SCJN rechaza recurso contra absolución a Rosario Robles por caso ‘Estafa Maestra’

Carlos Álvarez
30 octubre 2024

La Primera Sala de la Corte desechó el recurso de revisión que la Auditoría Superior de la Federación había promovido la absolución

Por unanimidad, la Prima Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el asunto 4419/2024, correspondiente a un recurso de revisión promovido por la Auditoría Superior de la Federación en contra de la resolución del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México, el cual absolvió a María del Rosario Robles Berlanga, ex secretaria de Desarrollo Social y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano durante el Gobierno de Enrique Peña Nieto, por su presunta responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, en el supuesto daño la hacienda pública, estimado en 5 mil 073 millones 358 mil 846 pesos, en el caso de la llamada “Estafa Maestra”.

La Corte dio entrada, el 6 de agosto al recurso de revisión promovido por la ASF, en contra de la resolución del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México, el cual absolvió a Robles Berlanga por su presunta responsabilidad en el caso de la llamada “Estafa Maestra”.

La revisión solicitada por la ASF, cuyo titular es David Colmenares Páramo, se turnó al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien debería estudiar el caso y determinar si la absolución de Robles Berlanga fue constitucional o no.

“Si se considera necesaria la intervención del Pleno de este Alto Tribunal, con fundamento en el numeral 87 del referido Reglamento, previo dictamen o acuerdo que se emita, recibido el asunto en la subsecretaría general de acuerdos, con la certificación del titular de ésta, radíquese en Pleno y remítase al ministro designado ponente para los efectos legales correspondientes”, apuntó la SCJN, en ese entonces, en una notificación.

La ex funcionaria federal informó, el 25 de abril, que el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México, ratificó su absolución y negó que la ASF tuviera razón en el amparo que promovió dicho órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados.