Agencia Mundial Antidopaje apela en caso de Sinner; pide veto de uno a dos años

Noroeste/Redacción
28 septiembre 2024

El organismo que vela por la limpieza en el deporte considera que la exculpación del tenis por la ITIA no cumple las normas

El tenista número uno del mundo, Jannik Sinner, expresó su profunda decepción y sorpresa tras el anuncio de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) de apelar la decisión de la Agencia de Integridad del Tenis Internacional, que había determinado que no había culpabilidad en sus dos positivos por dopaje.

La AMA busca imponer un veto de uno a dos años al campeón del Abierto de Estados Unidos, aunque aclara que su intención no es que esta sanción sea retroactiva, lo que permitiría a Sinner conservar su segundo título de Grand Slam en caso de ser hallado culpable.

Esta controversia se dio a conocer mientras Sinner competía contra Roman Safiullin en el Abierto de China, generando un ambiente de incertidumbre en el mundo del tenis.

“Obviamente estoy muy decepcionado y sorprendido por la apelación, para ser honestos, debido a que tuvimos tres audiencias. Las tres terminaron de forma positiva para mí”, dijo el tenista de 23 años tras vencer a Safiullin.

Sinner enfrentó una situación complicada en marzo, cuando dio positivo en dos ocasiones por un esteroide anabólico. Sin embargo, el 20 de agosto, un tribunal independiente de la Agencia de Integridad del Tenis Internacional determinó que Sinner no había actuado con culpa y, por lo tanto, no fue vetado.

El jugador argumentó que la sustancia había ingresado a su organismo de manera no intencional, a través de un masaje realizado por su fisioterapeuta, quien utilizó un spray que contenía el esteroide para tratar una cortada. Esta explicación fue aceptada por el tribunal, permitiendo que Sinner continuara su carrera sin sanciones.

La AMA considera que esa conclusión no era correcta según las normas aplicables y, por eso, “solicita un periodo de inelegibilidad de entre uno y dos años”, indicando además en un comunicado que “no pretende la anulación de ningún resultado, salvo el que ya haya sido impuesto por el tribunal de primera instancia”.