Queda sin efecto orden de captura contra Inés Gómez Mont por defraudación fiscal

Leopoldo Medina
10 noviembre 2022

No cambia la condición de evadida de la justicia de Gómez Mont, ya que cuenta con otra orden de aprehensión vigente por delincuencia organizada y lavado de dinero

Este miércoles fue invalidada la orden de aprehensión librada contra la actriz y conductora Inés Gómez Mont por defraudación fiscal por 12 mdp.

Lo anterior, al considerar la jueza Rosa Montaño Martínez que la acusación carece de motivación y fundamentación jurídica. Asimismo, se ordenó al juez de la causa volver a estudiar el caso y decidir si debe o no ser girada la orden de aprehensión.

Cabe destacar que no cambia la condición de evadida de la justicia de Gómez Mont, pues Inés Gómez Mont, publicó vanguardia.com

El pasado mes de octubre, Gómez-Mont publicó este texto en sus redes sociales, y se deslindaba de las acusaciones por defraudación fiscal:

“Cómo lo anticipé en un comunicado anterior, he sido informada que autoridades están solicitando más órdenes de aprehensión en mi contra. Ahora por asuntos fiscales por los que ya tenía acuerdos conclusivos con el SAT y PRODECON.

“Estos abusos se suman a los reportados ayer y hoy miércoles por la mañana en la prensa, que revelan la persecución de mala fe de la que mi esposo y yo somos objeto. Destaco tres puntos reportados por la prensa.

“Primero, que el Procurador Fiscal, el señor Carlos Romero Aranda, inició un procedimiento penal en nuestra contra, aún y cuando no tenía facultades legales para hacerlo. No estaba autorizado legalmente. De ese tamaño su sed de persecución en nuestra contra.

“Segundo, el 10 de septiembre de 2021, autoridades (desconozco cuáles) le mintieron a la prensa y al público diciendo que existía una orden de aprehensión en nuestra contra. Simplemente no había tal orden en esa fecha. Pero al parecer era más importante para esas autoridades que yo fuera juzgada y condenada en el foro de la opinión pública.

“Tercero, el Juez Zeferín Hernández, quien era consciente de la calumnia, días después se convirtió en su cómplice y emitió la pretendida orden de aprehensión. Es lamentable pues pudo habernos dado oportunidad de acudir en libertad para desmentir cualquier imputación. Esa oportunidad ya no existe: El juez ordenó encarcelarnos a una prisión de máxima seguridad.

“El juez que ordenó la aprehensión fue omiso en exponer argumento alguno del que se evidenciara el motivo por el cual estimó que con tales datos de prueba se infería, como lo dijo, la existencia del hecho considerado por la ley como delito de defraudación fiscal y que existía la probabilidad de que la quejosa lo cometió o participó en él”, dijo la jueza.

“No basta con relacionar los datos de prueba y después aseverar la inferencia que indicó sin dar explicación alguna de cómo llegó a esa conclusión, ya que el acto reclamado no contiene algún argumento del por qué se evidencia el hecho que la ley señala como delito y la probabilidad de que el imputado participó en su comisión, ni con qué datos de prueba se justifica ello”.

Esta resolución no se cumplirá de inmediato porque la Fiscalía General de la República puede impugnarla.