Ministro de la SCJN propone invalidar la prisión preventiva oficiosa
En el documento de 191 cuartillas, el ministro señala que la prisión preventiva oficiosa es desproporcionada y atenta contra los principios constitucionales
El ministro Luis María Aguilar Morales propondrá el 5 de septiembre del 2022 al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declarar inconvencional la prisión preventiva oficiosa, invalidando el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y el artículo 19, párrafo segundo, última parte, de la Constitución, lo que necesitaría ser aprobado con mayoría calificada de ocho votos.
Los delitos de prisión preventiva forzosa previstos en la Carta Magna mexicana son: quince conductas relacionadas con robo de hidrocarburos; cinco modalidades de posesión, portación o acopio de armas prohibidas; siete acciones en materia de desaparición forzada; cuatro delitos electorales relacionados con uso de recursos y programas públicos; y, cinco modalidades de delitos contra la salud.
Además de: delincuencia organizada (régimen legal que incluye 26 delitos distintos); delitos cometidos por medios violentos; secuestro; trata de personas; homicidio doloso; feminicidio; robo a casa habitación; abuso sexual a menores; ejercicio abusivo de funciones de servidores públicos; robo a transporte de carga; enriquecimiento ilícito; fraude fiscal por más de 8.7 millones de pesos; contrabando por más de 8.7 millones de pesos; y, factureo.
En el documento de 191 cuartillas, el ministro señala que la prisión preventiva oficiosa es desproporcionada y atenta contra los principios constitucionales. Según Aguilar Morales, el estudio del tema deriva de acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Asimismo, el ministro menciona que los efectos nocivos de la reclusión se traducen en penas anticipadas, desproporcionadas y arbitrarias, mismos que vulneran los derechos fundamentales de libertad personal, presunción de inocencia, y generan una gran variedad de afectaciones en detrimento de las personas.
“Configurar a la prisión preventiva como la regla para la consecución del proceso penal le adjudica al proceso penal mexicano un carácter autoritario y arbitrario que atenta contra la propia funcionalidad del sistema”, explica el proyecto de Aguilar Morales, quien sostiene que no se trata de una medida cautelar, sino de una pena anticipada.
“No considera la posibilidad del dictado de una sentencia absolutoria, no mira el resto de opciones disponibles para cumplir con los fines de la medida cautelar y, no considera los efectos nocivos que tiene la aplicación inmediata de la privación de la libertad”, añade el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“Es una visión parcial, incapaz de mirar al sistema penal de forma integral, anclada a una inercia sobre la operación y funcionamiento de los órganos de procuración e impartición de justicia, que ha quedado superada por la reforma Constitucional en materia de derechos humanos y la transformación del sistema de justicia penal”, agrega Aguilar Morales.
“A la luz de estos elementos, a juicio de este Tribunal Pleno este asunto constituye la oportunidad idónea para reflexionar sobre el régimen de prisión preventiva en nuestro país y desterrar en definitiva su aplicación automática partiendo de que esa configuración únicamente tiene efectos perjudiciales tanto para las personas en quienes se aplica, como para el propio sistema de justicia penal en general”, detalla el proyecto del ministro.
Aguilar Morales también hace mención que, hasta junio del presente año, en el país había 226 mil 916 personas en prisión, de las cuales 92 mil 595, aún no reciben sentencia. Asimismo, el ministro enfatiza que la propia función jurisdiccional a cargo de los jueces de control, se ve trastocada con la vigencia de dicha figura.
“La cifra de personas en prisión preventiva es alarmante, y esta situación se agrava en los casos de grupos vulnerables, pues la prisión preventiva es una doble o, incluso, triple condena: se sanciona con una pena anticipada de prisión y, además, es una condena de estigmatización familiar y social que hace mucho daño a las personas”, afirma el proyecto.
“Al tenor de lo narrado, no cabe duda de que la existencia de la prisión preventiva oficiosa únicamente tiene efectos nocivos para la persona en quien se aplica, pero también consecuencias perjudiciales en relación con el sistema mismo, todo lo cual implica un atentado contra la vigencia del régimen de derechos humanos en el marco del proceso penal”, enfatiza Aguilar Morales.
“Más grave aún, la prisión preventiva golpea en forma más dura a las personas en situación de pobreza extrema que no pueden acceder a una defensa adecuada y, por estar privadas de la libertad, condenan a la precariedad y a permanecer en pobreza a sus familias”, dice el ministro, quien en otro punto asevera que la amenaza de prisión forzosa es un incentivo para que los acusados se fuguen, no comparezcan al proceso y, de ser encarcelados, no tengan recursos para reparar el daño a las víctimas.
El ministro de la SCJN puntualiza que esta serie de transgresiones ponen en total evidencia que el sistema mexicano de prisión preventiva oficiosa es contrario a los derechos humanos y, por tanto, la consecuencia natural e inmediata debería ser la invalidez de las normas que la establecen.
“No hay ningún argumento a favor de la existencia de esta figura, que no se encuentre ligado al uso arbitrario del poder punitivo, argumentar en favor de su vigencia sólo puede hacerse a la sombra de los derechos humanos y de forma ajena a la realidad imperante en este país”, insistió Aguilar Morales.
El proyecto del ministro también propone invalidar la reforma de noviembre de 2019, que estableció prisión preventiva forzosa para la emisión de facturas por servicios inexistentes, así como fraude fiscal y contrabando, por montos superiores a 8.7 millones de pesos. Para justificar la gravedad de estos delitos, el Congreso de la Unión los caracterizó como “amenaza a la seguridad nacional” y los incluyó en el régimen de la delincuencia organizada.
AMLO advierte que proyecto de SCJN daría paso a impunidad y corrupción
El Presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que se daría paso a la impunidad y la corrupción, con el proyecto de Luis María Aguilar Morales, quien propondrá al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declarar inconvencional la prisión preventiva oficiosa, invalidando el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), y el artículo 19, párrafo segundo, última parte, de la Constitución.
“Hoy vamos a dar a conocer eso, porque si los ministros votan así, que se sepa cuando menos de qué se trata. No ocultar nada y les pedí al Secretario de Gobernación [Adán Augusto López Hernández] y a la Consejera Jurídica [María Estela Ríos González] que fueran muy claros, porque hay veces que se usan tecnicismos, y se habla de tesis y de jurisprudencia, y del debido proceso, y no se entiende la esencia del asunto. La esencia es que se busca impunidad y corrupción”, dijo el político tabasqueño.