INE aprueba lineamientos para consulta de revocación de mandato; prohíbe que partidos recaben firmas
Los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE prohíben que sean los partidos, gobiernos o poderes los que soliciten el citado ejercicio o recauden firmas
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, este viernes 27 de agosto, los lineamientos para la consulta de revocación de mandato, prevista para llevarse a cabo el 27 de marzo de 2022, por lo que solicitará un presupuesto de 3 mil 830 millones de pesas y la instalación de 161 mil 490 casillas.
Según los lineamientos de revocación de mandato aprobados por el INE, se contempla un listado nominal compuesto por 92.4 millones de personas, además de que se prevé contratar a 5 mil 430 supervisores electorales y 32 mil 421 capacitadores asistentes electorales, e insacular a 12 millones de ciudadanos y contar con 484 mil 470 funcionarios de casilla.
Aunado a lo anterior, los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE prohíben que sean los partidos, gobiernos o poderes los que soliciten el citado ejercicio o recauden firmas. Además de que será el Instituto el que defina la pregunta para determinar si el presidente Andrés Manuel López Obrador continúa o no su mandato.
Otros de los criterios de los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE, es que únicamente las y los ciudadanos o alguna organización ciudadana podrán solicitar la revocación de mandato del 1 al 27 de octubre del presente año, así como recolectar firmas del 1 de noviembre al 15 de diciembre próximos.
También señala que queda prohibida la intervención en cualquiera de las etapas de partidos políticos nacionales y locales, agrupaciones políticas nacionales o locales; poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial o ayuntamientos; dependencias, entidades y organizaciones de la administración pública federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, o los organismos de gobierno de la Ciudad de México; los organismos autónomos nacionales y estatales; los partidos, personas físicas o morales extranjeras u organismos internacionales.
Asimismo, los lineamientos establecen que una vez que las organizaciones interesadas logren las firmas necesarias, se lanzará la convocatoria 12 de enero y la votación será 70 días después, es decir, el 27 de marzo de 2022. Del 12 de enero y hasta tres días de la votación, los partidos políticos podrán hacer promoción y difusión de la revocación de mandato.
Ante ello, el INE dará aviso al Presidente de la República cuando se tenga la petición formal de la ciudadanía, se le informará si requiere los requisitos necesarios y cuando se emita la convocatoria correspondiente. Además, el señala que “los partidos no podrán contratar espacios en radio y televisión pero podrán usar los tiempos asignados como prerrogativas, para fijar su posición sobre la revocación de mandato”.
En octubre, la Comisión de Fiscalización del INE emitirá los lineamientos para comprobar los gastos que realicen los partidos y agrupaciones políticas, plazos para presentar estos reportes y límites de financiamiento privado. También indica que los mexicanos en el extranjero podrán votar vía electrónica, para lo que el Instituto deberá emitir lineamientos el 15 de diciembre.
Aunado a lo anterior, el INE aprobará el diseño de papeleta, pregunta, estrategia y criterios de promoción. Mientras que a más tardar el 20 de febrero de 2022 estará definida la ubicación de las casillas. Se mantiene que entre el 1 de noviembre y 15 de diciembre se recopilarán las firmas por los ciudadanos interesados, agrupados o de manera individual, a través de una aplicación móvil autorizada por el Instituto.
Después de revisar las firmas, si se cumple con el 3 por ciento de la Lista Nominal, más de 2 millones 800 mil apoyos, el INE emitirá la convocatoria el 12 de enero del 2021. Los ciudadanos interesados en ser promoventes de la revocación deberán acreditarse ante el Instituto entre el 1 y 26 de octubre del presente año.
Sin embargo, Alejandro Viedma Velázquez, representante del partido Morena, solicitó al INE prorrogar un mes la aprobación de dichos lineamientos, para permitir a la 65 Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobar la respectiva ley reglamentaria para dicho ejercicio.
Aunque reconoció que ha habido una omisión del Congreso de la Unión en la aprobación de dicha normatividad, adelantó que Morena impugnará ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) lo aprobado por el Consejo General del INE.
Por su parte, el consejero electoral Ciro Murayama Rendón llamó a la responsabilidad y la coherencia constitucional, ya que, dijo, la Carta Magna señala “que se permite un ejercicio de revocación de mandato, no de ratificación de mandato”.
Muramaya Rendón argumentó que si el INE y el Congreso de la Unión “no dan todos los elementos legales y de certeza, podemos estar en una representación muy lamentable de aprendices de brujo y puede interrumpirse un mandato constitucional del jefe del Estado mexicano”.
Esta misma semana, la Sala Superior del TEPJF determinó que, dado que no hay una ley secundaria, el INE está en facultad de aprobar lineamientos sobre la revocación de mandato. El Instituto fue notificado de dicha resolución a las 10:43 horas de este viernes 27 de agosto.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación también resolvió que el Congreso de la Unión tiene 30 días, contados a partir del próximo 1 de septiembre, para aprobar la ley secundaria pendiente. Ese mismo día comenzará el periodo ordinario de sesiones de la LXV Legislatura y se prevé que la revocación del mandato sea el primer tema a discutir.
En su turno, Lorenzo Córdova Vianello, consejero presidente del INE, aseguró que el Instituto no busca legislar, ni desconoce los avances de la ley reglamentaria que elabora el Congreso de la Unión, por lo que una vez que la apruebe, se buscará adecuar y hacer compatibles los lineamientos con lo avalado por los legisladores.
El consejero presidente del INE argumentó que los lineamientos tienen tres propósitos: sentar las bases normativas para hacer viable el ejercicio de revocación, mientras que el segundo es fundamentar su petición de recursos por 3 mil 830 mdp para su organización, mientras que el tercero es brindar certeza a la ciudadanía respecto a cuáles serán los procedimientos, los plazos y las competencias de cada actor.
“Las y los consejeros reiteramos nuestra disposición para que, cuando esa ley se expida, se adecuen los lineamientos que hoy estamos conociendo, para que sean compatibles con las leyes aprobadas por el Congreso”, subrayó el consejero presidente del INE.
Aunado a lo anterior, la consejera Diana Paola Ravel Cuevas recordó que, a más tardar mañana sábado 28 de agosto, el INE debe remitir a la a Secretaría de Hacienda y Crédito Pública (SHCP) su proyecto de presupuesto, el cual incluirá el monto contemplado para el ejercicio de revocación de mandato.
Asimismo, la consejera Carla Astrid Humphrey Jordan resaltó que han pasado 436 días desde que se venció el plazo para que el Congreso de la Unión cumpliera su obligación de aprobar la ley reglamentaria para la revocación de mandatario, cuya fecha límite fue el 17 de junio del 2020.