Argentinos salen a protestar contra las medidas económicas de Javier Milei
Las centrales sindicales, organizaciones sociales y de Derechos Humanos, artistas, cineastas, docentes y estudiantes se toman las calles y paran por 12 horas en Argentina
Para protestar contra las medidas económicas y sociales del Presidente Javier Milei, miles de argentinos salieron a las calles de la capital de Argentina.
Los manifestantes fueron convocados por la mayor central sindical, la Confederación General del Trabajo (CGT), mientras la huelga general se replica en otras provincias
Este paro nacional es la mayor muestra de oposición a los planes de Milei, que emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y ahora tramita en el Congreso la Ley de Bases y Punto de Partida, más conocida como “ley ómnibus”, en la que propone recortes de presupuestos, privatizaciones y retiro de beneficios sociales.
Con la medida, convocada entre las 12:00 y las 00.00 horas, la principal central sindical del país, de inspiración peronista, exhibirá su fuerza para protestar contra las reformas del Ejecutivo ultraliberal.
Tanto la Policía de la Ciudad de Buenos Aires como fuerzas federales participan en el operativo que, según indicó la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, cumplirá el protocolo ‘antipiquetes’ que implementó su cartera y que, inicialmente, impide que la marcha transcurra cortando el tráfico.
Invalidan seis artículos de propuesta de Milei
Solo una hora después de la marcha de la CGT en el Congreso, la Justicia nacional hizo lugar a parte del reclamo de la central obrera contra del megadecreto de necesidad y urgencia del gobierno de Javier Milei.
De acuerdo a información del diario La Nación, la Magistrada de primera instancia Liliana Rodríguez Fernández declaró “la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2024 en el marco de este juicio de amparo y de las circunstancias fácticas vigentes”.
Previamente, se habían otorgado medidas cautelares contra las reformas a las que refiere el fallo, que incluyen las modificaciones en los componentes del recibo de sueldo, los cambios en cuanto a la no obligatoriedad de los aportes a los sindicatos, el derecho a realizar asambleas “sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros” y el artículo referente a interpretar como causal de despido bloquear o tomar el lugar de trabajo perjudicando el normal funcionamiento de las actividades laborales.
En el fallo se aclara que esos artículos recobrarían “validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”.