SCJN avala, de forma definitiva, la Ley de la Industria Eléctrica
MÉXICO._ El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó ayer el acta de la sesión en la que los ministros decidieron mantener la constitucionalidad de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), impulsada por la administración de Andrés Manuel López Obrador.
El 12 de abril del 2022, Emilio Álvarez Icaza, integrante del grupo parlamentario denominado plural, en el Senado, solicitó aclarar la votación como representante de 43 legisladores que promovieron una acción de inconstitucionalidad en contra de la LIE, alegando que en la discusión de algunos artículos impugnados se alcanzaron los 8 votos y, sin embargo, sólo se contaron 7 sufragios.
Uno es el artículo 4, fracción VI, que establece un modelo de costos unitarios en vez de costos marginales, y da prioridad a contratos con compromiso de entrega física, que solo la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene capacidad de concretar, por encima de contratos de energías limpias.
El otro es el artículo 26 de la Ley de la Industria Eléctrica, que ordena priorizar despacho de energía generada por central de la empresa paraestatal, o compañías privadas que solo producen para la Comisión Federal de Electricidad.
Según un acuerdo publicado en listas, la SCJN determinó el 18 de abril del 2022, no darle trámite al recurso de los senadores, porque el escrito presentado no cuenta con la firma de los promoventes, requisito para hacer patente la voluntad del suscriptor.
”Obviamente que el acta ya no será variada, ya fue votada de manera unánime y si hay aclaraciones qué hacer, se harán por las señoras y señores ministros en un voto”, dijo el presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, al inicio de la sesión del Pleno.
SCJN tumba impugnación de Colima, la última contra Ley de la Industria Eléctrica
Por otra parte, por 7 votos contra 4, el Pleno de la SCJN desechó, el 19 de abril del 2022, la controversia constitucional que presentó el Gobierno de Colima contra la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica, al estimar que carece de interés legítimo para impugnarla.
El Pleno de la SCJN debatió el tercer litigio entablado contra dicha norma, en la controversia constitucional presentada por el Gobierno de Colima, quien alegó que los privilegios que la reforma otorga a la CFE impiden que la entidad implemente políticas de participación en las centrales que utilicen energías limpias.
Además, en su controversial constitucional, el Gobierno colimense cuestionó que el nuevo orden de despacho interfiere en las facultades de la Administración estatal para fomentar el desarrollo de una industria eléctrica sustentable.
Los ministros del Pleno coincidieron en que la autoridad estatal no acreditó la afectación que pudiera ocasionarle el decreto de modificación a la norma impugnada, tal y como lo resolvió, el 18 de abril del 2022, en la controversia constitucional de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE).
La ministra ponente Loretta Ortiz Ahlf, propuso sobreseer la controversia, porque la norma impugnada no versa sobre sobre atribuciones en materia de medio ambiente, sino en materia energética y eléctrica, cuya regulación corresponde exclusivamente a la Federación.
”Por lo anterior se considera que la promulgación del decreto impugnado no genera una invasión de atribuciones al Estado de Colima, ya que corresponde al Congreso de la Unión la facultad expresa en toda la República sobre energía eléctrica y comercio, así como para expedir todas las disposiciones que sean necesarias con objeto de hacer efectivas esas facultades”, dijo.
El Gobierno colimense presentó desistimiento de su controversia. Sin embargo, la ministra Ortiz Ahlf resolvió que era improcedente, bajo el argumento de que el retiro de este recurso sólo era válido cuando se impugnan actos y no las normas generales.
Este fue el tercer y último recurso que resolvió la SCJN promovidos contra la LIE, entre ellos una acción de inconstitucionalidad y dos controversias constitucionales, presentadas por senadores de la República y la COFECE.
El 7 de abril del 2022, siete de los once ministros afirmaron que la reforma eléctrica violaba el régimen de libre competencia en generación y comercialización de energía, así como de transición hacia energías limpias, previsto en la Constitución desde 2013.
Pero esa votación no alcanzó los 8 votos necesarios para anular los aspectos centrales de la LEI.
El 18 de abril del 2002, por seis votos contra cinco, al estimar que no tiene el interés legítimo para impugnarla, la SCJN también desechó la controversia constitucional que presentó la COFECE contra la LIE.