Ministro admite controversia de INE contra primera parte del ‘Plan B’
Alberto Pérez Dayán admite también la primera de cerca de 60 controversias promovidas por municipios de oposición contra las reformas en material electoral
Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió a trámite este miércoles las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Instituto Nacional Electoral, contra el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, como parte de la primera parte del llamado “plan B” en materia electoral.
Además, el ministro también admitió la primera de alrededor de 60 controversias promovidas por municipios de oposición contra dichas reformas, entre ellos el Ayuntamiento de Chihuahua, aunque negó conceder una suspensión.
“El promovente de la controversia sostiene que el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LGCS y de la LGRA, en las porciones normativas que destaca, vulnera las disposiciones 1, 6, 7, 35, 41 y 134 de la Constitución Federal”, explica el acuerdo de admisión de la acción de inconstitucionalidad del INE.
“Además, que producen una violación directa a las funciones que, como órgano autónomo, le confiere el texto Constitucional, esto es, que el decreto combatido obstaculiza la función que realiza con fundamento en los artículos 41 y 134 Constitucionales como garante, entre otros principios, de la equidad en la contienda electoral, en donde la comunicación social y la propaganda gubernamental tienen una importante incidencia”.
En cuanto a la controversia constitucional de la administración municipal de Chihuahua, esta fue admitida porque dicho Ayuntamiento impugnó el nuevo tope de 0.1 por ciento del presupuesto anual para gastos de comunicación social, aplicable a todos los niveles de gobierno.
“Las adiciones de los párrafos tercero y cuarto al artículo 26 de la LGCS, le generan una afectación directa en su autonomía presupuestaria, en tanto que los Poderes Legislativo y Ejecutivo Federales se extralimitan o desbordan las facultades que tienen encomendadas Constitucionalmente”, alegan los municipios.
“Se tiene por presentado al promovente con la personalidad que indica y, con base en lo expresado en la demanda, a la naturaleza de las normas impugnadas, atribuibles respectivamente al Congreso de la Unión y al Poder Ejecutivo Federal, se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que, en su caso, puedan advertirse de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”, resolvió Pérez Dayán.
El ministro dio un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación, para que las cámaras de Diputados y de Senadores, del Congreso de la Unión, así como el titular del Poder Ejecutivo Federal y la Secretaría de Gobernación, presenten su respuesta a las acciones de inconstitucionalidad contra las disposiciones de la LGCS y de la LGRA, las cuales se encuentran suspendidas en Coahuila y Estado de México, por determinación de Pérez Dayán.
A través de la Secretaría Ejecutiva, el INE argumentó que las reformas a la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, producen una violación directa a las funciones que, como órgano constitucional autónomo, le confiere la Constitución, ya que “obstaculizan” la función que realiza como garante, entre otros principios, de la equidad en la contienda electoral, en donde la comunicación social y la propaganda gubernamental tienen una importante incidencia.