China y Rusia vetan una resolución de EU sobre el conflicto palestino israelí
La resolución estadounidense obtuvo el doble veto de Rusia y China, entre otros motivos, al no solicitar un inmediato y duradero alto el fuego humanitario
El Consejo de Seguridad continúa bloqueado a la hora de abordar el conflicto palestino israelí. La resolución estadounidense obtuvo el doble veto de Rusia y China, entre motivos, al no solicitar un inmediato y duradero alto el fuego humanitario, mientras que resolución rusa, que no reconocía el derecho a la legítima defensa de los Estados, no logró los votos necesarios.
Dos resoluciones, una de Estados Unidos y otra de Rusia, que competían en el Consejo de Seguridad por abordar la crisis entre Palestina e Israel han fracasado este miércoles en su aprobación.
El fracaso se añade a los que se produjeron la semana pasada cuando una resolución, también presentada por Rusia, no obtuvo los apoyos necesarios y otra, presentada por Brasil, registró el veto de Estados Unidos.
El documento de Estados Unidos puesto ante en el Consejo este miércoles obtuvo 10 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones pero, a pesar de obtener la mayoría de los votos (9), no fue adoptado debido al voto negativo de dos miembros permanentes del Consejo de Seguridad, China y Rusia.
La propuesta rusa consiguió cuatro votos a favor, dos en contra y nueve abstenciones.
Ante la parálisis del Consejo de Seguridad, la Asamblea General se reunirá a partir de mañana en una Sesión especial de emergencia.
Resolución de Estados Unidos
El documento de Estados Unidos condenaba “inequívocamente los atroces atentados terroristas perpetrados por Hamás y otros grupos terroristas en Israel a partir del 7 de octubre de 2023. También rechazaba “la toma y la muerte de rehenes, los asesinatos, las torturas, las violaciones, la violencia sexual y el continuo lanzamiento indiscriminado de cohetes”.
El documento reafirmaba asismismo “el derecho inherente de todos los Estados a la legítima defensa individual y colectiva”.
En ese sentido, reafirmaba al mismo tiempo que “al responder a atentados terroristas”, los Estados “deben cumplir plenamente todas sus obligaciones en virtud del derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario”.
El derecho internacional señala, por ejemplo, que en todo momento, es primordial la protección de los civiles.
El texto hacía referencia a ello cuando instaban “encarecidamente a todas las partes” que cumplieran plenamente las obligaciones” en virtud del derecho internacional, en particular las relativas a “la protección de civiles”, reiterando “la necesidad de adoptar las medidas adecuadas para garantizar la seguridad y el bienestar de los civiles y su protección, así como de los trabajadores y activos humanitarios”.
En ese sentido, la resolución pedía, además, “pausas humanitarias”, para permitir el acceso humanitario pleno, rápido, seguro y sin trabas.
La resolución exigía también la liberación “inmediata e incondicional” de todos los rehenes que siguen en manos de Hamás y otros grupos terroristas.
Resolución de Rusia
El documento de la Federación de Rusia al tiempo que condenaba “inequívocamente los atroces atentados de Hamás perpetrados en Israel a partir del 7 de octubre de 2023 y la toma de rehenes civiles”, pedía “un alto el fuego humanitario inmediato, duradero y plenamente respetado”.
Asimismo, la resolución condenaba “inequívocamente también los ataques indiscriminados contra los civiles y contra los bienes de carácter civil en la Franja de Gaza que provocaron bajas civiles”, entre ellos, “el atroz ataque contra el hospital Al-Ahli del 17 de octubre” y el perpetrado “contra la iglesia ortodoxa de San Porfirio” el 19 de octubre.
Además, condenaba las acciones encaminadas a imponer el bloqueo de la Franja de Gaza, “que priva a la población civil de los medios indispensables para su supervivencia, en violación del derecho internacional humanitario”.
La resolución observaba que el acuerdo de alto el fuego humanitario que se exigía en el primer párrafo, podría desempeñar una función vital para facilitar la prestación de asistencia humanitaria a fin de ayudar a salvar vidas civiles.
E instaba “encarecidamente a que se proporcionen a los civiles, de manera continua, suficiente y sin trabas, artículos y servicios esenciales, como electricidad, agua, combustible, alimentos y suministros médicos, destacando el imperativo, en virtud del derecho internacional humanitario, de asegurar que los civiles no se vean privados de bienes indispensables para su supervivencia”.