada”.

    El Tribunal desechó las pruebas del médico al reconocer que revictimizaban a Nadia y realizó un análisis con base en la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención De Belem Do Para” -y otras leyes- en el que privilegió su testimonio y determinó que la conducta del médico constituía abuso de funciones y que se extralimitó en el ejercicio de éstas, perjudicando a Nadia. Por ello, le impuso la sanción máxima que consistió en la inhabilitación del servicio público por 1 año.

    La decisión del Tribunal y la interpretación que realizó demuestra que las instituciones anticorrupción pueden analizar las investigaciones con enfoque de género para avanzar hacia la sanción y erradicación de la violencia de género dentro de las instituciones públicas. Pero aún puede hacerse más, pues aún no hay una falta administrativa que sancione el acoso y hostigamiento sexual a pesar de que el 8 de marzo de 2023, la Cámara de Diputados aprobó considerar como falta administrativa grave el hostigamiento y el acoso sexual y turnó el dictamen a la Cámara Alta. Sin embargo, nunca se votó y su aprobación sigue siendo un asunto pendiente.

    La experiencia de Nadia revela cómo la violencia sexual y el abuso de poder persisten en instituciones públicas, todos los días. En el marco del 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, es importante seguir reflexionando sobre qué rol y acciones pueden implementar las instituciones anticorrupción y los diversos poderes para prevenirla y atenderla. Pero, sobre todo, es importante reconocer la valentía de personas como Nadia que, a pesar del miedo y la revictimización, hacen valer las leyes y sus derechos.

    * La autora Anaid García Tobón (@laanaidtobon) es investigadora en el programa de Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción de @FundarMexico.

    1 Información retomada del expediente 767/21-RA1-01-8 del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.