TEESIN determina que 'El Químico' ejerció violencia política, simbólica, psicológica y acoso contra Síndica

Antonio Olazábal
17 febrero 2021

"Confirma que existen constancias de que el Presidente Municipal de Mazatlán, así como el Secretario del Ayuntamiento, le impidieron a Elsa Bojórquez Mascareño ejercer en un plano de igualdad y de manera efectiva, un cargo de elección popular para el que fue electa, invisibilizando e ignorando sus funciones, e incluso utilizando estereotipos de género respecto de ella"

El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa acreditó que Luis Guillermo Benítez Torres, Presidente Municipal de Mazatlán, así como José de Jesús Flores Segura, Secretario del Ayuntamiento, han violentado políticamente, de manera simbólica y psicológica, a Elsa Isela Bojórquez Mascareño, Síndica Procuradora del Ayuntamiento de Mazatlán.

Además, el TEESIN resolvió por mayoría de votos que hay hechos suficientes para indicar que se ha cometido acoso contra la funcionaria del Ayuntamiento porteño.

“El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, en cumplimiento a la resolución dictada por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SG-JE-59/2020 y acumulados, resolvió, por mayoría de votos, declarar la existencia de violaciones al derecho político electoral de ser votada en la vertiente del ejercicio del cargo, por la realización de actos y omisiones que constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género y acoso laboral en contra de Elsa Isela Bojórquez Mascareño, Síndica Procuradora del municipio de Mazatlán”, detalla el comunicado del tribunal.

En su demanda, Bojórquez Mascareño indicó que se han hecho violaciones a su derecho de ser votada, en la vertiente del ejercicio del cargo, por actos y omisiones atribuidos a distintas autoridades municipales, acciones que, a su juicio, constituían violencia política de género y acoso laboral en su contra.

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Ante estos señalamientos el TEESIN concluyó que en efecto, los agravios expresados por la Síndica eran justificados, ya que se acreditó por parte de las autoridades demandadas de atender diversas solicitudes de la servidora pública, así como también que se le negaron recursos materiales y financieros para el desempeño de sus funciones.

“Se determinó que en las constancias examinadas se advertían expresiones, por parte del Presidente Municipal y del Secretario del Ayuntamiento, que implicaban violencia simbólica y psicológica contra la Síndica, dado que eran acciones que impedían a una mujer ejercer en un plano de igualdad y de manera efectiva un cargo de elección popular para el que fue electa, invisibilizando e ignorando sus funciones, e incluso utilizando estereotipos de género respecto de ella”, detalla el fallo del TEESIN.

El Tribunal también declaró fundados las acusaciones de la Síndica Procuradora por acoso laboral, ya que las irregularidades se dieron dentro de la relación de trabajo, se presentaron de manera sistemática e impidieron el debido cumplimiento de todas sus facultades y obligaciones.