SCJN admite consulta para analizar constitucionalidad de reforma judicial; sería golpe de Estado: Batres

Carlos Álvarez
03 octubre 2024

Lo que resolverá la Corte ahora será hasta dónde puede actuar contra las impugnaciones a la reforma y si el marco legal se los permite

Con ocho votos a favor y tres en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió la consulta para someter a revisión la reforma al Poder Judicial de la Federación, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre por el ex Presidente Andrés Manuel López Obrador.

El Pleno acordó abrir una controversia de las previstas en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del PJF, que el máximo tribunal constitucional pudiera avalar, o no, la constitucionalidad de dicha reforma, luego de que jueces y magistrados impugnaran la aprobación de la misma, al acusar que atentaba contra la independencia judicial.

“Para este Pleno no queda duda que la fracción XVII del artículo 11 es la vía idónea para procesar una petición como la que motivó la presente consulta, es decir, una en la cual impartidores de justicia solicitan a esta Corte verificar si la reforma al texto Constitucional publicada el 15 de septiembre de 2024, es compatible o no con garantías judiciales y principios, entre ellos, la división de Poderes, la independencia judicial, así como aquellos inherentes al Estado Constitucional de Derecho”, indicó la sentencia aprobada.

“Sin que lo anterior prejuzgue sobre el alcance que puede llegar a tener la resolución que se dicte en la controversia, es decir, sobre lo fundado o no de los argumentos y reclamos expuestos por los promoventes de la solicitud, ni tampoco sobre el alcance de las atribuciones que esta Corte puede llegar a tener al momento de someter a control Constitucional la reforma aludida [revisión de vicios formales o también materiales de la reforma impugnada]”, agregó la SCJN.

Los ministros que votaron a favor de abrir la controversia para aclarar si el máximo tribunal constitucional pudiera revisar la reforma: Norma Lucía Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara Carrancá; Alberto Gelacio Pérez Dayán; Luis María Aguilar Morales; Javier Láynez Potisek; Margarita Ríos Farjat; Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Mientras que los ministros que sufragaron por abrir la controversia, solo para aclarar si procedía el juicio de amparo contra la reforma, fueron: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Por desechar la consulta: Lenia Batres Guadarrama; Yasmín Esquivel Mossa; y, Loretta Ortiz Ahlf.

Con dicha decisión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podría, o no, determinar si la reforma al Poder Judicial se avalaría o se derogaría. La fecha en que se llevará a cabo la discusión estaba por confirmarse.

Además, la Presidenta de la SCJN, tendría la facultad de determinar si concedería, o no, una suspensión para que se detuviera la implementación de las modificaciones constitucionales al PJF, mientras se resolvería el asunto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En la misma sesión, la Ministra Lenia Batres Guadarrama advirtió que si se aceptara a consulta para someter a revisión la reforma al Poder Judicial de la Federación, se estaría dando un golpe de Estado.

“Asumir la interpretación, implicaría abrir la puerta para que la SCJN revise cualquier reforma a la Constitución, pues no existirá parámetro constitucional ni legal que limite a una SCJN que intenta subordinar a los otros Poderes de la Unión y que, incluso, plantea sujetar a su voluntad al poder reformador”, señaló.

“La SCJN actúa de manera tiránica, despótica y autoritaria al tratar como inferiores jerárquicos a tales poderes, incluso al poder reformador, que tiene representación directa del pueblo soberano y en el que está representada toda la población, pues participan todos los legisladores del País”, consideró Batres Guadarrama, quien también dijo que al buscar la manera de atender la petición, buscaba satisfacer a toda costa la pretensión de los jueces y magistrados solicitantes.

“Además, menoscaba la autoridad y honorabilidad de esta SCJN, pues los ministros estamos impedidos para emitir una resolución en un asunto en el que somos los primeros interesados, pues es una decisión que directamente nos involucra”, advirtió.

Batres Guadarrama alertó que al admitir a discusión el tema, la SCJN sería “juez y parte” porque su actuación no sería independiente, ni imparcial. “En todo caso, los ministros de esta Corte tendrían que declararse impedidos y solicitar al constituyente permanente que dirima el conflicto”, planteó.

