El ‘Güero’ Palma sale de El Altiplano, pero es reaprehendido y trasladado a CDMX

Carlos Álvarez
04 mayo 2021

El narcotraficante fue reaprehendido en la garita de la prisión federal y trasladado a la Ciudad de México, en medio de un fuerte dispositivo de seguridad, en el que participaron elementos de la Guardia Nacional y de la Agencia de Investigación Criminal

MÉXICO._ El capo sinaloense Luis Héctor Palma Salazar, “El Güero Palma”, salió a las 01:53 horas de este martes del Centro Federal de Readaptación Social 1, El Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México, luego de que el 1 de mayo el titular del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en Jalisco, lo absolvió por el delito de delincuencia organizada, por lo que se ordenó su libertad inmediata y absoluta, en la causa penal 6/2018-IX.

Sin embargo, apenas el fundador del Cártel de Sinaloa llegó a la garita de la prisión federal, fue reaprehendido y trasladado a la Ciudad de México en medio de un fuerte dispositivo de seguridad, en el que participan elementos de la Guardia Nacional y de la Agencia de Investigación Criminal, que pertenecen a la Fiscalía General de la República.

Los agentes federales leyeron al capo sinaloense sus derechos y le mostraron la orden de aprehensión de un juez. A las 02:03 horas, el fundador del Cártel de Sinaloa, fue subido, sin ser esposado, a una unidad blindada, de las llamadas “rinocerontes”, para ser trasladado en un convoy de al menos 30 vehículos, rumbo a las instalaciones de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencias Organizada (SEIDO), en la capital de la República.

FGR LO ARRAIGA: AMLO

El Presidente Andrés Manuel López Obrador informó durante su conferencia de prensa matutina que la FGR encontró una denuncia no aclarada, por lo que arraigó a “El Güero” Palma Salazar, luego de que fue ordenada su liberación del penal federal de máxima seguridad de El Altiplano.

“Por cierto se venció el periodo del juez y, al parecer, la FGR encontró alguna denuncia no aclarada y solicitó al Poder Judicial un tiempo de arraigo, para que se ventile todo este asunto. Da tiempo también para que autoridades de otros países puedan informar si no hay procesos de extradición, y todas las autoridades puedan informar si no hay carpetas de investigación pendientes”, señaló el mandatario nacional.

‘EL GÜERO’ PALMA SE AMPARA

Apenas ayer lunes el Juzgado Noveno de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del Estado de México admitió a trámite una demanda de amparo presentada por “El Güero” Palma en contra de la “privación ilegal de la libertad”, derivada de la omisión de ejecutar la sentencia absolutoria para su liberación.

Dicha demanda de amparo, a la que se le concedió una suspensión provisional, se amplió además en contra de mantener a Palma Salazar incomunicado o bajo tortura física o verbal dentro del Centro Federal de Readaptación Social Número 1, “El Altiplano“, con sede en Almoloya de Juárez, Estado de México.

“Se decreta de plano su suspensión para el efecto de que cesen de inmediato toda incomunicación y tortura física o psicológica; en el entendido que queda a cargo y bajo la responsabilidad de las autoridades, responsables la integridad y salud del agraviado”, se indicó en la resolución.

CASUSA DE LA ABSOLUCIÓN DE ‘EL GÜERO’ PALMA

Según diversos medios nacionales, “El Güero Palma” fue absuelto de delincuencia organizada porque las declaraciones que lo inculpan no fueron recabadas dentro de la averiguación previa del caso, ni ratificadas por los testigos en el proceso penal en su contra.

Por ejemplo, el diario Reforma señaló que, de hecho, se trata de un asunto por el que el narcotraficante fue absuelto el 25 de junio de 2003 por el Tercer Tribunal Unitario Penal de Jalisco, pero la FGR volvió a consignar en 2016, cuando fue deportado por Estados Unidos.

Según la sentencia absolutoria, la Fiscalía sólo recopiló sentencias y declaraciones de testigos protegidos rendidas en otras indagatorias, para acreditar la existencia del Cártel de Sinaloa, pero esos dichos no fueron diligenciados ni en la indagatoria ni en el proceso.

