Teesin desecha denuncia de Diputada contra Noroeste; decisión de publicar es libre albedrío
Un Magistrado determinó en la ponencia que con su conducta, este medio no invisibilizó ni discriminó a la legisladora pasista por ser mujer, que las decisiones editoriales están amparadas por la ley de prensa en la Constitución
CULIACÁN._ El Tribunal Estatal Electoral acordó por unanimidad desechar la demanda que interpuso la diputada Mónica Elenes Armenta contra el periódico Noroeste.
La legisladora interpuso está demanda ante el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa a mediados de mayo, agraviada por la no publicación en la página web de este medio ni en la edición impresa.
Esto, lo que consideró violencia omisiva, va en contra de la Ley Electoral y la Ley de Acceso a las Mujeres a una vida libre de violencia.
“... (la denuncia fue) Por considerar que el mismo (medio) al no publicar en su portal, el 14 el mayo, y periódico físico, el 15 de mayo, la información completa de su intervención en la sesión ordinaria del 14 de mayo, la invisibilizó y la discriminó en su trabajo legislativo, por su condición de mujer”, leyeron hoy en la resolución como contexto.
La ponencia del Magistrado señaló que estos hechos no se pueden ser considerados como violencia política contra las mujeres en razón de género por su modalidad de violencia mediática.
“... es decir: la conducta que se señala no encuadra en los preceptos normativos previstos tanto en la Ley Electoral como en la Ley de acceso... ello debido a que no existen elementos mínimos e indiciarios que permitan concluir que la falta de publicación en los medios electrónico y físicos del periódico Noroeste, de la información completa que tuvo la denunciada en la tribuna del Congreso del Estado el 14 de mayo, haya sido sesgada, o que invisibilice su trabajo Legislativo. O bien que la misma se motivaron por su condición de mujer”, leyó el asistente en la Sala.
“El denunciado no promovió acciones con el objetivo de difamar, discriminar, denostar, denigrar, deshonrar, humillar, desprestigiar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre o descalifique a la denunciada, o a las mujeres en general o les afecte su autoestima con el ejercicio de su profesión”.
Según el Teesin, Noroeste actuó en el ejercicio de la libertad de prensa y del libre albedrío.
“... para escoger las notas que publicará tanto en sus medios físicos como electrónicos amparados por los artículos 6 y 7 de la Constitución federal”, completó.