Ministras Batres, Yasmín y Loretta se inconforman por comunicado sobre Ley Eléctrica, emitido por SCJN

Carlos Álvarez
01 marzo 2024

Critican que en la nota informativa se hagan interpretaciones jurídicas que no tiene que ver con el trabajo de la Corte

Las ministras Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, se inconformaron por la nota informativa emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que afirmó que la resolución emitida por la Segunda Sala del máximo tribunal -que declaró inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica impulsada por el Gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador-, “impactó de manera decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del T- MEC, contra México por la política del Gobierno en el sector”.

”Expresamos nuestra inconformidad por la emisión de la ‘tarjeta informativa’ que a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se distribuyó el pasado 28 de febrero con el título ‘Alcance de la decisión de la Segunda Sala sobre la Ley de la Industria Eléctrica’, pues en dicho documento se hacen interpretaciones que no corresponden a la verdad”, señalaron, a través de un comunicado, las ministras designadas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y afines al actual Gobierno federal.

”La propia Raquel Buenrostro [Sánchez] explicó, en conferencia de prensa el 27 de febrero pasado, que desde octubre de 2023 se acordó con el Gobierno estadunidense dar por terminadas las diferencias en materia energética y que sólo está pendiente la publicación del memorándum de entendimiento para hacer oficial el retiro de la consulta promovida en el marco del Tratado México, Estados Unidos y Canadá”, insistieron.

Manifestaron que el T-MEC no fue materia de discusión del amparo otorgado y cuestionaron que la nota informativa emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no se puso a consideración de la Segunda Sala del máximo tribunal constitucional, como era costumbre.

”La subordinación de la interpretación constitucional a los intereses extranjeros no debería ser motivo de celebración”, dijeron.

“El pasado 31 de enero del presente año, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo que declaró la inconstitucionalidad del orden de prelación en el despacho de energía eléctrica, regulado en la Ley de la Industria Eléctrica de 2021, por transgredir los principios de competencia y libre concurrencia”, recordó la SCJN.

“[...] pronunciamiento que no sólo significó conceder el amparo a las quejosas, sino que también generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista”, señaló en una breve tarjeta informativa.

“Además, una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del T- MEC, contra México por la política del Gobierno en el sector”, enfatizó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Es decir, la inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el Panel de Energía, formularon esos países en julio de 2022; lo que se traduce en que se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”, indicó la SCJN.