Jueza ordena a AMLO eliminar publicación del decreto de Reforma Judicial en el DOF
La juez federal apuntó que de no concederse la medida cautelar, se le privaría a la promovente de los principios que regían la independencia judicial y la impartición de justicia
Una juez de Veracruz concedió una suspensión definitiva a una trabajadora del Poder Judicial de la Federación contra la publicación de la Reforma Judicial en el Diario Oficial de la Federación.
La impartidora de justicia solicitó al Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, “para que en auxilio de las labores de este órgano de control constitucional, ordene a quien corresponda, notifique los oficios 17879/2024 y 17880/2024, y haga entrega de esta resolución a las autoridades responsables”.
En su fallo resolvió que si se permitía que el orden público e interés social se privilegiara de forma arbitraria sobre los derechos humanos, se violaría el artículo primero constitucional.
“Resulta procedente conceder la suspensión definitiva con efectos restitutorios, para que las autoridades responsables, presidente de los Estados Unidos Mexicanos y director del Diario Oficial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas consecuencias, eliminen la publicación realizada”, señaló la juzgadora.
La juez federal apuntó que de no concederse la medida cautelar, se le privaría a la promovente de los principios que regían la independencia judicial y la impartición de justicia, “como son la imparcialidad, objetividad, profesionalismo, así como la división de poderes por el tiempo que dure el juicio de amparo”.
Agregó que si bien la sociedad estaba interesada en que los procedimientos legislativos no se detuvieran, lo cierto es que también existían un especial interés en que los procesos que se realizaran para reformar la Constitución Política, se apegaran a los estándares en materia de derechos humanos.
La juzgadora destacó que si bien el decretó ya se publicó en el DOF, no bastaba ese hecho para negar la medida cautelar, sino valorar la apariencia del buen derecho y el interés social, con el fin de restablecer a las quejosas en el goce de su derecho, siempre y cuando no existiera impedimento jurídico o material para ello.
Detalló que esta resolución la emitió de “manera independiente y en cumplimiento a la efectiva división de poderes”. Finalmente, dio a conocer que el primer mandatario y el titular del DOF, Alejandro López González, no rindieron sus informes previos, a pesar de que fueron notificados.
“Atendiendo a la urgencia del asunto, dado que se invoca violación a los Derechos Humanos de las quejosas, con apoyo del articulo 298 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación a la Ley de Amparo, gírese atento exhorto al Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, para que en auxilio de las labores de este órgano de control constitucional, ordene a quien corresponda, notifique los oficios 17879/2024 y 17880/2024, y haga entrega de esta resolución a las autoridades responsables”.