Entra en vigor decreto que prohíbe publicidad de tabaco y fija áreas libres de humo
Es una reforma que se aprobó en el Senado de la República en diciembre pasado
Este viernes entró en vigor el decreto con el que se prohibe en todo el país la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco en medios de comunicación, además de que se establecen como espacios 100 por ciento libres de humo de cigarro los centros de trabajo, escuelas, áreas de acceso público, instalaciones deportivas, entretenimiento y en el transporte.
Ello luego de que se publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco.
Además, se establece que las entidades federativas y los municipios deberán adecuar sus leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, según las competencias que a cada uno corresponda.
”En términos de lo dispuesto por los artículos 26 y 27 del presente decreto, los propietarios, administradores o responsables de los establecimientos o lugares con acceso al público, áreas de trabajo, públicas y privadas, deberán ubicar las zonas exclusivas para fumar en espacios no interiores al aire libre en un plazo no mayor a 60 días posteriores a la publicación del presente Decreto”, dispone lo publicado en el DOF.
Según la Secretaría de Salud, más del 25 por ciento de las muertes por cáncer se asocian con el consumo de dicho producto agrícola procesado a partir de las hojas de ‘Nicotiana tabacum’. Además, los fumadores tienen más probabilidades que los no fumadores de presentar cuadros graves de Covid-19.
Asimismo, las autoridades federales afirman que los fumadores “pasivos”, es decir, quienes están expuestos al humo de tabaco ajeno, también están en riesgo de padecer cáncer de pulmón.
Tan sólo unos pocos cigarrillos al día o fumar ocasionalmente, incrementan hasta el doble, el riesgo de sufrir un accidente cerebrovascular y el cuádruple de sufrir cardiopatías.
Hugo López-Gatell, titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud federal, opinó en Twitter, que dicho “decreto es histórico; rompe la inacción de muchos años del Legislativo y el Ejecutivo. Es la reforma más importante desde que se creó la ley en 2008”.
”Se promulgó la reforma del presidente @lopezobrador_ a la Ley General para el Control del Tabaco, que el Poder Legislativo aprobó por mayoría. Establece espacios 100% libres de humo y emisiones del tabaco y el control estricto de la publicidad, propaganda y patrocinio”, tuiteó este viernes.
El 14 de diciembre de 2021, con 97 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó el proyecto de decreto por el que se prohibe cualquier tipo de publicidad sobre productos de tabaco y define los espacios cien por ciento libres de humo. Después lo remitió al titular del Poder Ejecutivo Federal.
Ese mismo día, durante su conferencia de prensa matutina, el Presidente Andrés Manuel López Obrador pidió a los legisladores que no lo avalaran “al vapor” y no dejaran ningún hueco para el uso de cigarros electrónicos.
”Queremos que sea muy claro, que no se permita que puedan utilizarse instrumentos, artefactos, cigarros electrónicos, nada. Que no quede ninguna puerta abierta y se evite que se introduzcan este tipo de dispositivos, porque está demostrado que son dañinos para la salud”, señaló el mandatario nacional.
Acusó que se habían hecho cambios introduciendo eufemismos para que “se puedan agarrar y llevar a cabo interpretaciones para comercializar estos productos”. Sin embargo, la minuta aprobada por la Cámara alta del Congreso de la Unión no incluyó la prohibición para los cigarros electrónicos, ni para los vapeadores.
Antes, el 19 de octubre del 2021, la mayoría de ministros del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó inconstitucional la prohibición de comercializar cigarros electrónicos o vapeadores, por vulnerar la libertad de comercio y al libre desarrollo de la personalidad.