“En conclusión, la alta responsabilidad que confiere la Constitución a la Suprema Corte para ejercer de manera exclusiva el control jurisdiccional de la constitucionalidad de actos y normas generales está vinculada al ejercicio estricto de las atribuciones que la propia Constitución le asigna, de tal manera que, si la Suprema Corte se arroga atribuciones que no tiene, viola el principio de supremacía constitucional, así como la división de poderes y el Estado Constitucional de Derecho”, agregó.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación estaría dando un auténtico, y lo digo con todas sus letras, golpe de Estado, al pretender someter a control constitucional el trabajo del poder reformador, que ha participado en el proceso de reforma constitucional en materia del Poder Judicial”, manifestó Batres Guadarrama.

Sin embargo, González Alcántara Carrancá, autor del proyecto, recordó que militantes de Morena, como Ricardo Monreal Ávila, Adán Augusto López Hernández y Ernestina Godoy Ramos, intentaron, en 2014, obtener un amparo, pidiendo revisar un proceso de reforma constitucional.

“Nadie en ese momento los acusó de golpistas”, dijo González Alcántara Carrancá, quien también hizo un llamado al diálogo respetuoso, así como a evitar ataques y calificativos. En tanto que Aguilar Morales advirtió que, en este asunto, estaba en juego el acceso de los mexicanos a una justicia imparcial.

“Toca al Pleno de la Corte definir cuál es la pauta interpretativa que debe prevalecer para respetar la autónoma e independencia judicial”, afirmó Aguilar Morales, a la Corte como una institución creada por mandato democrático.

“Con independencia de lo que se resuelva una vez admitida y encausada la consulta, este momento histórico nos brinda la posibilidad de que el derecho Constitucional mexicano se enriquezca con mayores y más amplios debates. Si antes no se habían presentado estas consultas o estos debates es porque antes no se había llevado una reforma como la que se llevó a cabo en este País el mes pasado”, dijo Ríos Farjat.

Asimismo, Piña Hernández sostuvo que el artículo 11 sí generaba una facultad amplia y general del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para intervenir en cualquier controversia, respecto a la autonomía e independencia judicial.

Mientras que Laynez Potisek y Pérez Dayán se limitaron a decir que no era el momento para emitir juicios de fondo, sino únicamente para resolver la consulta que planteó Piña Hernández, respecto a trámite que debía darse a la consulta que formularon los jueces y magistrados.

“Pudiéramos encontrar disposiciones constitucionales que formalmente pudieran parecer contradictorias entre si, es precisamente a esta Corte a quien corresponde hacer prevalecer el orden lógico de las mismas”, abundó Pérez Dayán.

Pardo Rebolledo aclaró que este no era el día para debatir si la SCJN pudiera o no meterse con la reforma, ya fuera con su contenido o con el proceso para aprobarla. “De entrada no advierto una causa notoria e indudable que conlleve al desechamiento de la petición de los jueces”, enfatizó.

En tanto que Esquivel Mossa recordó que la propia SCJN había establecido, en jurisprudencia, que las reformas a la Constitución no se podían impugnar mediante amparo, y que los actos del poder reformador, no podían ser sujetos a control jurisdiccional.

La Ministra agregó que el proceso electoral judicial de junio de 2025 ya inició, y que la SCJN no podría dejar en incertidumbre a la sociedad para que el Poder Judicial de la Federación pudiera “mantenerse en su zona de confort”.

Ortiz Ahlf enfatizó que había países cuyas cortes supremas sí pudieran controlar las reformas constitucionales, pero que eso no existía en México, por lo que llamó a sus colegas al respeto y la prudencia.

“Evitemos politizar la justicia mediante una intromisión en la toma de decisiones de quien tiene la amplia facultad normativa”, agregó en referencia a la legitimidad democrática de los órganos que aprobaron la reforma.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos convocó al Gobierno de México y a los representantes de los juzgadores federales a una audiencia que celebraría el 12 de noviembre de 2024, para revisar la reforma al PJF mexicano.

Tania Reneaum Panszi, secretaria ejecutiva de la CIDH, notificó, por escrito, que dicha audiencia sería presencial y que, en el caso particular de los impartidores de justicia, deberían enviar, por escrito, un resumen de la exposición que harían en dicha diligencia.

La noche del 2 de octubre, el Consejo de la Judicatura Federal se comprometió a votar “mañana o a más tardar el viernes”, en sesión extraordinaria, la solicitud de ampliación del plazo para que los trabajadores del PJF concluyeran su paro de actividades, que llevaba, hasta ese momento, 44 días.

