Confirman 90 años de cárcel a militares por asesinato de 2 estudiantes; ONU celebra
Según el proyecto de sentencia, existieron pruebas suficientes que demostraban la culpabilidad de los militares, mismas que debían calificarse como una “ejecución extrajudicial”, porque agentes del Estado mataron directamente a dos personas civiles, sin justificación alguna
El Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con sede en Monterrey, confirmó el fallo dictado por José Reynoso Castillo, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en Nuevo León, quien dio sentencia condenatoria de 90 años, contra cinco de los seis militares, por el delito de homicidio calificado, con agravante de ventaja, de Jorge Antonio Mercado Alonso y Javier Francisco Arredondo Verdugo, dos estudiantes del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), asesinados por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa), la madrugada del 19 de marzo de 2010.
Según el proyecto de sentencia del magistrado Carlos Fernando Gallegos Santelices, existieron pruebas suficientes que demostraban la culpabilidad de los militares, mismas que debían calificarse como una “ejecución extrajudicial”, porque agentes del Estado mataron directamente a dos personas civiles, sin justificación alguna. Asimismo, indicaron que el delito constituyó una obstrucción del proyecto de vida de dos estudiantes jóvenes, destacados académicamente y que estudiaban en el Tec de Monterrey.
“Y no porque la vida de un estudiante de esa institución tenga más valor que otras vidas, sino aquí lo que se destaca es el caso concreto de los occisos, quienes habían dejado a sus familias en otras entidades federativas en donde vivían para venir a estudiar a esta ciudad [Monterrey], sumado a que el orden social esperaba de ellos la aplicación de sus conocimientos dentro de las ramas profesionales en que se desempeñarían, situación que genera que sí deba considerarse en la toma de decisión para graduar la culpabilidad y aumentarla”, indicó el proyecto del magistrado Gallegos Santelices, quien también subrayó que las acciones de estos cinco militares repercutieron de manera negativa en la imagen de la Secretaría de la Defensa Nacional.
“A lo que se le agrega que el hecho fue cometido por militares, lo que evidentemente hace que disminuya la confianza de la sociedad en dicha institución, la cual debe estar fortalecida por actos que reflejen todo lo contrario, como es su protección, de ahí que la magnitud de la afectación del bien jurídico tutelado ocasionado por los elementos castrenses aumente el grado de culpabilidad como lo afirmó el juez, al impactar negativamente en todo el personal de la Secretaría de la Defensa Nacional”, abundó.
“Sin embargo, como fueron dos personas privadas de la vida, al aplicar el concurso de delitos real, la sanción a imponer era de 90 años de prisión que se obtenía de sumar las penas impuestas por cada una de las víctimas. Penalidad que, al exceder los 60 años que refiere el artículo 25 de la legislación penal federal, es por ello que la fijó en esa cantidad de años, conclusión que se estima correcta”, insistieron.
“Aun cuando actualmente le corresponde al juez de ejecución efectuar el cómputo de la prisión preventiva para los efectos de la compurgación de la pena, al estar ya vigente la Ley Nacional de Ejecución, se considera que no afecta el hecho de que el juez de Distrito lo haya efectuado”, puntualiza la sentencia.
La resolución del Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, también estableció que las víctimas no eran integrantes de algún grupo criminal, ni se encontraban armados al momento en que fueron privados de la vida. La sentencia contra los militares se dictó por el delito de homicidio calificado y por su conducta desplegada tras los hechos, con el propósito de alterar la escena del crimen, ocultar las evidencias, y obstaculizar el acceso a la justicia y a la verdad.
“14 años de lucha por justicia. El 5 de diciembre de 2024, un Tribunal confirmó la condena de cinco militares por las ejecuciones extrajudiciales de Jorge y Javier en 2010. Amnistía Internacional saluda este fallo que reivindica a las víctimas y subraya la necesidad de control civil sobre las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad. Todos somos #JorgeYJavier”, escribió la organización no gubernamental, en su cuenta de la red social X.
Por su parte, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) celebró la confirmación de la condena a cinco militares por la ejecución extrajudicial de los estudiantes del ITESM, campus Monterrey,
En un comunicado, la ONU-DH precisó que el 5 de diciembre de 2024, en una resolución recién hecha pública, el Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, del Poder Judicial de la Federación (PJF), en Nuevo León, confirmó por unanimidad la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal, el 13 de octubre de 2023.
La ONU-DH recordó que los estudiantes fueron privados arbitrariamente de la vida en el campus del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, en la capital de Nuevo León, por elementos del Ejército, quienes además alteraron la escena del crimen, para simular una agresión en su contra y evadir su responsabilidad.
Según destacó la ONU-DH, el Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con sede en Monterrey, concluyó que existían elementos suficientes para confirmar la responsabilidad de los efectivos militares, incluyendo la alteración de la escena del crimen.
“La ONU-DH acoge positivamente esta decisión que reivindica a las víctimas y a sus familiares, reconoce explícitamente que Jorge y Javier fueron víctimas de ejecución extrajudicial y recoge la importancia del Protocolo de Minnesota [modelo para las indagatorias de esta clase], para la investigación de este tipo de casos”, destacó.
“La resolución del Tribunal Colegiado de Apelación también evidencia la importancia, por una parte, de contar con autoridades judiciales independientes y profesionalizadas y, por otra, de establecer mecanismos eficaces de control y rendición de cuentas de naturaleza civil sobre la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública”, enfatizó la ONU-DH, que también remarcó la necesidad de establecer que la participación de las Fuerzas Armadas, en tareas de seguridad pública debería ser temporal.
“Finalmente, la ONU-DH reconoce principalmente a las familias de Jorge y Javier, cuyo digno caminar contra la impunidad es fuente de esperanza para las víctimas de graves violaciones a a derechos humanos en México, especialmente para aquellas que han sufrido la privación de la vida de un ser querido en circunstancias similares”, concluyó.