Presidencia pide a SCJN revocar suspensión del ‘plan B’
Señala que el artículo 105 de la Constitución prohíbe tramitar este tipo de controversias constitucionales en contra de leyes electorales
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) pidió este lunes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), revocar suspensión del ‘Plan B’ electoral, ya que el artículo 105 de la Constitución prohíbe tramitar este tipo de controversias constitucionales en contra de leyes electorales.
“Debió negarse la suspensión solicitada por el INE porque su otorgamiento contraviene el artículo 14, segundo párrafo, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución, que a la letra dice: ‘La suspensión no podrá otorgarse en aquellos casos en que la controversia se hubiere planteado respecto de normas generales’”, señaló la CJEF.
La Presidencia de la República insistió en que nunca se había registrado la suspensión de la vigencia de cuatro leyes, por la decisión unilateral de un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que, desde su punto de vista, violaba la división de poderes.
“Por este y otros razonamientos lógico-jurídicos, la consejería promovió ante la SCJN los recursos de reclamación para revertir estos fallos inauditos. El Poder Judicial también tiene límites en su actuar, los cuales están enunciados expresamente en la Constitución y en las leyes que emite el Poder Legislativo”, afirmó el CJEF, en un comunicado.
“Se espera que el máximo tribunal constitucional revoque, tanto la admisión, como la suspensión de las leyes electorales aprobadas por el Congreso de la Unión, y así preservar los equilibrios entre los Poderes de la Unión”, indicó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
Para la CJEF, al conceder la suspensión del “Plan B”, el ministro Laynez Potisek consideró que las leyes electorales cuestionadas “podrían” causar afectaciones a los derechos humanos, a pesar de que no existe un proceso electoral en marcha, ya que, en los comicios de los estados de México y Coahuila, no aplicarán estas normas.
“No existen elementos objetivos que permitan presumir que la modificación administrativa al INE amenazaba la funcionalidad de nuestro régimen democrático [...] ¿Es razonable y congruente que los jueces constitucionales se separen de las prohibiciones expresas que establece la Constitución y las leyes que expide el Congreso de la Unión, así como de sus propios precedentes vigentes y obligatorios? La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal concluye que no”, señaló la Presidencia de la República.
La CJEF recordó que, al resolver el diverso recurso de reclamación 123/2022-CA, la Segunda Sala de la SCJN negó, en 2022, al Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), la suspensión de la ley electoral que modificaba su organización administrativa, por tratarse de una norma general que “no puede ser materia de suspensión en una controversia constitucional”.
“Respecto de los derechos laborales de los trabajadores del IECM, la resolución de la Segunda Sala determinó que el decreto legislativo que modifica el ordenamiento electoral local no constituye un acto de imposible reparación. Estos están a salvo”, dijo la Presidencia de la República.
“En relación con la supuesta violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía, resolvió que se trata de una cuestión indirecta que no se relaciona con el problema competencial que se dirime en una controversia constitucional. Este criterio se aprobó por el voto unánime de cinco ministros, lo que hace obligatoria su observancia, incluido el ministro Javier Laynez Potisek”, finalizó la CJEF.
SENADO IMPUGNA ANTE LA SCJN, LA SUSPENSIÓN AL ‘PLAN B’ ELECTORAL
El 31 de marzo de 2023, la Mesa Directiva del Senado de la República presentó dos recursos de reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), uno contra la suspensión y otro contra la admisión de la controversia constitucional que promovió el INE contra el llamado ‘plan B’, admitida por el ministro Laynez Potisek.
La impugnación contra la suspensión fue turnada a Juan Luis González Alcántara, mientras que el recurso contra la admisión fue radicado en la ponencia de Yasmín Esquivel Mossa.
El Senado reclama que es improcedente la suspensión por tiempo indefinido que el 24 de marzo dictó el Ministro Laynez Potisek contra el decreto publicado los primeros minutos del 2 de marzo de 2023, por el titular del Poder Ejecutivo Federal, en el DOF, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LEGIPE, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.