Después de que el 20 de septiembre, el CJF emitió una circular informando que el 2 de octubre del mismo año, se revisaría si ya existieran condiciones para que los trabajadores regresaran a laborar, se dio a conocer que por “cuestiones administrativas” en la sesión ordinaria del Pleno, no se trató el tema del reinicio de actividades.

La Ministra Piña Hernández, así como los consejeros Lilia Mónica López Benítez y José Alfonso Montalvo Martínez, se presentaron en las escalinatas del edificio sede del CJF, para anunciar que se emitiera una convocatoria extraordinaria para una sesión de Pleno y tratar únicamente la exigencia de los trabajadores, jueces y magistrados, de que se les permitiera continuar con la suspensión de labores.

Antes de ello, circuló entre los inconformes, información en el sentido de que el CJF aprobará un acuerdo que extendiera el paro hasta el 15 de octubre de 2024. La ministra Piña Hernández salió hasta las escalinatas y fue testigo del mensaje de que se convocaría a sesión extraordinaria.

Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, afirmó que ninguna suspensión judicial impediría que la Cámara de Senadores emitiera en los próximos días la convocatoria para la elección de jueces, magistrados y ministros, como lo estableció la reforma judicial.

Durante una conferencia de prensa, luego de que Grissell Rodríguez Febles, Juzgadora del Quinto de Distrito con sede en Yucatán, otorgó una nueva suspensión para que el Senado no emitiera la convocatoria y el Instituto Nacional Electoral no iniciara el proceso electivo, Fernández Noroña fue cuestionado respecto a cuántas suspensiones había recibido la Cámara Alta del Congreso de la Unión y si su Presidencia de la Mesa Directiva las acataría.

“No tengo ni idea, eso lo maneja el área jurídica y no tiene ninguna relevancia, no es ningún asunto serio, todos los jueces que han estado emitiendo esas sentencias no tienen ni mínimo conocimiento del proceso legislativo, no tiene ni mínimo conocimiento del proceso electoral, no tiene mínimo conocimiento del marco constitucional, qué fuerte que en manos de gente de esa naturaleza esté la impartición de justicia. De ese nivel de ridículo están las sentencias que están emitiendo, deben ser serios”, afirmó Fernández Noroña.

“Yo te estoy respondiendo, ¿que no entendiste lo que dije?, porque estoy diciendo muy claramente que no hay recurso para detener una reforma constitucional, y no hay recurso para detener el proceso electoral, no existe”, respondió después de que fue cuestionado respecto a si el Senado no acataría dichas suspensiones.

Asimismo, Fernández Noroña dijo que desde el 18 de septiembre pidió a la Ministra Piña Hernández, en su calidad de Presidenta del Consejo de la Judicatura Federal, que entregara información respecto al número de juzgadores que decidieron participar o no en el proceso electoral.

Indicó que dicha información era necesaria para la emisión de la convocatoria, y acusó que la magistrada no la había proporcionado.

“El Poder Judicial se niega a entregar la información que tiene que entregar [...] me parece que es parte de la resistencia que el Poder Judicial tiene a la reforma constitucional”, planteó Fernández Noroña, quien también afirmó que en el Poder Judicial de la Federación se actuaba como un enfermo en fase terminal.

“Reticencia, ya lo dije, pues no insubordinación, digamos que les pasa como a los enfermos terminales, que no quieren darse cuenta que por más que tienen el diagnóstico, que tienen los exámenes, que tienen todo, sí la negación que hay frente a las situaciones muy fuertes; ya el médico les dijo que se lo chupó la bruja, y se enojan con el médico, porque piensan que no es así”, comparó el senador.

Felipe de la Mata Pizaña, magistrado del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación, sería quien resolviera la queja del Consejo de la Judicatura Federal, con la que buscaba frenar el proceso para elegir a ministros, magistrados y jueces.

El martes, el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y de la carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, presentó ante la Sala Superior del TEPJF, un recurso de apelación para revocar todos los acuerdos que ha emitido el INE, para organizar dicha elección.

La impugnación buscaría que se ordenara a los consejeros abstenerse de realizar acciones relacionadas con el inicio, desarrollo y organización del proceso electoral, hasta en tanto no se resolviera el fondo de los juicios correspondientes o se levantaran las suspensiones emitidas.