“Son insuficientes para acreditar el resto de los elementos del delito de delincuencia organizada en estudio, pues se trata de la copia certificada de declaraciones recabadas en una averiguación previa diversa a la que dio origen a la presente causa, por lo que no puede valorarse como prueba testimonial, aunado a que no ratificaron sus imputaciones ante sede judicial a fin de ser controvertidos por la defensa, violentando los derechos fundamentales del activo. Se advierte que son manifestaciones genéricas, sin precisar circunstancias de tiempo, modo o lugar de conductas relacionadas con el delito de delincuencia organizada en estudio”, según resolvió Víctor Francisco Chávez Romero, secretario del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales de Jalisco.

La FGR presentó como pruebas sentencias que se remontan a causas penales de 1986 contra Palma Salazar y sus lugartenientes, por delitos cometidos en Baja California, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Jalisco y la Ciudad de México. Aunque la mayor parte de los hechos directamente relacionados al capo sinaloense son de 1989 al 2001.

Entre los hechos, figuran la tortura y ejecución de tres sujetos en Nextipac, Jalisco; la balacera en la discoteca Christine, de Puerto Vallarta, el 8 de noviembre de 1992; y la introducción de droga al Penal de Occidente. No obstante, para la autoridad judicial, este planteamiento legal es insuficiente para acreditar una conducta reiterada y continuada de tres o más personas, características de la delincuencia organizada.

“No se tomó en consideración que los hechos anteriores a su detención fueron materia de enjuiciamiento penal y emisión de una sentencia judicial y, posterior a ello, los datos aportados por el órgano acusador no fueron eficientes y suficientes para acreditar esa vinculación de manera permanente y continua al conglomerado criminal preexistente”, dice el fallo del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales de Jalisco.

“Por ende, las pruebas aportadas por el fiscal de la Federación investigador no lograron acreditar la existencia del elemento constitutivo del delito analizado, pues le correspondía la carga probatoria de acreditar los hechos ilícitos que atribuye al activo del delito”, agregó el Juzgado.

APLICARON ‘SABADAZO’ EN LIBERACIÓN DE ‘EL GÜERO’ PALMA

El Presidente Andrés Manuel López Obrador informó el lunes que el titular del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en Jalisco que ordenó la liberación de el capo sinaloense Jesús Héctor Palma Salazar, alias “El Güero Palma”, otorgó una ampliación de plazo de hasta 48 horas para consultar con las fiscalías y gobiernos extranjeros si existe otro procedimiento en contra del fundador del Cártel de Sinaloa.

“Van a transcurrir estos dos días para que las autoridades municipales, estatales, federales, los poderes del Gobierno de México y agencias internacionales manifiesten si existe algún elemento, denuncia o proceso de extradición en curso. Si no es así, se procederá de acuerdo con la resolución del juez del Poder Judicial”, indicó el mandatario nacional.

“Quiero aprovechar para informar de esta decisión del Poder Judicial con un procedimiento que no es lo más adecuado. No se puede emitir una orden para liberar a un recluso acusado de delincuencia organizada un sábado en la madrugada. Eso coloquialmente se conoce como ‘sabadazo’”, señaló el político tabasqueño.

“Y luego, de manera terminante, ordenar que se le liberara en la noche y, todavía hasta ayer, otra orden para liberarlo a las 4 de la tarde. Es hasta después de ese último requerimiento que se logró la ampliación de un plazo de 48 horas”, dijo el presidente, durante su conferencia de prensa matutina.

“He dado instrucciones a la Secretaría de Gobernación [SEGOB], a la licenciada Olga Sánchez Cordero [Dávila], para que se analice la conveniencia de llevar a cabo una reforma en las leyes correspondientes para que asuntos de esta naturaleza no se traten en días inhábiles, que no sean los sábados y los domingos”, afirmó López Obrador.

Por su parte, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, titular de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) del Gobierno Federal, informó que se iniciaron las consultas con fiscalías estatales y con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), para que también se revise en Estados Unidos, si Palma Salazar cuenta con otras carpetas de investigación u órdenes de captura.

“Se informa que el juzgado de procesos penales emitió sentencia para dejar en libertad y absuelto del delito de delincuencia organizada en su hipótesis de delitos contra la salud en la causa penal descrita y esta resolución fue suscrita por el secretario del juzgado en funciones de juez y no fue firmada por el juez titular”, dijo la funcionaria federal.

“Por eso se hicieron el sábado, se iniciaron las consultas correspondientes a las fiscalías estatales así como a la Cancillería para que a su vez se hicieran las consultas al Gobierno de Estados Unidos, al Departamento de Justicia de Estados Unidos, para que si hubiera algún otro delito, otra carpeta de investigación, otra orden de aprehensión o reaprehensión”, detalló Rodríguez Velázquez.